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MONTERREI D.O.

RIAS BAIXA D.O.

RIBEIRA SACRA D.O.

RIBEIRO D.O.

VALDEORRAS D.O.

BARBANZA E IRIA V.dl.T.

BETANZOS V.dl.T.

VAL DO MINO OURENSE V.dl.T.

VIGNETI ROSAL RIAS BIXA

VIGNETI ROSAL RIAS BAIXA

 

MONTERREI

D.O.

Orden M. de 03 de febrero de 1996

Modificación Orden M. APA de 20 de octubre de 2004 n.3577

(fonte BOE)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN “MONTEREI”

Orden de 24 de julio de 2012

(fonte DOG )

 

1. Denominación del producto.

 

Denominación de Origen Protegida “Monterei”

Quedan protegidos por la Denominación de Origen Protegida “Monterei” los vinos que tengan las características definidas en este pliego de condiciones y que cumplan en la producción, la elaboración, la crianza, la designación y la comercialización todos los requisitos que se exigen en este pliego de condiciones y en el resto de la legislación vigente

 

2. Descripción del producto.

 

Los tipos de vinos amparados por la denominación de origen “Monterrei

son blancos y tintos que se ajustan a la categoría 1 del anexo XI del Reglamento (CE) nº 1234/2007, reglamento único para las OCM. Aunque generalmente se consumen como vinos jóvenes, en la misma campaña de elaboración, también pueden ser sometidos a un proceso de envejecimiento, dando lugar a vinos que, según las condiciones en que se produjo dicho proceso, se comercializan con indicación de los términos

«barrica»,

«crianza»,

«reserva»

«gran reserva»

acompañando al nombre de la denominación de origen protegida.

Las características de estos vinos son las siguientes:

 

a) Características analíticas del producto.

Vino blanco:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 11,00% vol.;

Grado alcohólico total mínimo: 11,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 0.75 g/l;

Anhídrido sulfuroso total máximo: 160 mg/l;

 

Vino tinto:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 11,00% vol.;

Grado alcohólico total mínimo: 11,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso total máximo: 150 mg/l;

 

Vino blanco barrica, crianza, reserva, gran reserva:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 11,50% vol.;

Grado alcohólico total mínimo: 11,50% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 1,08 g/l;

Anhídrido sulfuroso total máximo: 160 mg/l;

 

Vino tinto barrica, crianza, reserva, gran reserva:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 12,00% vol.;

Grado alcohólico total mínimo: 12,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 1,20 g/l;

Anhídrido sulfuroso total máximo: 150 mg/l;

 

Para todos los vinos el contenido en azúcar no será superior a:

4,00 gramos por litro, o 9,00 gramos por litro cuando el contenido de acidez total expresada en gramos de ácido tartárico por litro no sea inferior en más de 2,00 gramos por litro al contenido en azúcar residual, de acuerdo con lo establecido en el anexo XIV parte B del Reglamento (CE) nº 607/2009 para los vinos secos.

 

b) Características organolépticas.

Las características organolépticas de los vinos de Monterrei se describen a continuación según el tipo de vino:

Blanco Monterrei:

Fase visual: colores amarillos pálidos con tonalidades verdosas, limpios y brillantes.

Fase olfativa: aromas primarios, limpios, afrutado y florales de intensidad media.

Fase gustativa: se muestra goloso, fresco, equilibrado y con persistencia.

Tinto Monterrei:

Fase visual: color rojo cereza con reflejos morados, limpio, brillante de capa media.

Fase olfativa: aromas a frutos rojos y flores de intensidad media.

Fase gustativa: buena persistencia de fruta, muy equilibrado y con taninos suaves.

Blanco Monterrei (barrica, crianza, reserva y gran reserva):

Fase visual: colores amarillos pálidos de intensidad media, limpio y brillante.

Fase olfativa: aromas limpios, afrutado, florales y especiados de la madera de intensidad media.

Fase gustativa: se muestra goloso, equilibrado y con persistencia.

Tinto Monterrei (barrica, crianza, reserva y gran reserva):

Fase visual: color rojo picota, limpio, brillante de capa media alta.

Fase olfativa: aromas a frutos rojos, flores, tostados y especiados de la madera de intensidad media.

Fase gustativa: buena fruta, taninos suaves y muy equilibrado y de largo postgusto.

 

3. Prácticas enológicas específicas.

 

a) Prácticas de cultivo.

Con carácter general, las prácticas culturales tenderán a optimizar la calidad de las producciones.

La densidad de la plantación estará obligatoriamente entre 3.000 cepas por hectárea como mínimo y 5.000 cepas por hectárea como máximo.

b) Prácticas enológicas.

La vendimia se realizará con el mayor esmero y para la elaboración de los vinos protegidos se dedicará exclusivamente uva sana, con el grado de madurez necesario, separando las uvas tintas de las blancas en cada entrega parcial o pesada en la báscula.

En la elaboración se emplearán las variedades de uvas que se recogen en el punto 6 de este pliego de condiciones, y al menos el 60 % de las mismas serán de las variedades consideradas preferentes en dicho punto.

En la producción de mosto se seguirán las prácticas tradicionales aplicadas con una moderna tecnología, orientada a la mejora de la calidad del producto final. Se aplicarán presiones adecuadas para la extracción del mosto, de manera que el rendimiento no sea superior a

65 litros de mosto por cada 100 kg para las variedades blancas

70 litros de mosto por cada 100 kg para las variedades tintas.

Para la elaboración de vinos protegidos por la denominación de origen “Monterrei” no se permite la utilización de prensas continuas en las que la presión es ejercida por un tornillo de Arquímedes en su avance sobre un contrapeso.

Para la extracción del mosto, solo se pueden utilizar sistemas mecánicos que no dañen o dilaceren los componentes sólidos del racimo, quedando prohibido el empleo de máquinas estrujadoras de acción centrífuga de alta velocidad.

No se permiten prácticas de precalentamiento de la uva o de calentamiento de los mostos o de los vinos en presencia de los orujos tendentes a forzar la extracción de materia colorante.

No se podrán utilizar pedazos de madera de roble en la elaboración y posteriores procesos, incluido el almacenaje, de los vinos protegidos por la denominación.

A efectos de corregir las características de los mostos o vinos de una determinada cosecha se permite su mezcla con una cosecha anterior hasta un 15%.

En años excepcionales y previo informe de la calidad del producto, se podrá autorizar la mezcla de dos cosechas anteriores, con el mismo límite del 15%.

La elaboración de vinos que se vayan a comercializar con el término «barrica» deberá ajustarse a lo establecido en el anexo III del Real decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.

En la elaboración de los vinos que se vayan a comercializar con los términos tradicionales «crianza», «reserva» y «gran Reserva», éstos deben haber sido sometidos a un proceso de envejecimiento de acuerdo con los requisitos recogidos en la base de datos electrónica E-Bacchus de la Unión Europea para estas menciones.

 

4. Delimitación de la zona geográfica.

 

La zona de producción de los vinos protegidos por la denominación de origen “Monterrei” está constituida por los terrenos que el órgano de control y certificación del Consejo Regulador considere aptos para la producción de uvas de las variedades que se indican en el apartado 6 de este pliego de condiciones, con la calidad necesaria para obtener vinos de las características específicas de los amparados por la denominación, y que se encuentren situados en los términos municipales y lugares que compone las subzonas siguientes:

 

a).Subzona Valle de Monterrei:

las parroquias de Castrelo do Val, Pepín y Nocedo do Val del ayuntamiento de Castrelo do Val;

las parroquias de Albarellos, Infesta, Monterrei y Vilaza del ayuntamiento de Monterrei;

las parroquias de Oímbra, Rabal, y San Cibrao del ayuntamiento de Oímbra

las parroquias de Abedes, Cabreiroá, Feces de Abaixo, Feces de Cima, Mandín, Mourazos, Pazos, Queizás, A Rasela, Tamagos, Tamaguelos, Tintores, Verín y Vila Maior do Val del ayuntamiento de Verín.

 

b) Subzona Ladera de Monterrei:

comprende el ayuntamiento de Vilardevós,

las parroquias de Gondulfes y Servoi del ayuntamiento de Castrelo do Val;

las parroquias de As Chas, Bousés, Videferre y A Granxa del ayuntamiento de Oímbra;

las parroquias de Flariz, Medeiros, Estevesiños y Vences, del ayuntamiento de Monterrei;

la parroquia de Queirugás del ayuntamiento de Verín;

del ayuntamiento de Riós las parroquias y lugares siguientes:

la parroquia de Castrelo de Abaixo;

de la parroquia de Castrelo de Cima los lugares de Castrelo de Cima, Covelas, O Mourisco, San Paio e A Veiga do Seixo;

de la parroquia de Fumaces el lugar de Fumaces;

de la parroquia de Progo los lugares de Progo y Pousada;

de la parroquia de Riós el lugar de Florderrei.

En el anexo I de este pliego de condiciones se muestra de forma gráfica el territorio de la denominación de origen protegida Monterrei y su ubicación en Europa.

 

5. Rendimiento máximo.

 

La producción máxima admitida por hectárea será:

12.000 kg por hectárea para las variedades blancas y tintas autorizadas.

11.000 kg por hectárea para las variedades blancas preferentes.

10.000 kg por hectárea para las variedades tintas preferentes.

 

Dado que los rendimientos de extracción de mosto son de

65 litros por cada 100 kg de uva de las variedades blancas

70 litros por cada 100 kg de uva en las tintas

y que los vinos han de estar elaborados al menos con un 60% de variedades preferentes, los rendimientos por hectárea no podrán superar los

79,80 hl/ha en los vinos blancos

70,20 hl/ha en los tintos.

 

6. Variedades de uva de las que procede el vino.

 

La elaboración de los vinos protegidos se realizará con uvas de las variedades siguientes:

a) Variedades preferentes:

Blancas:

Doña Branca, Godello y Treixadura.

Tintas:

Mencía y Merenzao.

b) Variedades autorizadas:

Blancas:

Albariño, Blanca de Monterrei, Caíño Blanco y Loureira.

Tintas:

Tempranillo (araúxa), Caíño Tinto y Sousón.

 

7. Vínculo con el medio.

 

7.1. Datos de la zona geográfica.

a) Factores humanos.

En función de los datos obtenidos por la gran cantidad de prensas, lagares excavados en roca y vasijas de origen romano, se puede afirmar que fueron ellos quienes introdujeron en Monterrei la noble actividad del cultivo de la vid.

Desde finales del siglo IX y siguientes, de la mano de las órdenes religiosas se expande el cultivo de la vid por toda la comarca.

En esta época el vino es utilizado como tributo para pagar a los monasterios y señores feudales.

Durante la Edad Media, y gran parte de la Moderna, Monterrei tuvo gran influencia en aspectos económicos, políticos y culturales dentro de Galicia y España. Por este motivo, Federico Justo Méndez, autor del libro Brotes de Raíces Históricas, afirmaba: «los vinos del valle de Monterrei, por su excelente calidad, se codearon con los vinos de Oporto, llegando incluso su comercialización a distintas partes de América. Durante la época del V conde de Monterrei, a quien el rey Felipe II le concedió el título de virrey con el fin de gobernar las nuevas colonias españolas en América, comercializando así los vinos de Monterrei en esas regiones».

Más recientemente se puede destacar que, a mediados del siglo pasado, Monterrei fue una zona productora de grandes cantidades de vino de buena calidad para esa época.

Una buena prueba de esta afirmación son las grandes bodegas que existían en la comarca, con lagares de piedra y grandes cubas de madera de roble.

A principios de los años 60 se construye la Bodega Cooperativa de Monterrei, con el objetivo de promover una correcta elaboración de los vinos y su posterior comercialización.

A finales del siglo XX, la emigración, el cierre de la bodega cooperativa y el abandono de las tierras por la escasa rentabilidad estuvieron a punto de llevar a la desaparición del viñedo en la zona, pero el reconocimiento administrativo de la denominación de origen y la aprobación de su reglamentación (por Orden de 25 de noviembre de 1994), así como la apuesta por los vinos de calidad, llevaron al resurgir de la comarca.

Es, por lo tanto, en los años noventa el momento en que se da un gran salto cualitativo tanto en la recuperación de las variedades preferentes como en la elaboración del vino.

Se siguen manteniendo las plantaciones con sistemas de formación en vaso griego, pero en muchas de las nuevas plantaciones se introduce un nuevo sistema de cultivo que se realiza en espaldera a doble cordón para facilitar el laboreo y la recolección. Ello, junto con la inversión en tecnología y la adopción de nuevas prácticas enológicas, supuso un gran impulso al sector vitivinícola de esta comarca.

Al preservar un porcentaje alto de las variedades preferentes (todas ellas autóctonas) a la hora de elaborar cualquier tipo de vino de la DO Monterrei (60 % de variedades preferentes como mínimo) se obtiene como resultado unos vinos con características específicas.

 

b) Factores naturales.

Suelos.

En cuanto a los suelos, en la comarca de Monterrei están presentes los siguientes tipos de suelos:

Pizarrosos y esquistosos: idóneos durante las épocas de sequía, que proporcionan aromas en los vinos tintos.

Graníticos y arenosos: provenientes de la degradación de las rocas graníticas, presentan pH bajos, adecuados para vinos blancos.

Sedimentarios: complejos debido a la mezcla de materiales.

Clima.

En lo que respecta al clima, el territorio de la denominación de origen protegida Monterrei pertenece a la cuenca del río Duero, puesto que en él desemboca el río Támega, que cruza la región de la denominación de norte a sur. Tiene un clima mediterráneo templado con tendencia continental, influenciado por el océano atlántico.

Sus veranos son calurosos y secos mientras que sus inviernos son fríos. La zona presenta unas considerables oscilaciones térmicas, de hasta 30 ºC durante la época de maduración.

 

7.2. Datos del producto.

Las características de los vinos de la denominación de origen protegida Monterrei están muy relacionadas con las variedades utilizadas, todas ellas variedades autóctonas muy adaptadas al medio de producción.

Ello da lugar a vinos blancos y tintos que destacan por su gran riqueza aromática, por ser frescos y corpulentos y por tener un buen equilibrio entre alcohol y acidez.

Las adecuadas prácticas de cultivo unidas a unas modernas instalaciones de elaboración hacen que las bodegas de la DO “Monterrei” logren obtener unos vinos con características cualitativas propias.

 

7.3. Interacción causal.

Las condiciones climáticas, entre las que hay que destacar las bajas precipitaciones y elevadas temperaturas durante el verano –con valores para ambos parámetros bastante diferentes a los de otras zonas vitivinícolas de Galicia– y las características de los distintos suelos suponen unas condiciones óptimas para el desarrollo de las variedades de vid utilizadas.

Las variedades utilizadas son variedades autóctonas seleccionadas a lo largo de los años por los viticultores locales, por lo que están perfectamente adaptadas a las condiciones edafológicas y climáticas de la zona, y aportan a los vinos elaborados unas propiedades fisicoquímicas y sensoriales con identidad propia de la zona de producción.

También a lo largo de los siglos los viticultores de esta región fueron buscando las mejores zonas para el cultivo, en terrenos bien orientados y con los suelos más adecuados, a los que han ido sometiendo a las correcciones necesarias para mejorar su fertilidad.

Además, en la calidad y características específicas del producto es de gran importancia el esmero con el que trabajan los productores de la comarca –que conocen sus viñas gracias a la sabiduría que da una larga experiencia en su cuidado– tanto en la conducción y en la poda de las cepas, para un adecuado control del potencial vitivinícola, como en la selección de la uva, que se vendimia manualmente en el momento en que, a su juicio, está en el óptimo de madurez.

Todo lo anterior unido a una elaboración basada en los métodos tradicionales, con bajos rendimientos en la extracción de mosto, pero a la que se ha añadido el uso de la moderna tecnología enológica, permite que los vinos de la DOP “Monterrei” mantengan elevados niveles de calidad y una identidad propia.

 

8. Requisitos aplicables.

 

a) Marco legal.

Legislación nacional.

Orden de 19 de enero de 1996 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se ratifica el Reglamento de la denominación de origen “Monterrei” y de su Consejo Regulador, aprobado por Orden de 25 de noviembre de 1994, de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de la Xunta de Galicia, y modificaciones posteriores.

Orden APA/3577/2004, de 20 de octubre del MAPA, por la que se publica la modificación del Reglamento de la denominación de origen “Monterrei” y de su Consejo Regulador, aprobada por Orden de 15 de julio de de 2004, de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de la Xunta de Galicia.

Resolución de 8 de octubre de 2009 de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios del MARM, por la que se publica la Orden de 30 de julio de 2009, de la Consellería del Medio Rural de la Xunta de Galicia, que modifica el Reglamento de la denominación de origen “Monterrei” y de su Consejo Regulador.

 

b) Requisitos aplicables adicionales.

b.1) Prácticas culturales.

Los límites de producción de uva por hectárea podrán ser modificados en determinadas campañas por el Consejo Regulador, por iniciativa propia o a petición de los viticultores de la parroquia o parroquias interesadas en la medida, efectuada con anterioridad a la vendimia, después de los asesoramientos y comprobaciones que se precisen y tras el informe favorable del órgano de control y certificación.

En el caso de que tal modificación se produzca, esta no podrá suponer un aumento superior al 25 % de los límites fijados.

 

b.2) Elaboración y envasado.

En las bodegas inscritas en los registros no podrá realizarse la elaboración, almacenamiento o manipulación de uvas, mostos o vinos obtenidos de uvas procedentes de viñedos situados fuera del territorio delimitado en el apartado 4 de este pliego de condiciones.

Los vinos calificados «aptos» se comercializarán para el consumidor en los tipos de envase que apruebe el Consejo Regulador, que no perjudiquen su calidad y prestigio.

Con carácter general, los envases deberán ser de vidrio de las capacidades autorizadas por la legislación ncorrespondiente, con exclusión expresa de las botellas de 1 litro.

Excepcionalmente, el Consejo Regulador podrá autorizar otro tipo de envases para usos especiales.

El envasado tendrá lugar en la zona geográfica delimitada indicada en el punto 4 del presente pliego de condiciones. El transporte y embotellado fuera de la zona de elaboración constituye un riesgo para la calidad del vino, ya que se puede ver expuesto a fenómenos de óxido-reducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida.

El embotellado en origen permite preservar las características y calidad del producto.

Este hecho, unido a la experiencia y conocimiento profundo de las características específicas de los vinos adquiridos durante años por las bodegas de la denominación de origen Monterrei hacen necesario el envasado en origen, para preservar, así, todas las características fisicoquímicas y organolépticas de estos vinos.

 

b.3) Etiquetado.

En las etiquetas de los vinos embotellados, que deberán ser autorizadas por el Consejo Regulador, figurará siempre de forma destacada la mención «denominación de origen protegida» y el nombre de la denominación, «Monterrei», además de los datos que con carácter general se determinan en la legislación vigente. Para la denominación de origen protegida “Monterrei”, el término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1.a) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, reglamento único para las OCM, es «denominación de origen». Según se establece en el artículo 118 sexvicies.3.a) del citado reglamento, tal mención tradicional podrá sustituir en el etiquetado de los vinos a la expresión «denominación de origen protegida».

En el etiquetado, el nombre de la denominación de origen figurará con caracteres de una altura mínima de 4 mm. También es obligatoria la indicación de la correspondiente marca comercial, en las condiciones previstas de acuerdo con la normativa general vigente.

Todos los envases que se destinen al consumo irán provistos de una contraetiqueta numerada que será suministrada por el Consejo Regulador, que deberá ser colocada en la propia bodega.

Dicha contraetiqueta incluirá el logotipo de la denominación de origen, que se incluye como anexo II de este pliego de condiciones.

En el etiquetado de los vinos de la denominación de origen protegida “Monterrei” se podrán utilizar los términos tradicionales

«crianza»,

«reserva»

«gran reserva»

cuando éstos hayan sido sometidos a un proceso de envejecimiento de acuerdo con los requisitos recogidos en la base de datos E-Bacchus de la Unión Europea.

En el etiquetado de los vinos de esta denominación de origen podrá utilizarse el término «barrica», si se ajustan a lo establecido en el anexo III del Real decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.

 

b.4) Requisitos para el control.

Los diferentes operadores deben inscribirse en los siguientes registros de control:

Registro de viñas:

donde sólo se inscribirán las viñas situadas en la zona de producción de las que la uva pueda ser destinada a la elaboración de los vinos protegidos.

Registro de bodegas de elaboración:

donde se pueden inscribir todas las bodegas que, situadas en la zona de elaboración, vinifiquen uvas procedentes de viñas inscritas en las que los vinos elaborados puedan optar al uso de la denominación de origen.

Registro de bodegas de almacenaje:

donde se inscribirán todas aquellas bodegas que, estando situadas en la zona de elaboración, se dediquen exclusivamente al almacenaje y envejecimiento de vinos amparados por la denominación de origen Monterrei.

Registro de bodegas embotelladoras:

donde se inscribirán todas aquellas bodegas que, situadas en la zona de elaboración, se dediquen exclusivamente al embotellado y comercialización del vino debidamente etiquetado y amparado por la denominación de origen Monterrei.

 

9. Comprobación del cumplimiento del pliego.

 

a) Órgano de control.

La verificación del cumplimiento de este pliego de condiciones corresponde al Consejo Regulador de la denominación de origen Monterrei.

El Consejo Regulador de la denominación de origen “Monterrei” tiene identificado en su estructura un órgano de control y certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.1º letra b) de la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega; y en el artículo 65 del Decreto 4/2007, de 18 de enero, por el que se regulan las denominaciones geográficas de calidad del sector alimentario y sus consejos reguladores.

De acuerdo con dichas normas, el Consejo Regulador es una corporación de derecho público tutelada por la Consellería del Medio Rural y del Mar de la Xunta de Galicia y sus inspectores están habilitados por ésta y tienen la condición de autoridad en el ejercicio de sus funciones de control. Los datos del Consejo Regulador son los siguientes:

Nombre:

Consejo Regulador de la denominación de origen Monterrei

Dirección: c/ Mercado Comarcal, 1,

32600 Verín, Ourense

Tl. 0034 988 59 00 07, fax 0034 988 41 06 34

Web: www.domonterrei.com

Correo electrónico: info@domonterrei.com

 

b) Tareas.

b.1) Alcance de los controles.

Análisis químicos y organolépticos.

El órgano de control verifica que los elaboradores realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino para comprobar que cumplen los requisitos establecidos en el punto 2 de este pliego de condiciones.

Para la realización de los análisis organolépticos los operadores utilizan el panel de cata con el que cuenta el Consejo Regulador.

El Consejo Regulador entrega contraetiquetas con una codificación específica para cada botella de cada partida destinada a ser comercializada con la denominación de origen protegida Monterrei que se ajuste a los parámetros establecidos.

Las partidas que no reúnan las características analíticas y organolépticas del punto 2 de este pliego de condiciones no obtendrán las contraetiquetas y no podrán ser comercializadas bajo el nombre de la denominación de origen protegida.

Operadores.

El órgano de control comprueba que los operadores tienen capacidad para cumplir los requisitos del pliego de condiciones.

En particular, comprueba que los productores y elaboradores disponen de un sistema de autocontrol y trazabilidad que permite acreditar las especificaciones en cuanto a procedencia de uva, variedades empleadas, rendimientos de producción, rendimientos de extracción de mosto y análisis de los parámetros químicos y organolépticos.

Productos.

El órgano de control, mediante la toma de muestras, verifica que el vino comercializado bajo la denominación de origen cumple las especificaciones establecidas en el punto 2, utiliza adecuadamente la contraetiqueta asignada y se cumplen las demás condiciones que se recogen en este pliego de condiciones.

 

b.2) Metodología de control.

Controles sistemáticos.

El órgano de control realiza controles sistemáticos del sistema de autocontrol de los operadores que elaboran o comercializan vino bajo el amparo de la denominación de origen protegida con los objetivos siguientes:

Verificar que la uva, el mosto y el vino son originarios de la zona de producción.

Controlar el cumplimiento de las especificaciones en lo referente a variedades y rendimiento de producción de uva.

Comprobar que se realiza una gestión de la trazabilidad desde la producción de uva hasta el envasado.

Comprobar que se realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino que permitan acreditar el cumplimiento de las características definidas en el punto 2 de este pliego de condiciones.

Controles aleatorios.

 

El órgano de control hace controles aleatorios para comprobar la trazabilidad de las partidas y el cumplimiento de los parámetros analíticos.

 

 

RIAS BAIXAS

D.O.

Orden 21 Julio 2009

Resolución D.G. 14 Septiembre 2009

(fonte BOE)

Modificación orden de 1 de febrero de 2012

(fonte DOG)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN “RIAS BAIXAS”

Orden de 24 de julio de 2012

(fonte DOG )

 

1. Denominación que debe protegerse.

 

Denominación de Origen Protegida “Rias Baixas”

Quedan protegidos por la Denominación de Origen Protegida “Rias Baixas” los vinos que tengan las características definidas en este pliego de condiciones y que cumplan en la producción, la elaboración, la crianza, la designación y la comercialización todos los requisitos que se exigen en este pliego de condiciones y en el resto de la legislación vigente

 

2. Descripción del vino o vinos.

 

Los vinos que se elaboran bajo la denominación de origen protegida “Rías Baixasson vinos tranquilos blancos y, en mucha menor medida tintos, que se ajustan a la categoría 1 del anexo XI ter del Reglamento (CE) nº 1234/2007, reglamento único para las OCM.

También se pueden elaborar vinos espumosos de calidad, conforme a la categoría 5 de dicho anexo.

La variedad de uva blanca Albariño es muy mayoritaria en este territorio y gran parte de los vinos son elaborados exclusivamente con ella, y se comercializan entonces como “Rías Baixas Albariño”.

Por otra parte, cuando los vinos blancos son sometidos a un proceso de envejecimiento en barrica de madera, estos se comercializan como “Rías Baixas Barrica”.

De acuerdo con lo anterior, las características analíticas y organolépticas de los distintos tipos de vinos son las siguientes:

 

2.1. Características analíticas.

Vino blanco Rías Baixas Albariño:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 11,30% vol.;

Grado alcohólico total: ≥ 11,36% vol.;

Azúcares residuales: (1);

Acidez total: ≥ 3,50 g/l;

Acidez volátil: ≤ 18 meq/l, 1,08 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 200 mg/l;

con contenidos en azúcares iguales o superiores a

5,00 g/l, tendrán niveles de dióxido de azufre total: ≤ 250 mg/l.

 

 

Resto de vinos blancos Rías Baixas:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 11,00% vol.;

Grado alcohólico total: ≥ 11,06% vol.;

Azúcares residuales: (1);

Acidez total: ≥ 3,50 g/l;

Acidez volátil: ≤ 18 meq/l, 1,08 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 200 mg/l;

con contenidos en azúcares iguales o superiores a

5,00 g/l, tendrán niveles de dióxido de azufre total: ≤ 250 mg/l.

 

 

Rías Baixas barrica:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 11,50% vol.;

Grado alcohólico total: ≥ 11,56% vol.;

Azúcares residuales: (1);

Acidez total: ≥ 3,50 g/l;

Acidez volátil: ≤ 18 meq/l, 1,08 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 200 mg/l;

con contenidos en azúcares iguales o superiores a

5,00 g/l, tendrán niveles de dióxido de azufre total: ≤ 250 mg/l.

 

 

Vino Rías Baixas tinto:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 10,00% vol.;

Grado alcohólico total: ≥ 10,06% vol.;

Azúcares residuales: (1);

Acidez total: ≥ 3,50 g/l;

Acidez volátil: ≤ 20 meq/l, 1,20 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 150 mg/l.

con contenidos en azúcares iguales o superiores a

5,00 g/l, tendrán niveles de dióxido de azufre total: 200 mg/l.

 

Vino Rías Baixas espumoso:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 10,00% vol.;

Grado alcohólico total: ≥ (2);

Azúcares residuales: (2);

Acidez total: ≥ 3,50 g/l;

Acidez volátil: ≤ 18 meq/l, 1,08 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 185 mg/l.

Dióxido de carbono a 20 ºC: ≥ 3,50 bar;

 

(1). En cuanto al contenido en azúcares, se aceptarán exclusivamente aquellos vinos que tengan la consideración de secos y semisecos, de acuerdo con los requisitos que se recogen en anexo XIV parte B del Reglamento (CE) nº 607/2009 de la Comisión, de 14 de julio.

 (2). Los vinos espumosos de calidad se denominarán atendiendo a su riqueza en azúcares totales como:

brut nature (0 a 3,00 g/l), esta mención únicamente podrá utilizarse para el vino espumoso al que no se añada azúcar después del degüello;

extra brut (0 a 6,00 g/l);

brut (< 12,00 g/l);

extra seco (≥ 12,00 y < 17,00 g/l);

seco (≥ 17,00 y < 32,00 g/l);

semi seco (≥ 32,00 y < 50,00 g/l)

 dulce (≥ 50 g/l).

Los grados alcohólicos totales se corresponderán con estas concentraciones de azúcares.

 

Las tolerancias máximas admisibles en las determinaciones analíticas serán las siguientes:

Grado alcohólico adquirido: ± 0,20% vol.;

Grado alcohólico total: ± 0,20% vol.;

Azúcares residuales: ± 0,50 g/l;

Acidez total: ± 0,40 g/l;

Acidez volátil: ± 0,10 g/l;

Dióxido de azufre total: ± 15 mg/l.

 

2.2. Características organolépticas.

Vino blanco Rías Baixas Albariño:

Fase visual: color amarillo pajizo con tonos dorados, limpio y brillante.

Fase olfativa: Intensidad media-alta. Vino de gran complejidad aromática, dominan los aromas primarios de las series cítrica, floral y frutal, donde destaca el aroma a manzana.

Fase gustativa: Equilibrio en boca, con ligera acidez. Buena estructura, con untuosidad media y persistencia. Postgusto floral y frutal.

Resto de vinos blancos Rías Baixas:

Fase visual: Color amarillo pajizo con tonos dorados o verdosos. Limpio y brillante.

Fase olfativa: De intensidad media y con clara percepción de aromas primarios (florales y/o frutales).

Fase gustativa: Ligera acidez, fresca y equilibrada. Postgusto afrutado.

Vino blanco Rías Baixas barrica:

Fase visual: Color amarillo dorado. Limpio y brillante.

Fase olfativa: Intensidad media. Aroma primarios y terciarios bien integrados. Como primarios se mantienen las series floral y frutal junto con aromas terciarios aportados por la madera. Destacan los aromas tostado, ahumado, vainilla y frutos secos.

Fase gustativa: Buena estructura, glicérico y con postgusto afrutado con recuerdos a vainilla.

Vino Rías Baixas tinto:

Fase visual: Color rojo picota con tonos violáceos. Capa media. Limpio y brillante.

Fase olfativa: Vinos con intensidad media. Dominio de aromas primarios a frutos rojos (fresa, mora, etc) y aromas vegetales.

Fase gustativa: Ligera estructura en boca, moderadamente tánica. Persistencia media con recuerdos afrutados.

Vino Rías Baixas espumoso blanco:

Fase visual: Color amarillo pálido con reflejos dorados. Limpio y brillante. Burbuja fina y persistente.

Fase olfativa: Dominio de aromas primarios (florales y frutales) y secundarios (panadería y tostados).

Fase gustativa: Equilibrio en boca. Fresco y ligeramente ácido, con gas carbónico (burbuja) bien integrado y postgusto afrutado.

Vino Rías Baixas espumoso tinto:

Fase visual: Color rojo con tonos violáceos. Limpio y brillante. Burbuja fina y persistente.

Fase olfativa: Dominio de aromas primarios (florales y frutales) y secundarios (panadería y tostados).

Fase gustativa: Equilibrio en boca. Fresco y ligeramente ácido, con gas carbónico (burbuja) bien integrado y postgusto afrutado.

 

3. Prácticas enológicas específicas.

 

3.1. Prácticas culturales.

La recogida de la uva se realizará en cajas de vendimia u otros recipientes autorizados por el Consejo Regulador.

 

3.2. Grado probable mínimo del mosto.

La graduación alcohólica probable mínima de los mostos antes del inicio de la fermentación alcohólica para cada una de las elaboraciones será de

11,00% vol. para los procedentes de la variedad albariño,

10,00% vol. para el del resto de variedades blancas;

9,50% vol.  para los de las variedades tintas;

10,00% vol.  para los mostos destinados a los vinos espumosos de calidad.

 

3.3. Métodos de elaboración.

La elaboración y el almacenamiento se realizarán exclusivamente en bodegas ubicadas en la zona geográfica delimitada e inscritas en los registros correspondientes del Consejo Regulador.

Los procesos de elaboración son los siguientes:

a) Vinos blancos Rías Baixas.

El mosto obtenido por estrujado y prensado de la uva blanca, con o sin despalillado, se desfanga y se procede a su fermentación controlada hasta el agotamiento de los azúcares reductores.

Los vinos blancos tendrán una denominación determinada, de acuerdo con las restricciones referidas a variedad utilizada y a la zona de producción de la uva y de elaboración del vino (tabla I).

Rías Baixas:

Variedades utilizadas: Sin restricción de variedad;

Zona de producción y elaboración: Toda la zona geográfica de la DOP;

Rías Baixas Albariño:

Variedades utilizadas: 100 % Albariño;

Zona de producción y elaboración: Toda la zona geográfica de la DOP;

Rías Baixas Condado do Tea:

Variedades utilizadas: ≥ 70 % Albariño y Treixadura;

Zona de producción y elaboración: Subzona Condado do Tea;

Rías Baixas Rosal:

Variedades utilizadas: ≥ 70 % Albariño y Loureira;

Zona de producción y elaboración: Subzona O Rosal;

Rías Baixas Salnés:

Variedades utilizadas: ≥ 70 % Albariño, Loureira, Treixadura y Caíño Blanco;

Zona de producción y elaboración: Subzona Val do Salnés;

Rías Baixas Ribeira do Ulla:

Variedades utilizadas: ≥ 70 % Albariño, Loureira, Treixadura y Caíño Blanco;

Zona de producción y elaboración: Subzona Ribeira do Ulla.;

 

b) Vino blanco Rías Baixas barrica:

Se trata de vinos elaborados en la zona geográfica a partir de cualquier variedad blanca autorizada.

Se sigue un proceso de elaboración similar al de los vinos blancos, con la diferencia de que ocurre una estancia en envases de madera de un tamaño no superior a 600 litros, indicándose en todo caso en el etiquetado el tiempo, en meses o años, que ha permanecido en dichos envases.

 

c) Vinos tintos:

Obtenidos exclusivamente de uvas de variedades tintas. La uva despalillada y estrujada se somete a una fermentación–maceración con los orujos, a una temperatura controlada y hasta conseguir un contenido adecuado de polifenoles en el mosto-vino.

Posteriormente, se realiza el descube, el prensado y, si es necesario, la continuación de la fermentación alcohólica hasta el agotamiento de los azúcares reductores. El vino se considera estable biológicamente cuando se completa la fermentación maloláctica.

 

d) Vinos espumosos de calidad:

Los vinos espumosos, blancos o tintos, procederán respectivamente y en exclusiva de cada uno de los tipos de variedades citadas en el punto 6 de este pliego de condiciones, y se producirán exclusivamente por segunda fermentación en botella.

Los vinos base se elaborarán siguiendo los criterios antes expuestos para los vinos blancos y tintos y tendrán unas características físico-químicas y sensoriales que se corresponderán con sus requisitos respectivos.

En cualquier caso, en la producción de vinos espumosos se estará a lo dispuesto en la letra C del anexo II del Reglamento (CE) 606/2009.

Para cualquier tipo de elaboración, el rendimiento no superará los 70 litros de vino por cada 100 kg de vendimia en el caso de los vinos blancos; y de 72 litros de vino por cada 100 kg para los vinos tintos.

 

4. Delimitación de la zona geográfica.

 

La zona de producción y elaboración está constituida por los términos municipales y parroquias que se citan a continuación, agrupados en las cinco subzonas en que se divide la denominación de origen:

 

a) Subzona Val do Salnés:

municipios de:

Cambados, Meaño, Sanxenxo, Ribadumia, Meis, Vilanova de Arousa, Portas, Caldas de Reis, Vilagarcía de Arousa, Barro, O Grove, A Illa de Arousa.

b) Subzona Condado do Tea:

municipios de:

Salvaterra de Miño, As Neves, Arbo, Crecente, Salceda de Caselas, Ponteareas;

así como las parroquias que se citan de los siguientes ayuntamientos:
Municipio de A Cañiza:

parroquia de Valeixe.
Municipio de Tui:

parroquias de Guillarei, Paramos, Baldráns y Caldelas de Tui.
Municipio de Mos:

parroquia de Louredo.

c) Subzona O Rosal:

municipios de

O Rosal, Tomiño, A Guarda;

así como las parroquias que se citan de los siguientes ayuntamientos:
Municipio de Tui:

parroquias de Pexegueiro, Areas, Malvás, Ribadelouro, Rebordáns, Pazos de Reis, Randufe y Tui.
Municipio de Gondomar:

parroquias de Mañufe y Vilaza.

d) Subzona Soutomaior: municipio de

Soutomaior.

e) Subzona Ribeira do Ulla:

municipio de:

Vedra

y las parroquias que se citan en los siguientes ayuntamientos:
Municipio de Padrón:

parroquias de Rumille, Carcacía, Iria Flavia y Herbón.
Municipio de Teo:

parroquias de Oza, Teo, Lampai, Bamonde, Rarís, Vilariño y Reis.
Municipio de Boqueixón:

parroquias de Codeso, Pousada, Oural, Ledesma, Donas y Sucira.
Municipio de Touro:

parroquia de Bendaña.
Municipio de A Estrada:

parroquias de Arnois, Couso, Cora, Oca, Santeles, Paradela, Berres, San Miguel de Castro, San Xurxo de Vea, Ribeira, Riobó, Santa Cristina de Vea, Baloira y Santa Mariña de Barcala.
Municipio de Silleda:

parroquia de Cira.
Municipio de Vila de Cruces:

parroquias de Camanzo, Gres y Añobre.
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Los viñedos destinados a la producción de vino con esta DOP deben estar situados en estos municipios, estar incluidos en el registro vitícola de la comunidad autónoma y en el de viñedos del Consejo Regulador.

En el anexo I de este pliego de condiciones se muestra de forma gráfica el territorio de la denominación de origen protegida” Rías Baixas” y su ubicación en Europa.

 

5. Rendimiento máximo.

 

La producción máxima admitida por hectárea será de

12.000 kg/ha de uva para la variedad albariño,

10.000 kg/ha para la variedad caíño tinto

12.500 kg/ha para el resto de las variedades.

Considerando un rendimiento máximo de

70 litros de vino por cada 100 kg de uvas de variedades blancas

72 litros de vino por cada 100 kg para las variedades tintas,

los rendimientos máximos en litros por hectárea serían:

84,00 hl/ha para la variedad albariño.

87,50 hl/ha para el resto de variedades blancas.

72,00 hl/ha para la variedad caíño tinto.

90,00 hl/ha para el resto de variedades tintas.

 

6. Variedad o variedades de vid.

 

La elaboración de los vinos protegidos se realizará exclusivamente con uvas de las variedades siguientes:

 

Blancas:

Albariño, Treixadura, Loureira (Loureiro Blanco o Marqués), Caíño Blanco, Torrontés y Godello.

Tintas:

Caíño Tinto, Espadeiro, Loureiro tinto, Sousón, Mencía, Brancellao, Pedral y Castañal.

 

7. Vínculo con la zona geográfica.

 

7.1. Datos de la zona geográfica.

a) Factores naturales:

La denominación de origen “Rías Baixas” está localizada a 42º de latitud norte y a 8º de longitud oeste, y comprende territorios incluidos en las provincias de Pontevedra y A Coruña. Se extiende por un terreno con una altitud que raramente supera los 300 metros, próximo al mar y asociado a los tramos inferiores de los ríos Ulla, Umia, Oitavén, Xabriña y Miño con sus afluentes Tea y Louro.

Se trata de una zona vitivinícola con una vocación climática marcadamente atlántica, de temperaturas suaves (entre 10 ºC y 25 ºC), con cuatro estaciones perfectamente diferenciadas, cortas oscilaciones térmicas y una amplia pluviometría durante todo el año (1.300 mm), que desciende significativamente en verano.

Las variables mesoclimáticas de topografía, exposición, orientación y la proximidad al mar o a los ríos pueden matizar los caracteres generales del clima, y aportan diferencias entre las cinco subzonas reconocidas en dicha DOP: Condado do Tea, O Rosal, Ribeira do Ulla, Soutomaior y Val do Salnés.

Las condiciones de temperatura y humedad de la primavera, así como del verano, determinan una gran expresión vegetativa de la vid.

La DOP comprende un territorio asociado a la orogenia hercínica, donde destacan los suelos sobre materiales graníticos, pero en los que hay sitio para los suelos sobre materiales metamórficos (esquistos) y los generados sobre materiales sedimentarios (aluviones continentales de origen cuaternario).

En su mayoría se trata de suelos pobres en minerales alterables, con textura de arenosa a franco arenosa, con un intenso lavado de Mg, Ca y K, ácidos, pobres en nutrientes y de relativo bajo espesor.

Las características de textura provocan una baja retención del agua, una elevada tendencia a la desecación del suelo en verano, y unos desarrollos radiculares de la vid únicamente limitados por la profundidad. Los factores edafológicos reseñados han obligado, tradicionalmente, a una intervención humana orientada tanto a limitar la erosión y la degradación de los suelos como a equilibrar sus condiciones de aprovechamiento mediante el uso de una fertilización racional, a la que estos suelos responden de una forma muy eficaz.

La época de maduración presenta una insolación no muy elevada, unas temperaturas de graduaciones medias, un descenso de las precipitaciones y un ligero estrés hídrico.

Estas circunstancias provocan un balance de componentes de las uvas que da lugar a vinos más reconocidos por la concentración y variedad de su fracción ácida, así como por su aroma, que por su contenido alcohólico.

 

b) Factor humano.

En la existencia y características específicas del vino “Rías Baixas”, tal y como hoy lo conocemos, ha sido decisiva la actuación de los viticultores de la región, que han ido seleccionando a lo largo de los siglos las variedades que mejor se adaptaban a las condiciones climáticas y de suelo del territorio y sobre las que fueron desarrollando las prácticas culturales que mejores resultados daban en dichas condiciones. Entre estas variedades, la albariño es la gran protagonista, con una presencia abrumadoramente mayoritaria.

Aunque existe controversia en cuanto al origen de esta variedad, lo que se puede afirmar con certeza es que lleva más de mil años cultivándose en el territorio de las Rías Baixas y, dadas sus características, está perfectamente adaptada a las condiciones de clima e insolación que le ofrece este territorio.

Por otra parte, también parece que hay unanimidad en la creencia de que los monjes cistercienses llegados a Galicia a través del Camino de Santiago, o bien acompañando a la dinastía de Borgoña, venida a Galicia en el siglo XII con motivo de la boda de Raimundo de Borgoña con la reina Urraca, fueron los encargados de enseñar a los viticultores locales a cuidar las variedades aquí asentadas y a extraer de ellas su máxima expresión.

Así, la viticultura de esta zona presenta, después de siglos de evolución, características que la singularizan, entre las que cabe destacar la estructura productiva minifundista y altamente atomizada.

Basta decir, en relación con esto, que las más de 3.900 ha con las que actualmente cuenta la denominación de origen están divididas en 22.400 parcelas, que son explotadas por unos 6.600 viticultores.

Por lo tanto, un viticultor medio cultivaría poco más de media hectárea dividida en 3 o 4 parcelas.

Con estos datos, es obvio que la mayor parte de los viticultores practican esta actividad a tiempo parcial, siendo la vid un cultivo más entre los característicos del territorio, con los que está muy integrado en el paisaje es frecuente que se encuentre haciendo de borde de parcelas en las que se cultiva maíz, patata u otros productos de huerta.

Muchas veces incluso se cultiva debajo de la propia vid, aprovechando que el sistema de conducción tradicional, el emparrado, permite el laboreo debajo de la viña, lo que es una manifestación del elevado aprovechamiento que los agricultores de la zona hacían de las escasas dimensiones de sus tierras.

Para mantener la fertilidad de unos suelos, tan intensamente aprovechados y no muy ricos en nutrientes debido al intenso lavado de la lluvia, los agricultores de las comarcas de las Rías Baixas se han esmerado en la fertilización de los mismos.

Como se ha adelantado, otra característica de la viticultura de la zona es la utilización del sistema de conducción en emparrado.

El cultivo en emparrado, además de permitir –como se ha indicado– el aprovechamiento del suelo para otros cultivos, tiene su principal justificación en la necesidad de limitar los ataques de enfermedades fúngicas –muy importantes en la zona debido a la elevada humedad ambiental– alejando la vegetación del suelo.

Además este sistema de conducción permite un mayor aprovechamiento de la radiación solar y un manejo eficaz del vigor de la vid, el cual viene muy favorecido por las condiciones de temperatura y humedad de la zona durante la primavera y el verano.

En las últimas décadas, en la medida en que se fueron haciendo nuevas plantaciones, los viticultores han ido introduciendo otros sistemas de conducción, siempre elevados, que dan respuesta a las condiciones particulares del clima de la zona y a las exigencias del albariño y restantes variedades de la zona, y que facilitan las prácticas culturales necesarias.

 

7.2. Datos del producto.

Aunque en la DOP “Rías Baixas” han convivido tradicionalmente las variedades blancas y tintas, han sido las primeras, y entre ellas fundamentalmente la albariño, las que aportan un carácter específico a esta zona vitivinícola. Algunos varietales blancos acompañan al albariño en porcentajes no superiores al 30 % y aportan particularidades de las diferentes subzonas; se trata de loureira, treixadura y caíño blanco.

Entre las variedades tintas, muy minoritarias, destacan la sousón, la mencía y la caíño tinto.

Sin embargo, el patrimonio varietal de esta zona vitivinícola es muy rico, y existe un gran número de variedades de limitada presencia que contribuyen a enriquecer los matices sensoriales de los vinos producidos.

Como decíamos, la variedad Albariño es la auténtica protagonista de esta denominación de origen, hasta el punto de que, según los datos de la vendimia 2011, supuso casi el 96% del total de uva cosechada.

Las siguientes variedades en importancia, loureira y treixadura, apenas superan el 2,3% cada una, quedando para el resto de variedades blancas algo menos del 1,8%.

Por lo que respecta a las variedades tintas, estas no llegaron al 1 % del total.

Por lo tanto, esta denominación de origen, aunque está basada en una docena de variedades autóctonas propias de Galicia, está fuertemente asociada a esta variedad, hasta el punto de que es frecuente el uso del término «Albariño» para designar en el mercado a los vinos de las comarcas de las Rías Baixas.

El éxito de los vinos “Rías Baixas” ha hecho que esta variedad se haya difundido por otros territorios, a veces muy lejanos.

Sin embargo, la variedad Albariño alcanza su máxima expresión cualitativa en este clima y en este suelo.

Ligado a su código genético, esta variedad posee una gran capacidad de producción de azúcares, que los buenos años pueden superar los 13,00% volumen de alcohol. Además, y simultáneamente, lo que es excepcional, mantiene una riqueza en ácidos que muy pocas variedades consiguen en todo el mundo, unida a una riqueza en componentes aromáticos y sápidos que hace sus vinos muy identificables.

 

7.3. Interacción.

Las características de los diferentes suelos de la zona geográfica unidas a las condiciones climáticas existentes conforman una zona con características favorables para el cultivo del viñedo, de manera que se obtiene un producto final específico y singularizado adaptado perfectamente al medio.

Las variedades presentes son variedades autóctonas seleccionadas a lo largo de los años por los viticultores de la zona, que huyeron del fácil recurso de acudir a la importación de variedades foráneas, más populares para el consumidor.

Por eso, las variedades utilizadas, entre las que destaca por su dominio absoluto la variedad albariño, están adaptadas y toleran las condiciones edafoclimáticas existentes, lo que origina vinos específicos desde el punto de vista fisicoquímico y sensorial.

La variedad Albariño, que como se ha dicho da lo mejor de sí en este territorio, es la gran protagonista de los vinos que aquí se producen.

Los vinos que se elaboran con esta variedad son vinos complejos a nivel aromático debido al gran número de descriptores que los caracterizan, entre los que destacan la manzana, cítricos, florales (rosa), fruta madura y herbáceos.

También, a lo largo de los siglos, los viticultores de esta región fueron buscando las mejores zonas y los suelos adecuados para el cultivo de la planta.

Además, en la calidad y características específicas del producto, es de gran importancia el esmero con el que trabajan los productores locales –que conocen sus viñas gracias a la sabiduría que da una larga experiencia en su cuidado– tanto en la conducción como en la poda y el atado de las cepas, para un adecuado control del potencial vitivinícola o en la selección de la uva.

A ello debemos sumar el rigor en los controles de calidad que se aplican, que hicieron posible el prestigio que los vinos de la DOP Rías Baixas tienen tanto en España como en los mercados internacionales.

 

8. Disposiciones aplicables.

 

8.1. Marco jurídico.

Legislación nacional.

Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios del MARM, por la que se publica la Orden de 21 de julio de 2009, de la Consellería del Medio Rural de la Xunta de Galicia, por la que se aprueba el Reglamento de la denominación de origen “Rías Baixas” y de su Consejo Regulador. Se aplicará en todo aquello que no contradiga el contenido de este pliego de condiciones.

 

8.2. Requisitos aplicables.

En particular, está disposición establece la obligatoriedad del cumplimiento de los siguientes requisitos adicionales:

 

a) Prácticas culturales.

Los citados límites de producción de uva por hectárea podrán ser modificados en determinadas campañas por el Consejo Regulador hasta un incremento máximo del 25%.

El acuerdo se tomará con anterioridad a la vendimia y por la mayoría absoluta de los vocales después de los asesoramientos y comprobaciones que se precisen y el informe favorable del órgano de control del Consejo Regulador.

 

b) Requisitos para la elaboración y el embotellado.

La elaboración, el almacenaje, el envejecimiento y el embotellado de los vinos de la DOP “Rías Baixas” se realizará exclusivamente en bodegas ubicadas en la zona de producción e inscritas en el registro correspondiente del Consejo Regulador.

El transporte y embotellado fuera de la zona de elaboración constituye un riesgo para la calidad del vino, ya que se puede ver expuesto a fenómenos de óxido-reducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida. El embotellado en origen permite preservar las características y calidad del producto. Este hecho, unido a la experiencia y conocimiento profundo de las características específicas de los vinos adquiridos durante años por las bodegas de la denominación de origen de la “Rías Baixas”, hacen necesario el envasado en origen, para preservar, así, todas las características fisicoquímicas y organolépticas de estos vinos.

En las bodegas inscritas en los registros de la denominación de origen “Rías Baixas” no podrá realizarse la elaboración, almacenamiento o manipulación de uvas, mostos o vinos obtenidos de uvas procedentes de superficies vitícolas situadas fuera de la zona de producción de esta denominación de origen.

El Consejo Regulador podrá determinar los tipos y medidas de los envases para la comercialización del vino, de manera que no perjudiquen su calidad y prestigio, haciendo obligatoria su utilización para ser protegido.

Estos envases serán de las capacidades nominales establecidas de acuerdo con el Real decreto 1801/2008, de 3 de noviembre, por el que se establecen las normas relativas a las cantidades nominales para productos envasados y al control de su contenido efectivo, con exclusión expresa de las botellas de un litro.

 

c) Requisitos de etiquetado.

El etiquetado de los vinos envasados cumplirá la legislación en vigor en cuanto a indicaciones obligatorias y facultativas. Además, deberá aparecer en la etiqueta principal el nombre de la denominación de origen (Rías Baixas).

Asimismo, en los vinos protegidos por la denominación de origen “Rías Baixas”, excepto en los espumosos, será obligatoria la indicación del año de su cosecha.

Antes de la puesta en circulación de las etiquetas o de cualquier otro elemento identificador de la botella, éstas deberán ser autorizadas por el Consejo Regulador, que comprobará los aspectos relativos a las normas de la denominación de origen.

Las marcas comerciales que se empleen en la comercialización de vinos de la denominación de origen “Rías Baixas” no se podrán emplear en la comercialización de otros vinos

Para la denominación de origen protegida “Rías Baixas” el término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1a) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, reglamento único para las OCM, es «denominación de origen».

Según se establece en el artículo 118 sexvicies.3.a) del citado reglamento, tal mención tradicional podrá sustituir en el etiquetado de los vinos a la expresión «denominación de origen protegida».

En el etiquetado de los vinos de esta denominación de origen podrá utilizarse el término «barrica», si se ajustan a lo establecido en el anexo III del Real decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.

Para que en las etiquetas pueda figurar el nombre de cualquiera de las subzonas reseñadas en la zona de producción junto con el de la denominación de origen

Rías Baixas-Val do Salnés,

Rías Baixas-Rosal,

Rías Baixas-Condado do Tea,

Rías Baixas-Soutomaior,

Rías Baixas-Ribeira do Ulla),

será imprescindible que la materia prima proceda íntegramente de las mismas, así como que la elaboración se lleve a cabo en su interior.

Además, y simultáneamente, deberán cumplirse los requisitos en cuanto a variedades establecidos por este pliego de condiciones.

Todos los envases que se destinen al consumo irán provistos de una precinta o contraetiqueta numerada que será suministrada por el Consejo Regulador, que deberá ser colocada en la propia bodega.

Dicha contraetiqueta incluirá el logotipo de la denominación de origen, que se incluye como anexo II de este pliego de condiciones.

 

9. Controles.

 

9.1. Órgano de control.

El Consejo Regulador de la denominación de origen protegida “Rías Baixas” tiene identificado en su estructura un órgano de control y de certificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.1º letra b) de la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega; y en el artículo 65 del Decreto 4/2007, de 18 de enero, por el que se regulan las denominaciones geográficas de calidad del sector alimentario y sus consejos reguladores. De acuerdo con dichas normas, el Consejo Regulador es una corporación de derecho público tutelada por la Consellería del Medio Rural y del Mar de la Xunta de Galicia, y sus auditores–inspectores están habilitados por ésta y tienen la condición de autoridad en el ejercicio de sus funciones de control.

Nombre:

Órgano de Control y Certificación del Consejo Regulador de la denominación de origen “Rías Baixas”.

Dirección: Palacio de Mugartegui. Praza da Pedreira, 10,

36002 Pontevedra.

Tl: 0034 986 85 48 50, fax : 0034 986 86 45 46

Correo electrónico: consejo@doriasbaixas.com

 

9.2. Tareas.

9.2.1. Alcance de los controles.

a) Análisis químicos y organolépticos.

El órgano de control verifica que los elaboradores realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino para comprobar que cumplen los requisitos establecidos en el punto 2 de este pliego de condiciones.

El Consejo Regulador entrega contraetiquetas con una codificación específica para cada botella de cada partida destinada a ser comercializada con la denominación de origen protegida “Rías Baixas” que se ajuste a los parámetros establecidos. Las partidas que no reúnan las características analíticas y organolépticas del punto 2 de este pliego de condiciones no obtendrán las contraetiquetas y no podrán ser comercializadas bajo el nombre de la denominación de origen protegida.

 

b) Operadores.

El órgano de control comprueba que los operadores tienen capacidad para cumplir los requisitos del pliego de condiciones. En particular, comprueba que los productores y elaboradores disponen de un sistema de autocontrol y trazabilidad que permite acreditar las especificaciones en cuanto a procedencia de uva, variedades empleadas, rendimientos de producción, rendimientos de extracción de mosto y análisis de los parámetros químicos y organolépticos.

 

c) Productos.

El órgano de control, mediante la toma de muestras, verifica que el vino comercializado bajo el amparo de la denominación de origen cumple las especificaciones establecidas en el punto 2, que se utiliza adecuadamente la contraetiqueta asignada y que se cumplen las demás condiciones que se recogen en este pliego de condiciones.

 

9.2.2. Metodología en los controles en la verificación anual.

a) Controles sistemáticos.

El órgano de control realiza controles sistemáticos del sistema de autocontrol de los operadores que elaboran o comercializan vino bajo el amparo de la denominación de origen protegida con los objetivos siguientes:

Verificar que la uva, el mosto y el vino son originarios de la zona de producción.

Controlar el cumplimiento de las especificaciones en lo referente a variedades y rendimiento de producción de uva.

Comprobar que se realiza una gestión de la trazabilidad desde la producción de uva hasta el envasado.

Comprobar que se realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino que permitan acreditar el cumplimiento de las características definidas en el punto 2 de este pliego de condiciones.

 

b) Controles aleatorios.

El órgano de control realiza controles aleatorios para comprobar la trazabilidad de las partidas y el cumplimiento de los parámetros analíticos.

 

 

 

RIBEIRA SACRA

DO

Orden de 29 de septiembre de 2009

Resolución de 2 de diciembre de 2009

(fonte BOE)

Modificación Orden de 1 de febrero de 2012

(fonte DOG)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN “RIBEIRA SACRA”

Resolución de 24 de julio de 2012

(fonte DOG )

 

 

 

1. Denominación que debe protegerse.

 

Denominación de Origen Protegida “Ribeira Sacra”

Quedan protegidos por la Denominación de Origen Protegida “Ribeira Sacra” los vinos que tengan las características definidas en este pliego de condiciones y que cumplan en la producción, la elaboración, la crianza, la designación y la comercialización todos los requisitos que se exigen en este pliego de condiciones y en el resto de la legislación vigente

 

2. Descripción del vino o vinos.

 

Los vinos amparados por la denominación de origen “Ribeira Sacra” son blancos y tintos, ajustándose a la categoría 1 del anexo XI ter del Reglamento (CE) nº 1234/2007, reglamento único para las OCM.

En función del empleo de un porcentaje menor o mayor de variedades calificadas como preferentes, los vinos pueden ser comercializados como “Ribeira Sacra o Ribeira Sacra Súmmum”.

Además, aunque habitualmente se comercializan como vinos jóvenes, también pueden ser sometidos a un proceso de envejecimiento en barricas de madera. Las características analíticas y organolépticas de los distintos tipos de vino son las siguientes:

a).Características analíticas.

Vino tinto:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 11,00% vol.;

Grado alcohólico total: ≥ 11,00% vol.;

Acidez total: ≥ 4,50 g/l;

Acidez volátil (*): ≤  0,70 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 120 mg/l;

 

Vino blanco:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 11,00% vol.;

Grado alcohólico total: ≥ 11,00% vol.;

Acidez total: ≥ 4,50 g/l;

Acidez volátil (*): ≤  0,70 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 160 mg/l;

 

Vino tinto barrica:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 12,00% vol.;

Grado alcohólico total: ≥ 12,00% vol.;

Acidez total: ≥ 4,50 g/l;

Acidez volátil (*): ≤  1,00 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 120 mg/l;

 

Vino blanco barrica:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 12,00% vol.;

Grado alcohólico total: ≥ 12,00% vol.;

Acidez total: ≥ 4,50 g/l;

Acidez volátil (*): ≤  1,00 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 160 mg/l;

 

(*) En todos los vinos, a partir de una graduación alcohólica de 12,00% vol., la acidez volátil se podrá incrementar en 0,06 g/l por cada grado de alcohol.

En cuanto al contenido en azúcares totales se cumplirán los requisitos que se recogen en anexo XIV parte B del Reglamento (CE) nº 607/2009 de la Comisión, de 14 de julio, para que los vinos tengan la consideración de «secos». Por lo que se refiere a los demás parámetros analíticos no recogidos en este pliego de condiciones, se aplicará lo establecido en la legislación general.

 

b) Características organolépticas.

Vinos tintos súmmum:

Fase visual: color cereza madura, capa media-alta, limpio y brillante.

Fase olfativa: aromas de fruta con notas minerales y vegetales.

Fase gustativa: suave entrada en boca, que nos recuerda los aromas, con sabor a frutas maduras, minerales, con una ligera acidez y con un final de boca con ligeros taninos dulces.

Vinos tintos:

Fase visual: color cereza madura, capa media-alta, limpio y brillante.

Fase olfativa: aromas de fruta con notas minerales y vegetales.

Fase gustativa: suave entrada en boca, que recuerda los aromas, con sabor a frutas maduras, minerales, con una ligera acidez y con un final de boca con ligeros taninos dulces.

Vinos blancos súmmum:

Fase visual: color amarillo que va desde el pajizo al verdoso, hasta el dorado, limpio y brillante.

Fase olfativa: aromas de frutas, notas tropicales, hierba fresca y notas de acidez.

Fase gustativa: suave y elegante entrada, fina en boca, que nos recuerda todos sus aromas.

Vinos tintos súmmum barrica:

Fase visual: el color va desde malva, morado, rojo hasta cereza picota madura y mora. Intensidad media alta. Limpios y brillantes.

Fase olfativa: aromas principalmente de fruta, fresa, cereza, torrefactos, tostados, notas vegetales.

Fase gustativa: tiene una elegante entrada en boca, donde nos recuerda los aromas con sabor a fruta madura, minerales con una ligera acidez; aparecen las maderas, torrefactos, con un final de boca potente y equilibrado.

Vinos blancos súmmum barrica:

Fase visual: color amarillo fuerte, que va desde el verdoso al dorado, limpio y brillante, con buena intensidad de color.

Fase olfativa: aromas de frutas de hueso, ligeras notas tropicales, tostados, hierba fresca y notas de acidez.

Fase gustativa: suave y fina entrada en boca, que nos recuerda todos sus aromas, torrefactos, tostados con notas minerales, en ocasiones aparecen aromas a hojas de tabaco; destacan las frutas maduras, notas vegetales, buen equilibrio, que compensan acidez, azúcares, madera y final equilibrado.

 

3. Prácticas enológicas específicas.

 

a) Prácticas culturales.

La vendimia se realizará con el mayor esmero, íntegramente de forma manual en cajas de vendimia autorizadas por el Consejo Regulador, y para la elaboración de vinos protegidos se emplearán exclusivamente uvas sanas y con el grado de madurez necesario.

 

b) Prácticas enológicas específicas.En la elaboración de estos vinos se utilizarán uvas de las variedades que se recogen en el punto 6 de este pliego de condiciones, con las siguientes restricciones:

Los Ribeira Sacra súmmum tintos

estarán elaborados como mínimo con un 85% de variedades tintas de las consideradas preferentes.

La variedad mencía es al menos un 60% del total.

Los Ribeira Sacra súmmum blancos

estarán elaborados exclusivamente con variedades preferentes.

Los Ribeira Sacra tintos

deben estar elaborados al menos con un 70% de variedades preferentes.

Para comercializar estos vinos con el término «barrica» deben haber sido sometidos a un proceso de envejecimiento en barricas de madera con los siguientes requisitos de tiempo mínimo y volumen máximo:

En los tintos, será un tiempo mínimo de 6 meses en barricas de 500 litros de capacidad máxima.

En los blancos, será un tiempo mínimo de 3 meses en barricas de madera de 600 litros de capacidad máxima.

En la producción del mosto se seguirán las prácticas tradicionales aplicadas con una moderna tecnología, orientada a la mejora de la calidad del producto final.

Se aplicarán las presiones adecuadas para la extracción del mosto y del vino de forma que el rendimiento

no sea superior a 67 litros de mosto o vino por cada 100 kg de uva.

Para la elaboración de vinos protegidos por la denominación de origen “Ribeira Sacra” no se permite la utilización de prensas continuas en las que la presión es ejercida por un tornillo de Arquímedes en su avance sobre un contrapeso.

Para la extracción del mosto, solo se pueden utilizar sistemas mecánicos que no dañen o dilaceren los componentes sólidos del racimo, y queda prohibido el empleo de máquinas prensoras de acción centrífuga de alta velocidad.

No se permiten prácticas de precalentamiento de la uva o de calentamiento de los mostos o de los vinos en presencia de los orujos tendentes a forzar la extracción de materia colorante.

No se podrán utilizar pedazos de madera de roble en la elaboración y posteriores procesos, incluido el almacenaje, de los vinos protegidos por la denominación.

A efectos de corregir las características de los mostos o vinos de una determinada cosecha, se permite su mezcla con una cosecha anterior hasta un 15%.

En años excepcionales y previo informe de la calidad del producto, se podrá autorizar la mezcla de dos cosechas anteriores, con el mismo límite del 15%.

 

4. Delimitación de la zona geográfica.

 

La zona de producción está constituida por los terrenos que el órgano de control y certificación del Consejo Regulador considere aptos para la producción de uvas de las variedades que se indican, siempre que se encuentren situados en los municipios y parroquias que componen las subzonas siguientes, ubicados en las provincias de Lugo y Ourense de la Comunidad Autónoma de Galicia:

 

a).Subzona de Amandi:

abarca las parroquias que se citan de los siguientes municipios:

Municipio de Sober: Doade, Amandi, Lobios, Pinol, Santiorxo, Barantes, Bolmente, San Martiño de Anllo y, de la parroquia de Anllo, los lugares situados en la cuenca del Sil.

Municipio de Monforte de Lemos: Marcelle.

 

b).Subzona de Chantada:

abarca las parroquias que se citan de los siguientes municipios:

Municipio de Portomarín: Portomarín, Sabadelle, Fiz de Rozas, León y Vilarbasín.

Municipio de Taboada: Sobrecedo, Castelo, San Xián de Insua, Insua, Mourulle y Xián.

Municipio de Chantada: Pedrafita, Pesqueiras, San Fiz de Asma, Belesar, Líncora, Camporramiro, Santiago de Arriba, A Sariña, Nogueira de Miño y Sabadelle.

Municipio de Carballedo: Erbedeiro, Chouzán, A Cova, Oleiros y Temes.

Municipio de A Peroxa: San Xes da Peroxa, Graíces, Carracedo, Celaguantes, Beacán, Os Peares y, en la parroquia de Vilarrubín, el lugar de O Souto.

 

c).Subzona de Quiroga-Bibei:

abarca las parroquias que se citan de los siguientes municipios:

Municipio de Monforte de Lemos: Rozavales.

Municipio de A Pobra de Brollón: Vilachá y Barxa de Lor.

Municipio de Quiroga: Quintá de Lor, Nocedo, Quiroga, A Ermida, O Hospital, Fisteus, Sequeiros, Bendollo, Bendilló, Montefurado, Vilanuíde, Paradaseca, Vilaster, A Enciñeira y Augas Mestas.

Municipio de Ribas de Sil: Nogueira, Peites, Piñeira, Rairos, Ribas de Sil, Soutordei y Torbeo.

Municipio da Pobra de Trives: Barrio, Mendoia, Piñeiro, Sobrado y Navea.

Municipio de Manzaneda: Cesuris, Reigada, San Miguel de Bidueira, Soutipedre, Manzaneda y San Martiño de Manzaneda.

Municipio de San Xoán de Río: Cerdeira.

 

d).Subzona de Ribeiras do Miño:

abarca las parroquias que se citan de los siguientes municipios:

Municipio de Paradela: Loio, As Cortes, San Martiño de Castro, San Facundo de Ribas de Miño, Castro, Santalla de Paradela, Aldosende, A Laxe y San Vicente de Paradela.

Municipio de O Saviñao: Reiriz, Segán, San Vitoiro de Ribas de Miño, Rebordaos, Santo Estevo de Ribas de Miño, Diomondi, Mourelos, Rosende y A Cova.

Municipio de Pantón: Ribeiras de Miño, Vilar de Ortelle, Atán, Pombeiro, Acedre, Espasantes, Frontón, Siós, Cangas, Toldaos, Moreda, Pantón, Deade, Castillón y Ferreira de Pantón.

Municipio de Sober: Rosende, Vilaescura, Canaval, Proendos, Neiras y, en la parroquia de Anllo, los lugares situados en la cuenca del río Cabe.

Municipio de Monforte de Lemos: Moreda y Seoane.

 

e).Subzona de Ribeiras do Sil:

abarca las parroquias que se citan de los siguientes municipios:

Municipio de A Teixeira: Cristosende, Lumeares y Abeleda.

Municipio de Parada do Sil: San Lourenzo de Barxacova, Sacardebois, Parada de Sil y Chandrexa.

Municipio de Castro Caldelas: Alais, Paradela, San Paio de Abeleda, Santa Tegra de Abeleda, Tronceda y Castro Caldelas.

Municipio de Nogueira de Ramuín: Viñoás, A Carballeira y Moura.

 

En el anexo I de este pliego de condiciones se muestra de forma gráfica el territorio de la denominación de origen protegida Ribeira Sacra y su ubicación en Europa.

 

5. Rendimiento máximo.

 

Las producciones máximas admitidas por hectárea son las siguientes:

9.500 kg/ha de uva  para las variedades tintas.

12.000 kg/ha de uva para las variedades blancas.

Considerando un rendimiento máximo de 67 litros de mosto por cada 100 kilos de uva, el rendimiento expresado en hectolitros del producto final por hectárea es:

63,65 hl/ha para las variedades tintas.

80,40 hl/ha para las variedades blancas.

 

6. Variedad o variedades.

 

La elaboración de los vinos protegidos se realizará exclusivamente con uvas de las variedades siguientes:

 

a) Preferentes:

Blancas:

Loureira, Treixadura, Godello, Doña Branca, Albariño y Torrontés.

Tintas:

Mencía, Brancellao, Merenzao, Sousón, Caíño Tinto y Tempranillo.

b) Autorizadas:

Garnacha Tintorera y Mouratón.

 

7. Vínculo con la zona geográfica.

 

7.1. Datos de la zona geográfica.

a) Factores naturales.

La Ribeira Sacra integra un conjunto de municipios pertenecientes al sur de la provincia de Lugo y norte de Ourense, en el interior de Galicia.

Comprende las riberas de los ríos Miño y Sil, con sus afluentes Cabe, Mao, Bibei (con el Navea) o el Búbal, y se extiende desde Portomarín a A Peroxa y desde Os Peares a Quiroga. Los ríos Miño y Sil discurren hacia su confluencia a través de gargantas o cañones de fuerte verticalidad.

La orografía del terreno hace que el cultivo de la vid se haga en bancales, muras, socalcos etc. que son los nombres que reciben los escalones donde se cultiva la vid y todo en laderas de pendientes muy acusadas, lo que hace que esta viticultura fuese cualificada como «viticultura heroica», de manera que el Consejo Regulador forma parte del CERVIM Europeo, asociación que busca poner en valor la viticultura de montaña de la Unión Europea.

El clima en la Ribeira Sacra no es homogéneo, varía en cada una de las 5 subzonas que conforman esta región, incluso a nivel de parcela, según sea la orientación, la altitud y la pendiente.

En general, podemos decir que es más continental que atlántico, con veranos largos y calurosos y otoños templados.

Para definir los parámetros climáticos se utilizaron los datos recogidos en las estaciones de Marroxo (Monforte de Lemos), Conchada (Quiroga) y la de Portomarín, con el fin de dar una caracterización lo más amplia posible. La pluviometría se encuentra entre los 700-800 mm de media, con un número aproximado de 100 días de precipitación superior o igual a 1 mm, si bien las subzonas del Miño registran precipitaciones más altas que las del valle del Sil.

Si nos referimos a sus temperaturas, se recoge en el siguiente cuadro un resumen de los parámetros más importantes:

Temperatura media: 11,3º C.

Temperatura máxima: 24,3º C.

Temperatura mínima: 1,4º C.

Temperatura media de las máximas: 17,1º C.

Temperatura media de las mínimas: 6,9 º C.

Los vientos llegan a soplar fuerte en la zona, ayudados por la disposición de los valles.

Otros parámetros que tienen importancia en el cultivo de la vid son la humedad relativa media, que se sitúa en un 70,6%; las horas de sol, que están en torno a 166 horas mensuales y la insolación, que no llega al 40%.

Los suelos también son diversos, pasan de los de mayor presencia de granito a aquellos en los que la pizarra es predominante, alternancias que se repiten sin continuidad.

Como elemento común podemos decir que son suelos aluviales sobre la base de pizarra.

En Chantada y en algunas zonas de Ribeiras do Miño y Ribeiras do Sil, los suelos son más parecidos a los de origen granítico que dominan toda Galicia occidental, mientras que en Amandi y resto de la Ribeira do Sil responden a la tipología de Galicia oriental.

Otra característica común es la elevada acidez, excepto en pequeñas áreas no vinícolas del valle del Cabe, debido a los arrastres del río. Los terrenos de ribera, en general, tienen poca capacidad de almacenamiento de humedad, lo que hace necesario los portainjertos, adaptados a los veranos secos.

En cuanto a la vegetación, en la ribera soleada los viñedos descienden en bancales hasta el mismo río mientras que las laderas de umbría están ocupadas por caducifolias, donde abundan el roble y el castaño, que aportan gran variedad cromática en el otoño.

 

b) Factores humanos.

Estrabón, para defender la cultura mediterránea, cuestionaba que los galaicos consumiesen cerveza, usasen el pan de bellota o la mantequilla, pero lo cierto es que en los siglos II y I a.C. los textos clásicos hablan del vino como producto muy preciado por nuestros ancestros y que, en el comercio a larga distancia, era transportado en ánforas.

Junto con el olivo (éste en menor medida), el castaño, la higuera o el nogal, la vid, sin duda ya conocida con anterioridad, alcanza en la época romana un importante grado de explotación, siendo sus caldos reconocidos como «oro líquido del Sil». Los recipientes de cerámica, concretamente las jarras, se relacionan directamente con el consumo del vino. La tradición atribuye a los romanos el trabajo de hacer terrazas en las laderas boscosas para cultivar las vides.

Los bancales buscaban contener la tierra para que no descendiese al río, aprovechar el agua de lluvia y maximizar los reflejos del sol en la tierra y proporcionar así calor y luz a la planta. Se supone que por la Vía Romana se trasladaba el vino producido en algunas de estas tierras a la Roma Imperial para el disfrute de los emperadores.

Sin embargo, lo que realmente dio un impulso definitivo y extendió la vid por toda Galicia, obviamente de forma especial por la Ribeira Sacra, fue la llegada de las órdenes monásticas.

La orografía de escarpadas laderas cubiertas de espesos bosques atrajo a las comunidades monásticas desde comienzos del cristianismo, ya que estos grupos humanos buscaban asentamientos que favoreciesen la vida ascética y eremítica, en las que el vino no era solo un elemento de cultivo sino también un producto esencial en la alimentación, lo que trajo consigo nuevas técnicas de cultivo y elaboración.

Así se inició un importante traslado de la civilización monástica a lo largo de las orillas escarpadas del Sil y del Miño, dejando huellas patrimoniales que llegan hasta nuestros días.

El esplendor de los monasterios se une al Camino de Santiago, al amparo del cual se fueron extendiendo las viñas y el vino comenzó a cobrar una vital importancia. Ya los primeros peregrinos a Santiago contaban las excelencias de los caldos producidos en la ruta.

Los valles de los ríos Sil y Miño y sus cuencas están poblados de monasterios, rodeados estos de castaños y vides y, en las tierras llanas, cereales que los agricultores aportaban a los abades y señores de las tierras.

Importancia tuvieron las mujeres de cuna noble, sin duda, en la denominación de las vides: doña mencía, María Ordoña, doña blanca (dona branca), pero también noblezas no reconocidas como la del bastardo (merenzao).

La simbiosis entre la monumentalidad del agua manifestada en los cañones del Sil y del Miño y la monumentalidad de las edificaciones religiosas dieron lugar a la Rivoyra Sacrata o Ribeira Sacra, denominación que se remonta al siglo XII. Efectivamente, la primera mención de estas tierras como Rivoyra Sacrata se remonta al año 1124, en un documento firmado en Allariz, donde la reina Teresa de Portugal, hija de Alfonso VI dona al monje Arnaldo y a sus compañeros los terrenos para levantar un nuevo monasterio dentro de la denominada Rivoyra Sacrata; dicho cenobio es el origen del actual Monasterio de Santa María de Montederramo, uno de los más importantes de Galicia.

La roturación de tierras y la expansión del cultivo agrícola fueron posibles gracias al cambio del modelo productivo. Los siervos, que hasta entonces trabajaban cinco días para el señor –en las tierras que este les dejaba– y uno para sí, pasaron a pagarle al dueño del feudo en porcentaje de producto obtenido de las tierras.

Esto es, cuanto más trabajasen, más lograban para ellos, aunque también, de forma directamente proporcional, hiciesen mucho más rico al señor.

Entre los siglos XVIII y XIX ya se cuestionó que determinadas tierras nunca antes dedicadas a la vid fuesen plantadas con la consecuente disminución de la calidad en la producción vinícola. Pero es en este siglo cuando, como en el resto de Europa, primero el oídio, la peste vieja, después el mildiu y finalmente la filoxera acabaron con la práctica totalidad de los viñedos.

Fue así como variedades como el Brancellao (también llamado albarello), por su poca resistencia ante la «cinsa» (como popularmente se conoce en la zona al oídio) pasaron a ser testimoniales, cuando antes se consideraba que daban vinos de aguante.

Encontrada una solución para la filoxera mediante el uso de portainjertos, fueron otras variedades las que se impusieron.

Concretamente el mencía, ya existente con anterioridad mas con poca extensión en el cultivo, adaptándose medianamente bien al oídio y al mildiu, y que, además, en condiciones normales fue poco atacada por la botritis, se alzó como la variedad más importante de la Ribeira Sacra.

En los años 60 y 70 del siglo XX hubo que soportar aún la plantación de variedades foráneas, medianamente adaptadas a las condiciones climatológicas, cuando lo que contaba no era la calidad, sino los litros que una hectárea producía.

Las ferias del vino de Sober, Chantada y Quiroga fueron la antesala de la preocupación por la calidad y la apuesta por la comercialización y la importancia del origen del producto.

Fue de esta manera como a caballo entre la década de los 80 y 90, la Ribeira Sacra emerge en 1991 con la concesión del distintivo de calidad de «vino de la tierra», para alcanzar la denominación de origen con la Orden de 30 de mayo de 1995 de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes.

El vino fue uno de los grandes valores de la Ribeira Sacra, configurando su paisaje y modo de vida. Las vertientes soleadas del Miño y del Sil están pobladas de terrazas con viñedos que ofrecen un vino cada vez más apreciado. Muchos de estos bancales datan de la época de los romanos y se están recuperando a medida que nuevos viticultores comienzan a rescatar los que están escondidos bajo el denso follaje de árboles que los cubren, tras su abandono de décadas. Sus diferentes zonas productoras comercializan sus vinos bajo la denominación de origen Ribeira Sacra y sus blancos y tintos jóvenes son el fruto de la mejor selección de uvas.

 

7.2. Datos del producto.

Los vinos tintos de la “Ribeira Sacra” se elaboran fundamentalmente con la variedad Mencía, su variedad por excelencia, y generan vinos brillantes, de intenso color cereza con ribetes púrpuras, buenas dosis alcohólicas y posibilidades de crianza.

En nariz son amables y afrutados y en boca son sabrosos, con acidez equilibrada y gran potencia de alcohol.

En el retrogusto destacan por su elegancia y persistentes recuerdos a frutos rojos.

Aunque inicialmente los vinos a base de Mencía eran ligeros y prontos para beber, y de baja graduación alcohólica, poco a poco se fueron transformando en vinos que buscan sacar a flote toda su potencia, la expresividad del terruño y la buena capacidad de envejecimiento que está demostrando tener.

Los vinos blancos, menos abundantes, se elaboran fundamentalmente con la variedad Godello, siendo frescos pero plenos en boca y de intenso aroma.

 

7.3. Interacción causal entre la zona geográfica y el producto.

Las características de los diferentes suelos de la zona geográfica unidas a las condiciones climáticas existentes y a los contrastes de su orografía conforman una zona con unas características excepcionales para el cultivo del viñedo, de modo que se obtiene un producto final específico y singularizado adaptado perfectamente al medio.

La maduración tiene mucho que ver con la orientación al sol y la altitud a la que se ubican las viñas.

La Ribeira Sacra se caracteriza por los grandes contrastes geográficos, profundas cuencas geográficas y alienaciones montañosas, hecho que se refleja en sus vinos.

Además sus suelos marcan la mineralidad del vino y resalta también las diferentes expresiones y concentraciones de la fruta.

Las variedades presentes son fundamentalmente variedades autóctonas seleccionadas a lo largo de los años por los viticultores de la zona, que huyeron del fácil recurso de acudir a la importación de variedades foráneas, más populares para el consumidor.

Por ello, las variedades utilizadas están adaptadas y toleran las condiciones edafoclimáticas existentes, lo que origina una serie de vinos específicos desde el punto de vista fisicoquímico y sensorial.

También a lo largo de los siglos los viticultores de esta región fueron buscando las mejores zonas para el cultivo, en laderas bien orientadas y con suelos adecuados, sobre las que construyeron muros de piedra para abancalar estas laderas y configurar un paisaje absolutamente singular.

Además, en la calidad y características específicas del producto es de gran importancia el esmero con que trabajan los productores locales –que conocen sus viñas gracias a la sabiduría que da una larga experiencia en su cuidado– tanto en la conducción y en la poda de las cepas, para un adecuado control del potencial vitivinícola, como en la selección de la uva, que se vendimia manualmente en el momento en que, a su juicio, está en el óptimo de madurez, buscando que las uvas tengan una graduación alcohólica natural probable mínima de 10,00% vol.

A ello debemos sumar el rigor en los controles de calidad que se aplican, que hicieron posible el prestigio que los vinos de la “Ribeira Sacra” tienen tanto en la Comunidad Autónoma de Galicia como en el resto de España.

En la actualidad se están abriendo paso en los mercados internacionales.

Pero la “Ribeira Sacra”, que sin duda tiene el vino como seña principal de identidad, es un todo que armoniza paisajes de flora atlántica con la vegetación mediterránea en el valle del Sil; es un conjunto que combina una importante riqueza de monumentos románicos con los valles de sus ríos; es la expresión más evidente de cómo el respeto a la tradición se puede y se debe combinar con la moderna forma de entender el mundo del vino.

 

8. Disposiciones aplicables.

 

a) Marco jurídico.

Legislación nacional.

Resolución de 2 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica la Orden de 29 de septiembre de 2009, de la Consellería del Medio Rural de la Xunta de Galicia, por la que se aprueba el Reglamento de la denominación de origen “Ribeira Sacra” y de su Consejo Regulador.

 

b) Requisitos aplicables.

En particular, esta disposición establece los siguientes requisitos adicionales:

b.1) Prácticas culturales.

En campañas excepcionales, los límites de producción de uva por hectárea podrán ser modificados por el Consejo Regulador, tanto al alza como a la baja, para determinadas zonas, siempre con anterioridad a la vendimia y tras los asesoramientos y comprobaciones que se precisen y el informe favorable del órgano de control y certificación del Consejo Regulador.

Estas modificaciones no podrán implicar, en el caso de la producción de uva por hectárea, un aumento superior al 25% de los límites establecidos.

Para las nuevas plantaciones y replantaciones de viñedo, la producción máxima admitida será la resultante de aplicar a los valores establecidos con carácter general en el punto 5 de este pliego de condiciones, los siguientes coeficientes en función de la edad de las cepas:

Año de plantación (año 0): coeficiente 0.

Primer año (año 1): coeficiente 0.

Segundo año (año 2): coeficiente 0,10.

Tercer año (año 3): coeficiente 0,40.

Cuarto año (año 4): coeficiente 0,75.

Quinto año y sucesivos: coeficiente 1.

En el caso de los injertos, se considera que el viñedo tendrá el 100% de producción al año siguiente de ser la cepa injertada.

Con carácter general, está prohibido el riego. En caso de déficit hídrico, el Consejo Regulador lo podrá autorizar tras la petición del interesado.

 

b.2) Requisitos para la elaboración y el embotellado.

Zona de elaboración: la zona de elaboración de los vinos de la denominación de origen “Ribeira Sacra” coincide con la zona de producción.

Sin embargo, teniendo en cuenta las costumbres y las dificultades orográficas del área de producción, se autoriza la inscripción en los registros de bodegas de elaboración, almacenamiento y embotellado de aquellas que, cumpliendo los demás requisitos establecidos, estén situadas en los terrenos de las siguientes parroquias, situadas en las inmediaciones de la zona de producción:

 

Subzona de Amandi:

Municipio de Sober: Brosmos, Bulso, Figueiroá y Proendos.

 

Subzona de Chantada:

Municipio de Carballedo: Vilaquinte, San Romao de Campos y Veascós.

Municipio de A Peroxa: O Souto, Toubes, A Peroxa, Gueral, Mirallos y Vilarrubín.

Municipio de Portomarín: Cortapezas, San Mamede de Belaz, Recelle, Bagude, Vedro y Carborrecelle.

Municipio de Taboada: Cicillón, Vilela, Carballo, Vilar de Cabalos.

Municipio de Chantada: Arcos, Merlán, Chantada, San Salvador de Asma, Veiga y Vilaúxe.

 

Subzona de Ribeiras do Miño:

Municipio de Pantón: Eiré, Serode, Següín y San Fiz de Cangas.

Municipio de O Saviñao: Vilelos, Vilaesteva, Freán, Louredo, A Laxe, Fión, Marrube, Vilasante, Licín y Piñeiró.

 

Subzona de Ribeiras do Sil:

Municipio de A Teixeira: Montoedo y Pedrafita.

Municipio de Castro Caldelas: Mazaira, Trabazos, Camba y Poboeiros.

 

Zona de embotellado:

El transporte y embotellado fuera de la zona de producción y de elaboración constituye un riesgo para la calidad del vino, ya que se puede ver expuesto a fenómenos de óxido-reducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida.

El embotellado en origen permite preservar las características y calidad del producto. Este hecho, unido a la experiencia y conocimiento profundo de las características específicas de los vinos adquiridos durante años por las bodegas de la denominación de origen de la “Ribeira Sacra”, hacen necesario el envasado en origen, y preservar así todas las características fisicoquímicas y organolépticas de estos vinos.

Los envases serán de vidrio, de las capacidades autorizadas por la legislación vigente, con exclusión expresa de las botellas de un litro.

 

b.3) Requisitos del etiquetado:

En las etiquetas de los vinos embotellados, que deberán ser autorizadas por el Consejo Regulador, figurará siempre de modo destacado la mención «denominación de origen protegida» y el nombre de la denominación, «Ribeira Sacra», además de los datos que con carácter general se determinen en la legislación vigente. Para la denominación de origen protegida “Ribeira Sacra”, el término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1.a) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, reglamento único para las OCM, es «denominación de origen». Según se establece en el artículo 118 sexvicies.3.a) del citado reglamento, tal mención tradicional podrá sustituir en el etiquetado de los vinos a la expresión «denominación de origen protegida».

En el etiquetado de los vinos amparados por la denominación de origen se podrá hacer mención a la subzona de producción y elaboración si toda la uva procede de dicha subzona y la elaboración se produce en ella.

Los vinos que cumplan los requisitos establecidos al efecto en la letra b) del punto 3 podrán utilizar la mención «súmmum».

Además, los vinos envejecidos conforme a las normas que se establecen en dicha letra b) del punto 3 de este pliego de condiciones podrán utilizar la mención «barrica».

Solo los vinos de la categoría “súmmum” podrán hacer alusión en el etiquetado a una única variedad de elaboración, y para ello deberán estar elaborados al menos con el 85% de esa variedad.

El nombre de la denominación de origen figurará con caracteres de una altura mínima de 4 mm. Por su parte, el nombre de la subzona y la variedad, de indicarse, deberán recogerse con caracteres como máximo de la mitad de la altura que se utilice para el nombre de la denominación de origen.

En el etiquetado de los vinos protegidos será obligatoria la mención de la correspondiente marca comercial, en las condiciones previstas de acuerdo con la normativa general vigente.

Todos los envases que se destinen al consumo irán provistos de una contraetiqueta numerada que será suministrada por el Consejo Regulador, que deberá ser colocada en la propia bodega.

Dicha contraetiqueta incluirá el logotipo de la denominación de origen, que se incluye como anexo II de este pliego de condiciones.

 

b.4) Requisitos para el control.

Los diferentes operadores deben inscribirse en los siguientes registros de control:

Registro de viñas:

donde sólo se inscribirán las viñas situadas en la zona de producción de las que la uva pueda ser destinada a la elaboración de los vinos protegidos.

Registro de las bodegas de elaboración:

donde se pueden inscribir todas las bodegas que, situadas en la zona de elaboración, vinifiquen uvas procedentes de viñas inscritas en las que los vinos elaborados puedan optar al uso de la denominación de origen.

Registro de las bodegas de almacenaje:

donde se inscribirán todas aquellas bodegas que, estando situadas en la zona de elaboración, se dediquen exclusivamente al almacenaje de vinos amparados por la denominación de origen Ribeira Sacra.

Registro de bodegas embotelladoras:

donde se inscribirán todas aquellas bodegas que, situadas en la zona de elaboración, se dediquen exclusivamente al embotellado y comercialización del vino debidamente etiquetado y amparado por la denominación de origen “Ribeira Sacra”.

Además, son necesarias las siguientes declaraciones para el control:

Todos los titulares de las bodegas de elaboración deberán declarar, antes del 30 de noviembre de cada año, la cantidad de mosto y vino obtenido, especificar los diversos tipos que elaboren y consignar la procedencia de la uva y, en el caso de venta durante la campaña de la vendimia, el destino de los productos que se expidan, indicando el destinatario y cantidad.

Todos los titulares de bodegas que embotellen vino presentarán, antes del 1 de septiembre de cada año, las declaraciones de salidas, indicando el destino, y existencias de producto amparado durante la campaña vitivinícola.

 

9. Estructura de control.

 

a) Órgano de control.

El Consejo Regulador de la denominación de origen protegida “Ribeira Sacra” tiene identificado en su estructura un órgano de control y certificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.1º letra b) de la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega; y en el artículo 65 del Decreto 4/2007, de 18 de enero, por el que se regulan las denominaciones geográficas de calidad del sector alimentario y sus consejos reguladores.

De acuerdo con dichas normas, el Consejo Regulador es una corporación de derecho público tutelada por la Consellería del Medio Rural y del Mar de la Xunta de Galicia y sus inspectores están habilitados por ésta y tienen la condición de autoridad en el ejercicio de sus funciones de control.

Nombre:

órgano de control y certificación del Consejo Regulador de la denominación de origen Ribeira Sacra.

Dirección: calle del Comercio, 6-8,

27400 Monforte de Lemos (Lugo).

Tl: 0034 982 41 09 68, fax: 0034 982 41 12 65

Correo electrónico: info@ribeirasacra.org

 

b) Tareas.

b.1) Alcance de los controles.

Análisis químicos y organolépticos.

El órgano de control verifica que los elaboradores realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino para comprobar que cumplen los requisitos establecidos en el punto 2 de este pliego de condiciones.

Para la realización de los análisis organolépticos los operadores utilizan el panel de cata con que cuenta el Consejo Regulador.

El Consejo Regulador entrega contraetiquetas con una codificación específica para cada botella de cada partida destinada a ser comercializada con la denominación de origen protegida Ribeira Sacra que se ajuste a los parámetros establecidos.

Las partidas que no reúnan las características analíticas y organolépticas del punto 2 de este pliego de condiciones no obtendrán las contraetiquetas y no podrán ser comercializadas bajo el nombre de la denominación de origen protegida.

Operadores.

El órgano de control comprueba que los operadores tienen capacidad para cumplir los requisitos del pliego de condiciones.

En particular, comprueba que los productores y elaboradores disponen de un sistema de autocontrol y trazabilidad que permite acreditar las especificaciones en cuanto a procedencia de uva, variedades empleadas, rendimientos de producción, rendimientos de extracción de mosto y análisis de los parámetros químicos y organolépticos.

Productos.

El órgano de control, mediante toma de muestras, verifica que el vino comercializado bajo la denominación de origen cumple las especificaciones establecidas en el punto 2, utiliza adecuadamente la contraetiqueta asignada y se cumplen las demás condiciones que se recogen en este pliego de condiciones.

 

b.2) Metodología en los controles.

Controles sistemáticos.

El órgano de control realiza controles sistemáticos del sistema de autocontrol de los operadores que elaboran o comercializan vino bajo el amparo de la denominación de origen protegida con los objetivos siguientes:

Verificar que la uva, el mosto y el vino son originarios de la zona de producción.

Controlar el cumplimiento de las especificaciones en lo referente a variedades y rendimiento de producción de uva.

Comprobar que se realiza una gestión de la trazabilidad desde la producción de uva hasta el envasado.

Comprobar que se realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino que permitan acreditar el cumplimiento de las características definidas en el punto 2 de este pliego de condiciones.

Controles aleatorios.

El órgano de control hace controles aleatorios para comprobar la trazabilidad de las partidas y el cumplimiento de los parámetros analíticos.

RIBEIRO

D.O.

Orden de 30 de julio de 2009

Resolución de D.G. de 14 de septiembre de 2009

(fonte BOE)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN “RIBEIRO”

Resolución de 24 de julio de 2012

(fonte DOG )

 

1.Nombre a proteger.

 

Denominación de Origen Protegida “Ribeiro”

Quedan protegidos por la Denominación de Origen Protegida “Ribeiro” los vinos que tengan las características definidas en este pliego de condiciones y que cumplan en la producción, la elaboración, la crianza, la designación y la comercialización todos los requisitos que se exigen en este pliego de condiciones y en el resto de la legislación vigente.

 

2. Descripción de los vinos.

 

Los vinos que se elaboran bajo la denominación de origen “Ribeiroson vinos tranquilos blancos y tintos que se ajustan a la categoría 1 del anexo XI ter del Reglamento (CE) 1234/2007, reglamento único para las OCM.  

También se elaboraran vinos naturalmente dulces de uvas pasificadas blancas o tintas, que se ajustan a la categoría 15 de dicho anexo y que se comercializan con la denominación, tradicional en la zona, «tostado».

Las características de estos vinos son las siguientes:

 

a).Características analíticas.

Ribeiro blanco:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 9,00% vol.;

Grado alcohólico total natural: ≥ 9,00% vol.;

Contenido máximo de azúcares totales (gr/l expresado en glucosa más fructosa): (1);

Acidez total: ≥ 4,00 g/l. ≤ 9.00 g/l;

Acidez volátil: ≤  0,80 g/l (2);

Dióxido de azufre total: ≤ 200 mg/l;

 

Ribeiro tinto:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 9,00% vol.;

Grado alcohólico total natural: ≥ 9,00% vol.;

Contenido máximo de azúcares totales (gr/l expresado en glucosa más fructosa): (1);

Acidez total: ≥ 5,00 g/l. ≤ 10.00 g/l;

Acidez volátil: ≤  0,80 g/l (2);

Dióxido de azufre total: ≤ 150 mg/l;

 

(1) Tanto en los vinos blancos como en los tintos, en el contenido máximo en azúcares totales se cumplirán los requisitos que se recogen en anexo XIV parte B del Reglamento (CE) nº 607/2009 de la Comisión, de 14 de julio, para que los vinos tengan la consideración de “secos”.

(2) En los vinos que hallan sido sometidos a un proceso de envejecimiento en madera por un periodo superior a tres meses y con edad de hasta un año, la acidez volátil máxima será de 0,85 g/l,

cuando su edad sea superior a un año, de 0,90 g/l más 0,06 g/l por cada grado alcohólico que supere los 11,00% vol., sin superarse en ningún caso los límites establecidos por la legislación vigente al respecto.

 

Ribeiro tostado:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 13,00% vol.;

Grado alcohólico total natural: ≥ 17,00% vol.;

Contenido máximo de azúcares totales (gr/l expresado en glucosa más fructosa): 70 g/l;

Acidez volátil: ≤  2,10 g/l (2);

Dióxido de azufre total:

Tostado blanco: ≤ 250 mg/l;

Tostado tinto: ≤ 200 mg/l;

 

b) Características organolépticas.

Los vinos de la DO “Ribeiro” se caracterizan tradicionalmente por poseer marcados rasgos atlánticos, entre los que destacan su frescura, finura y elegancia, más o menos suavizados por cierta influencia de clima mediterráneo.

Además de las variaciones climáticas entre las distintas cosechas, según sean añadas con climatología de tendencia más atlántica o mediterránea, debido a su característica localización de transición climática, van a influir en el perfil de estos vinos las distintas orientaciones y pendientes de la viña, la utilización de una u otra variedad así como la tradición de la mezcla de variedades en proporciones no preestablecidas, los suelos de los que provengan las uvas, bien sean de origen granítico, metamórfico o sedimentario, las distintas prácticas de cultivo permitidas, así como los posibles distintos procesos de elaboración.

De acuerdo con los distintos tipos de vino que se pueden elaborar, sus características organolépticas son:

Ribeiro blanco:

Aspecto visual del vino:

Transparente con tonalidades que varían del amarillo pálido al amarillo dorado y reflejos que varían desde tonalidades verdes a tonalidades doradas.

Descriptores olfativos del vino:

Olores limpios y francos de intensidad media a alta a frutas maduras, frutas frescas, flores, mieles, hierbas aromáticas, vegetales, balsámicos y especiados. 

Características gustativas:

Frescos, equilibrados, con ligera estructura, de volumen medio a alto, sápidos, con extracto, aromática retronasal limpia de intensidad media a alta y persistencia media a alta.

Ribeiro tinto:

Aspecto visual del vino:

Transparente y de capa media a alta, con tonalidades que varían del rojo violáceo al rojo cereza y reflejos que varían desde tonalidades violetas a tonalidades teja.

Descriptores olfativos del vino:

Olores limpios y francos de intensidad media a alta a frutas maduras, frutas frescas, flores, hierbas aromáticas, lácteos, vegetales, balsámicos y especiados.

Características gustativas:

Frescos, intensos y equilibrados, con estructura tánica variable de media a alta, volumen medio a alto, con extracto, sápidos, aromática retronasal limpia de intensidad media a alta y persistencia media a alta.

Ribeiro tostado:

Aspecto visual del vino:

Transparente, con tonalidades que varían del amarillo ámbar al caoba y reflejos que varían desde tonalidades doradas a tonalidades castaño.

Descriptores olfativos del vino:

Olores limpios y francos de intensidad media a alta a frutas maduras, frutas pasificadas, frutas confitadas, mieles, flores, hierbas aromáticas, especiados, balsámicos, tostados, torrefactos, maderas nobles.

Características gustativas:

Dulces y equilibrados, con moderado frescor, intensos, volumen alto y sensación grasa, con extracto y muy sápidos, aromática retronasal limpia de intensidad alta y larga persistencia.

 

3. Prácticas enológicas específicas.

a) Prácticas de cultivo.

Las nuevas plantaciones tendrán una densidad máxima de 7.000 cepas por hectárea.

La poda anual se realizará en pulgar y vara o dejando el número conveniente de pulgares y la conducción se realizará con alambre o tutores.

 

b) Elaboración de vinos blancos y tintos.

Las técnicas empleadas en la manipulación de uva, mosto y vino, control de fermentación y del proceso de conservación tenderán a obtener productos de máxima calidad, manteniendo los caracteres tradicionales de los tipos de vinos amparados por la denominación de origen.  

Se aplicarán presiones adecuadas para la extracción del mosto o vino y su separación del orujo, de forma que el rendimiento no sea superior a 70 litros de vino por cada 100 kg de uva.

 

c) Elaboración de vino tostado.

El “Ribeiro tostado” es un vino naturalmente dulce y para su obtención se realiza un proceso de pasificación natural de las uvas en locales cubiertos y con adecuadas características de diseño, localización y orientación que permitan la correcta pasificación mediante ventilación natural.

Los sistemas empleados para soportar la uva deberán garantizar en todo momento las condiciones necesarias para un buen secado y mantenimiento del adecuado estado sanitario.

El periodo de secado tendrá una duración mínima de tres meses y durante éste se realizarán los controles necesarios para evitar pérdidas en la calidad del producto y en el correcto estado sanitario.  

El mosto procedente de las uvas pasificadas deberá tener un contenido mínimo de azúcares de 300 g/litro.

El rendimiento máximo será de 40 litros de vino por cada 100 kg de uvas pasas.

El vino tostado pasará un proceso de maduración en cubas de madera de roble o de cerezo, de manera que el tiempo total de contacto con la madera, incluido, en su caso, el invertido durante el proceso de fermentación, no sea inferior a seis meses.

El vino tostado pasará un proceso de maduración en botella no inferior a tres meses.

 

4. Delimitación de la zona geográfica.

La zona de producción de los vinos protegidos por la denominación de origen “Ribeiro” está constituida por los terrenos que se encuentran en los términos municipales y lugares siguientes:

 

ayuntamientos de Ribadavia, Arnoia, Castrelo de Miño, Carballeda de Avia, Leiro, Cenlle, Beade, Punxín y Cortegada; las parroquias de Banga, Cabanelas y O Barón, en el ayuntamiento de O Carballiño;

las parroquias de Pazos de Arenteiro, Albarellos, Laxas, Cameixa y Moldes en el ayuntamiento de Boborás; los lugares de Santa Cruz de Arrabaldo y Untes en el ayuntamiento de Ourense,

ayuntamiento de Toén los lugares de Puga, A Eirexa de Puga, O Olivar, el pueblo de Feá y Celeirón y la parroquia de Alongos;

el pueblo de A Touza del ayuntamiento de San Amaro.

 

En el anexo I de este pliego de condiciones se muestra de forma gráfica el territorio de la denominación de origen protegida Ribeiro y su ubicación en Europa.

 

5. Rendimientos máximos.

 

El rendimiento máximo en la producción de uva es de

30.000 kg por hectárea.  

Con un rendimiento máximo en la elaboración de los vinos blancos y tintos de 70 litros por cada 100 kg de uva, se obtiene un rendimiento máximo de

210 hectolitros por hectárea.

Para la elaboración de vinos tostados se admite un rendimiento máximo de

12.000 kg por hectárea de uva fresca

40 litros por cada 100 kg de uva correctamente pasificada.

 

6. Variedades de uvas de vinificación.

 

La elaboración de los vinos tintos y blancos protegidos se realizará exclusivamente con uvas de las variedades siguientes:

Tintas:

Caíño tinto, Caíño Bravo, Caíño longo, Garnacha Tintorera, Ferrón, Sousón, Mencía, Tempranillo y Brancellao.

Blancas:

Treixadura, Palomino, Torrontés, Godello, Macabeo, Albillo, Loureira y Albariño.

Los vinos tostados blancos se elaborarán exclusivamente a partir de uvas de las variedades:

Treixadura, Loureira, Torrontés, Godello y Albariño.

Los tostados tintos se elaborán con las variedades:

Caíño Tinto, Caíño Bravo, Caíño Longo, Ferrón, Sousón, Brancellao y Mencía.

 

7. Vínculo con la zona geográfica.

7.1. Datos de la zona geográfica.

a) Factores naturales.

Un factor importante, determinante, para que se implantara desde hace tantos siglos y con tal intensidad el cultivo de la vid en la denominación de origen “Ribeiro” es el peculiar clima del entorno, que permite la obtención de uva para la producción de vino de alta calidad sin necesidad de sofisticadas tecnologías enológicas:

El clima de la DO “Ribeiro” es un factor clave para su vocación vitícola, y determina su agronomía, variedades de uva, tipos y características de sus vinos.

La denominación de origen se localiza en el área establecida por Wagner como templada con cuatro estaciones bien diferenciadas y propicia para la producción de vinos de calidad.

Entre estas líneas se da una moderación en las temperaturas, aridez y ciclo termolumínico durante el periodo de maduración de los racimos que dan lugar a vinos con graduaciones alcohólicas moderadas y equilibradas con la acidez, de manera que se obtienen vinos con aromas intensos y personales.

En cuanto al índice Winkler, que diferencia las zonas por la integral térmica eficaz, la DO “Ribeiro” se encuentra en su mayoría en la zona II, ascendiendo en las cotas u orientaciones menos soleadas domina la zona I, y en las cotas más bajas e insoladas se acerca a la zona III, lo que nos indica que desde un punto de vista térmico se encuentra en un entorno muy apropiado para la producción de vinos de la más alta calidad.

Para valorar la iluminación se considera el índice heliotérmico de Branas, que establece el límite septentrional para un valor de I = 2,60, y se obtiene en la DO “Ribeiro” un valor medio de 3.9, lo que confirma la aptitud heliotérmica para la viticultura con la valoración conjunta de la iluminación y las temperaturas eficaces de la zona geográfica.

Por otro lado, en cuanto a la viabilidad de la producción por su posible afección de enfermedades criptógamas, principalmente por mildiu (Plasmopara vitícola), se considera el índice hidrotérmico de Branas, Bernon y Levadoux, que nos proporciona un valor medio entorno a los 3.500, muy por debajo del máximo de 5.200, lo que, si bien indica la viabilidad productiva, también nos dice que la viticultura en la zona estará supeditada a un control constante sobre este tipo de enfermedades.

La DO “Ribeiro” se sitúa en la denominada zona de transición de Galicia y presenta un clima muy peculiar que, como ya se indicó anteriormente, es muy apropiado para la producción de vinos de calidad basados en la viticultura. Exactamente se sitúa donde empieza la zona de transición, de manera que presenta un carácter mediterráneo suavizado en su justa medida por la influencia atlántica y viceversa.

La influencia atlántica es debida a una escasa distancia al océano de 45 km hacia el oeste.

De hecho, esta distancia debería de suponer un mayor carácter atlántico del entorno, pero la orografía de cadenas montañosas que limita por el oeste la denominación ejerce un importante efecto protector, que genera así una viticultura en situación casi marginal, donde la planta tiene cierta dificultad para madurar el fruto, consiguiendo la necesaria maduración alcohólica de forma paralela a la maduración fenólica y conservando un equilibrado frescor propiciado por la acidez natural con un dominio del tartárico sobre el málico.

El carácter ligeramente continental, en conjunción con las corrientes de aire dominantes, provoca una importante diferencia térmica entre el día y la noche, lo que favorece la lenta maduración, y consigue, de esta forma, crear y respetar el componente aromático y frescor natural.

La influencia marítima que penetra principalmente por la cuenca del río Miño, crea bandas de ecotonía climática sobre las laderas, de manera que se genera un mayor carácter atlántico según asciende en la cota lo que limita el cultivo aproximadamente a los 450 metros de altura para las variedades cultivadas en la denominación de origen.

Otro factor también importante son los suelos y orografía que dominan el entorno de la denominación de origen “Ribeiro”, que en muchos casos además de ser propicios, casi obligan al cultivo del viñedo debido a su agreste carácter.

Los suelos de la DO “Ribeiro” se caracterizan por estar englobados en tres tipos principales: la mayoría de ellos se desarrollan a partir de materiales graníticos y en menor proporción encontramos los que lo hacen a partir de materiales metamórficos y los desarrollados a partir de materiales sedimentarios.

De entre los materiales graníticos encontramos las granodioritas y granitos tardíos, que ocupan toda la parte central de la denominación y se extienden también hacia el sur; las granodioritas precoces que abundan por la parte oeste, y los granitos de dos micas que aparecen distribuidos por todas las zonas.

En el caso de los materiales metamórficos tenemos que los micaesquistos aparecen en los sectores del oeste y norte, mientras que los esquistos verdes lo hacen en las zonas sur y este.

Aunque con poca importancia en su proporción y concretamente en la explotación vitícola, también aparecen suelos derivados de materiales sedimentarios, que aparecen extendidos por toda la denominación, fundamentalmente depósitos coluviales, depósitos aluviales y terrazas fluviales.

Los depósitos presentan una composición en la que se entremezclan arenas, gravas y cantos de cuarzo o de esquisto, que proceden de la denudación de los macizos graníticos o de las áreas esquistosas próximas.

Se dan una serie de circunstancias, como fuertes pendientes e intensidad de la acción antrópica y meteorológica, que contribuyen a reducir la cubierta vegetal y los materiales originales pobres en minerales alterables o poco fracturados y a que el desarrollo de los suelos sea escaso en amplias zona del territorio.

Las diferencias en la naturaleza del material original prácticamente sólo se reflejan en la textura: más arenosa en el caso de los desarrollados sobre granitos y de franca a limosa, en el caso de los desarrollados a partir de rocas metamórficas.

La composición de la fracción coloidal varía en profundidad pero también lo hace de forma bastante semejante sobre ambos tipos de materiales: en los epipedones hay un predominio de las arcillas de tipo mica, aunque pueden aparecer vermiculitas, mientras que en los horizontes profundos son más frecuentes las asociaciones de minerales de tipo caolinítico y gibsita, que será el mineral predominante en las saprolitas graníticas.

Desde el punto de vista de la fertilidad química habría que destacar el fuerte carácter ácido, la pobreza en bases y la baja fijación de fósforo, que son muy probables tanto en los sectores donde predominan los materiales graníticos como los metamórficos.

Pero se deben de diferenciar las características particulares de las explotaciones vitícolas.

El Ribeiro es una zona de intenso cultivo del viñedo desde muy antiguo, por lo menos desde la recuperación de la agricultura por los monjes benedictinos hacia el final del primer milenio y hasta ahora, por lo que las características de los suelos cultivados difieren notablemente de las de los suelos naturales y podríamos hablar de suelos antrópicos, ya que el hombre viene cultivándolos y mejorándolos a lo largo de generaciones, puesto que esta comarca figura entre las que tienen una mayor tradición de agricultura comercial en Galicia y en ellos la fertilización se practica de forma intensiva y desde hace mucho tiempo.

Además también hay que tener en cuenta que prácticamente todos los suelos de cultivo de la zona están abancalados para aumentar su espesor y disminuir la pendiente y facilitar así su laboreo y el aprovechamiento de las laderas y consecuente insolación.

Suelos con constantes labores agrícolas y técnicas para la construcción de bancales, lo que a su vez favoreció la aparición de particulares condiciones agroclimáticas, han influido en sus propiedades y en su evolución.

En general, los suelos dedicados a la explotación vitícola se caracterizan por ser antrosoles cumúlicos asociados a cambisoles o regosoles dístricos, que se distribuyen por los tramos finales de los taludes y vertientes y los piedemontes que marcan la transición hacia las vegas.

Por lo general son suelos abancalados, en los que se hacen patentes las transformaciones ocasionadas por el manejo agrícola que se refleja en la frecuencia con que aparecen los horizontes A móllicos (a veces ócricos), que puede descansar o no sobre un B cámbico más o menos desarrollado, que da paso a horizontes de un ciclo más antiguo.

Desde el punto de vista de sus propiedades y aptitud agronómica, diremos que, por lo general, los suelos de cultivo disponen de una profundidad media efectiva que oscila entre 70 y 100 cm y que apenas presentan diferenciación de horizontes en el seno del perfil.

Sus elevados contenidos en arena, sobre todo en el horizonte superficial, contrastan con el escaso contenido en arcilla (por debajo del 20%), por lo que predominarán las texturas franco-arenosas e incluso areno-francosas, salvo en los sectores en que aparecen desarrollados a partir de sedimentos aluviales, que suelen dar texturas francas, o rocas metamórficas de texturas más finas.

Su carácter arenoso es un factor importante por minimizar la capacidad de campo ya que si bien la integral pluviométrica en la DO “Ribeiro” es relativamente alta, ésta se minimiza significativamente desde la floración hasta la maduración, lo que propicia cierto estrés hídrico que favorece significativamente la calidad final de la uva.

Normalmente son suelos de reacción ácida, pobres en materia orgánica porque en ellos el viñedo suele sucederse a sí mismo desde hace muchas generaciones, muy desaturados, con un contenido en calcio que tiende a ser bajo.

 

b) Factores humanos.

Como consecuencia de las características agroclimáticas naturales del entorno y la explotación vitícola, se genera una importante y larga historia, tanto desde un punto de vista agrícola como sociocultural y económico, que, a su vez, modifica las condiciones ambientales iniciales.

La historia del vino ribeiro se remonta a la implantación del cultivo de la vid de forma intensiva en los primeros siglos del período imperial romano, siglo. I d.C. Las plantas de origen mediterráneo introducidas por estos no encontraron en estas zonas las condiciones climáticas necesarias para un óptimo desarrollo, y sufrieron a lo largo de la historia múltiples hibridaciones con vides locales, hasta obtener finalmente las actuales variedades autóctonas mejor adaptadas a las condiciones del entorno.

Así, en el siglo III, en el Ribeiro ya se dispondría de un complejo varietal relativamente bien ajustado a sus condiciones ecoclimáticas.

Posteriormente, las invasiones germánicas supusieron un fuerte retroceso en la historia de la viticultura en la comarca, aunque el cultivo de la vid no desapareció.

Tras esta etapa, en la Alta Edad Media volvió a resurgir con fuerza el cultivo de la vid en el Ribeiro, constituyendo uno de los principales cultivos a las puertas del año mil.

Durante esta etapa, los más importantes centros eclesiásticos gallegos asentaron en el Ribeiro granjas y prioratos para proveer de vino ribeiro a las bodegas de sus sedes principales.

Los monasterios fueron los grandes impulsores del viñedo e incentivaron su plantación por medio de contratos forales.

Lo mismo ocurre con importantes familias aristocráticas, grandes y medianos propietarios, que mostraron interés por adquirir viñedos en el Ribeiro en el siglo XI.

El floreciente comercio y el aprecio por los vinos del Ribeiro quedan reflejados en la aprobación de un decreto en el que figuran los precios de los víveres que se comercializaban en Santiago de Compostela en 1133.

Entre ellos, se detalla el vino ribeiro como el más caro de cuantos se vendían en la población. Unos siglos más tarde los ingleses se convertirían en los principales clientes para el producto fuera de la península.

Para su comercialización, el vino se llevaba a caballo, en odres, hacia Ourense, Santiago, Tui o Pontevedra, centros de consumo pero también de redistribución. Pontevedra es el principal puerto para su transporte marítimo, seguido de los de Vigo, Baiona y A Coruña.

Desde estos puertos, salía en dirección al Golfo de Vizcaya, llegando a Bretaña, Flandes y, principalmente, Inglaterra. Pero los ribeiros aún fueron más lejos. Los vinos de la comarca también navegaron en los barcos que llevaron a los primeros colonos a América, que fueron unos de los primeros degustados en el Nuevo Mundo.

Ante el intenso flujo económico generado empieza a surgir el comercio fraudulento, por lo que para garantizar la calidad y proteger el producto, ya en 1579 las ordenanzas municipales de Ribadavia especificaban zonas de cultivo (parroquias) y aspectos relacionados con la producción del vino y su comercialización, para tratar de evitar la

adulteración del mismo y la picaresca que pretendía hacer pasar por ribeiro otros productos de cuestionable procedencia.

Dichas ordenanzas son un precedente de los reglamentos de las actuales denominaciones de origen.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual las reconoce como los primeros indicios de protección de una indicación geográfica en el derecho español.

Durante todo el siglo XVI y la primera mitad del XVII, el ribeiro gozaba de un comercio floreciente, era una de las mayores riquezas de Galicia, hasta que las plagas de procedencia americana asolaron la comarca durante el siglo XIX.

En 1853 llegó el oídio; la segunda plaga, en 1886, fue el mildiu; y la tercera, desde 1890, fue la filoxera, lo que hizo necesario injertar las vides en pies americanos y propició la introducción de variedades foráneas, más resistentes y productivas en detrimento de la calidad y que aún ahora –aunque en recesión– persisten en la zona.

En 1932 la denominación de origen “Ribeiro” queda protegida con la publicación del Estatuto del Vino, que fue elevado a ley el 26 de mayo de 1933.

Posteriormente se constituiría el Consejo Regulador mediante la Orden de 6 de diciembre de 1956, y fue aprobado el primer reglamento del Ribeiro el 31 de julio de 1957.

El segundo reglamento fue aprobado por la Orden de 2 de febrero de 1976, la cual fue modificada mediante la Orden de 19 de abril de 2004, publicada en el Diario Oficial de Galicia el 28 de abril.

Dicha modificación se realizó para incluir como producto amparado el vino “tostado del Ribeiro” en base a su histórica elaboración en esta denominación de origen y por tratarse de un vino naturalmente dulce que constituye una de las máximas expresiones de los grandes vinos del “Ribeiro”.

Actualmente la denominación de origen “Ribeiro” se rige por un tercer reglamento, de 31 de julio de 2009.

 

7.2. Datos del producto.

En la DOP “Ribeiro” conviven variedades blancas y tintas, pero son las primeras las más abundantes y por ello son los vinos blancos los más característicos de esta comarca. Las características de ambos tipos de vinos están muy relacionadas con las variedades con las que se elaboran, que son en su mayoría variedades autóctonas, entre las que destaca la variedad blanca treixadura.

Como resultado se obtienen unos vinos blancos, frescos y afrutados, de color entre amarillo pálido y amarillo dorado, que se consumen en su mayoría en el primer o segundo año. Los tintos, con color entre el rojo violáceo y el rojo cereza, son frescos, intensos y equilibrados, y también se consumen preferentemente jóvenes.

Por otra parte, el tostado es un vino dulce obtenido a partir de la selección de las mejores uvas, principalmente blancas de las variedades autóctonas, que se someten a un proceso de pasificación en locales con ventilación natural para luego proceder a su elaboración.

Se trata, por lo tanto, de un producto muy característico de la vitivinicultura de la comarca, muy apreciado y costoso de producir, que entró en decadencia durante el siglo pasado, coincidiendo con la desaparición de las casas más poderosas que lo elaboraban y que se está intentando recuperar desde hace algunos años.

 

7.3. Interacción causal.

Como resumen de lo ya indicado, podemos apuntar que las características de los diferentes suelos de la zona geográfica unidas a las condiciones climáticas existentes y a los contrastes de su orografía conforman una zona con unas características naturales óptimas para el cultivo del viñedo, y se obtiene un producto final específico y

singularizado adaptado perfectamente al medio.

Las variedades presentes son principalmente variedades autóctonas, seleccionadas a lo largo de los años por los viticultores de la zona.

Por ello, las variedades utilizadas están adaptadas y toleran las condiciones edafoclimáticas existentes, lo que origina una serie de vinos específicos desde el punto de vista fisicoquímico y sensorial.

También a lo largo de los siglos los viticultores de esta región fueron buscando las mejores zonas para el cultivo, en terrenos bien orientados y con los suelos más adecuados, a los que han ido sometiendo a las correcciones necesarias para mejorar su fertilidad y sobre los que, en muchas ocasiones, tuvieron que construir muros para contener el terreno, frecuentemente en laderas, configurándose así un paisaje singular modelado por el hombre.

Además, en la calidad y características específicas del producto es de gran importancia el esmero con que trabajan los productores locales –que conocen sus viñas gracias a la sabiduría que da una larga experiencia en su cuidado– tanto en la conducción y en la poda de las cepas, para un adecuado control del potencial vitivinícola, como en la selección de la uva, que se vendimia manualmente en el momento en que, a su juicio, está en el óptimo de madurez.

Todo lo anterior unido a una elaboración basada en los métodos tradicionales pero a la que se ha añadido el uso de la moderna tecnología enológica, permite que los vinos de la DOP “Ribeiro” sean de los más conocidos por los consumidores españoles, y cada vez más en los mercados exteriores.

 

8. Disposiciones aplicables.

 

a)-Marco jurídico.

Legislación nacional.

Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios del MARM, por la que se publica la Orden de 30 de julio de 2009 por la que se aprueba el Reglamento de la denominación de origen “Ribeiro” y de su Consejo Regulador.

 

b) Requisitos aplicables.

En particular, esta disposición establece los siguientes requisitos adicionales:

b.1) Requisitos para la elaboración y el embotellado.

En las bodegas inscritas en los registros de la denominación de origen Ribeiro únicamente podrán introducirse uvas procedentes de viñas inscritas y mosto o vino procedente de otras bodegas inscritas.

Sin embargo se autoriza la recepción de uvas, elaboración y almacenaje de vinos no pertenecientes a la denominación de origen que procedan de viñedos inscritos, siempre que estas operaciones, así como la manipulación y almacenaje de los productos obtenidos, se realice de forma separada de las correspondientes a los productos que opten a ser amparados por la denominación de origen, con la debida identificación de los envases y según las normas que se establezcan.

El transporte y embotellado fuera de la zona de elaboración constituye un riesgo para la calidad del vino, ya que se puede ver expuesto a fenómenos de óxido-reducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida.

El embotellado en origen permite preservar las características y calidad del producto.

Este hecho, unido a la experiencia y conocimiento profundo de las características específicas de los vinos adquiridos durante años por las bodegas de la denominación de origen de la “Ribeiro”, hacen necesario el envasado en origen, para preservar así todas las características fisicoquímicas y organolépticas de estos vinos.

Los envases para la comercialización del vino amparado por la denominación de origen serán de vidrio, de las capacidades autorizadas por la normativa vigente y el Consejo Regulador, con la exclusión expresa de las botellas de un litro.

Excepcionalmente se podrán autorizar envases de otros materiales que no perjudiquen la calidad o prestigio de los vinos protegidos.

 

b.2) Requisitos para el etiquetado.

Antes de la puesta en circulación de etiquetas comerciales o cualquier otro elemento identificador de la botella, estas deberán de ser autorizadas por el Consejo Regulador, que comprobará los aspectos relativos a las normas de la denominación de origen.

En las etiquetas de los vinos embotellados figurará siempre la mención “Ribeiro”, así como el logotipo de la denominación de origen que figura en el anexo II de este pliego de condiciones.

En el etiquetado de los vinos de uva pasificada amparados por esta denominación de origen se incluirá además la mención «tostado».

Para la denominación de origen protegida “Ribeiro”, el término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1a) del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, reglamento único para las OCM, es «denominación de origen». Según se establece en el artículo 118 sexvicies.3.a) del citado reglamento, tal mención tradicional podrá sustituir en el etiquetado de los vinos a la expresión «denominación de origen protegida».

Las marcas comerciales que se empleen en la comercialización de vinos de la denominación de origen “Ribeiro” no se podrán emplear en la comercialización de otros vinos.

Cualquiera que sea el tipo de envase en el que se expidan los vinos para el consumo, irán provistos de precintas de garantía o contraetiquetas numeradas, expedidas por el Consejo Regulador, que deberán se colocadas en la propia bodega de acuerdo con las normas que se establezcan, de manera que no se permita una segunda utilización.

 

b.3) Requisitos para el control.

Los diferentes operadores deben inscribirse, según corresponda, en los siguientes registros:

Registro de viñas.

Registro de bodegas.

Registro de locales de pasificación.

Dichos operadores solamente podrán tener almacenadas sus uvas, mostos o vinos en terrenos o locales declarados en los registros, perdiendo, de lo contrario, el derecho al uso de la denominación de origen protegida.

Las viñas inscritas deberán de estar formadas por las variedades de uvas de vinificación autorizadas.

Además, son necesarias las siguientes declaraciones para el control:

Todas las personas físicas o jurídicas inscritas en el registro de viñas presentarán, una vez una vez finalizada la recolección y, en todo caso, antes del 30 de noviembre de cada año, declaración de la cosecha obtenida, indicando el destino de la uva y, en caso de venta, el nombre del comprador.

Si se producen distintos tipos de uva, deberán declarar la cantidad obtenida de cada una de ellas.

Todas las empresas inscritas en el registro de bodegas deberán declarar, antes del 30 de noviembre de cada año, la cantidad de mosto y vino obtenido, especificando los diversos tipos que elaboren. Será obligatorio consignar la procedencia de la uva y el destino de los productos que se expidan, indicándose destinatario y cantidad siempre según el procedimiento que se establezca.

Toda expedición de uva, mosto o vino que tenga lugar entre operadores inscritos, aunque proceda de la misma razón social, se llevará a cabo con la documentación exigida por la legislación aplicable, y se remitirá copia de la misma al Consejo Regulador. La misma obligación corresponderá en el caso de que el destino del transporte sea una bodega o instalación no inscrita.

El expedidor comunicará previamente al Consejo Regulador toda expedición.

 

9. Controles.

 

a).Órgano de control.

El Consejo Regulador de la denominación de origen protegida “Ribeiro” tiene identificado en su estructura un órgano de control y de certificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.1º letra b) de la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega; y en el artículo 65 del Decreto 4/2007, de 18 de enero, por el que se regulan las denominaciones geográficas de calidad del sector alimentario y sus consejos reguladores.

De acuerdo con dichas normas, el Consejo Regulador es una corporación de derecho público tutelada por la Consellería del Medio Rural y del Mar y sus inspectores están habilitados por ésta y tienen la condición de autoridad en el ejercicio de sus funciones de control.

Nombre:

órgano de control y certificación del Consejo Regulador de la denominación de origen Ribeiro.

Dirección: c/ Salgado Moscoso, nº 11, 32400 Ribadavia (Ourense).

Teléfono: 0034 988 47 72 00, Fax: 0034 988 47 72 01.

Correo electrónico: controldecalidade@ribeiro.es

 

b).Tareas.

b.1).Alcance de los controles.

Análisis químicos y organolépticos.

El órgano de control verifica que los elaboradores realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino para comprobar que cumplen los requisitos establecidos en el punto 2 de este pliego de condiciones.

Para la realización de los análisis organolépticos los operadores utilizan el panel de cata con el que cuenta el Consejo Regulador.

El Consejo Regulador entrega contraetiquetas con una codificación específica para cada botella de cada partida destinada a ser comercializada con la denominación de origen protegida Ribeiro que se ajuste a los parámetros establecidos.

Las partidas que no reúnan las características analíticas y organolépticas del punto 2 de este pliego de condiciones no obtendrán las contraetiquetas y no podrán ser comercializadas bajo el nombre de la denominación de origen protegida.

Operadores.

El órgano de control comprueba que los operadores tienen capacidad para cumplir los requisitos del pliego de condiciones.

En particular, comprueba que los productores y elaboradores disponen de un sistema de autocontrol y trazabilidad que permite acreditar las especificaciones en cuanto a procedencia de uva, variedades empleadas, rendimientos de producción, rendimientos de extracción de mosto y análisis de los parámetros químicos y organolépticos.

Productos.

El órgano de control, mediante toma de muestras, verifica que el vino comercializado bajo la denominación de origen cumple las especificaciones establecidas en el punto 2, utiliza adecuadamente la contraetiqueta asignada y se cumplen las demás condiciones que se recogen en este pliego de condiciones.

 

b.2) Metodología de los controles.

Controles sistemáticos.

El órgano de control realiza controles sistemáticos del sistema de autocontrol de los operadores que elaboran o comercializan vino bajo el amparo de la denominación de origen protegida con los objetivos siguientes:

Verificar que la uva, el mosto y el vino son originarios de la zona de producción.

Controlar el cumplimiento de las especificaciones en lo referente a variedades y rendimiento de producción de uva.

Comprobar que se realiza una gestión de la trazabilidad desde la producción de uva hasta el envasado.

Comprobar que se realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino que permitan acreditar el cumplimiento de las características definidas en el punto 2 de este pliego de condiciones.

Controles aleatorios.

El órgano de control hace controles aleatorios para comprobar la trazabilidad de las partidas y el cumplimiento de los parámetros analíticos.

 

 

 

VALDEORRAS

D.O.

Orden M. de 24 de febrero de 1977

Modificación Orden M. de 9 de mayo de 2000

Modificación Orden APA  de 7 de julio de 2005 n. 2498

(fonte BOE)

Orden de 30 de noviembre de 2009

Orden de 01 de febrero de 2012

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN “

Resolución de 24 de julio de 2012

 (fonte DOG)

 

1. Nombre que se de be proteger.

 

Denominación de Origen Protegida “Valdeorras”

Quedan protegidos por la Denominación de Origen Protegida “Valdeorras” los vinos que tengan las características definidas en este Pliego de Condiciones y que cumplan en la oriducción, la elaboración, la crianza, la designación y la comercialización todos los requisitos que se exigen en este pliego de condiciones y en el resto de la legislación vigente.

 

2. Descripción del vino.

 

Bajo la denominación de origen protegida “Valdeorras” se elaboran principalmente vinos blancos y tintos que se ajustan a la categoría 1 del anexo XI del Reglamento (CE) nº 1234/2007, reglamento único para las OCM.

Además, al amparo de esta denominación de origen también se pueden elaborar vinos espumosos de calidadValdeorras espumoso” y vinos de uvas pasificadasValdeorras tostado” correspondientes a las categorías 5 y 15 respectivamente de dicho anexo.

Dentro de los vinos blancos, aquellos que se elaboran exclusivamente con la variedad Godello se comercializan como “Valdeorras Godello” y,

en los vinos tintos, los que se elaboran al menos con un 85% de la variedad Mencía, se comercializan como “Valdeorras Mencía”.

Además, tanto para los vinos blancos como para los tintos, cuando se elaboran utilizando al menos un 85 % de las variedades que, de acuerdo con el punto 6 de este pliego de condiciones, tienen la consideración de «preferentes», se comercializan como “Valdeorras variedades nobles”/”castas nobles”.

Por otra parte, los distintos tipos de vinos tintos y el blanco “Valdeorras Godello” que se elaboren con uvas procedentes de parcelas con limitaciones de producción, de acuerdo con lo que se recoge en el punto 8 b.1) de este pliego de condiciones, se pueden comercializar con la mención «producción controlada».

Por último, los vinos blancos y tintos pueden ser sometidos a un proceso de envejecimiento en barricas de roble, y pueden ser comercializados con las menciones «barrica», «crianza», «reserva» o «gran reserva», según corresponda.

De acuerdo con lo anterior, las características analíticas y organolépticas de los diferentes tipos de vino son las siguientes:

2.1. Características analíticas de los vinos.

Vino blanco:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 10,50% vol. (**);

Grado alcohólico total natural: ≥ 10,50% vol. (**);

Acidez total: ≥ 5,00 g/l.;

Acidez volátil: ≤  0,80 g/l (*);

Dióxido de azufre total: ≤ 160 mg/l;

 

Vino tinto:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 10,50% vol. (**);

Grado alcohólico total natural: ≥ 10,50% vol. (**);

Acidez total: ≥ 4,50 g/l.;

Acidez volátil: ≤  0,80 g/l (*);

Dióxido de azufre total: ≤ 150 mg/l;

 

Mancia:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 11,50% vol. (**);

Grado alcohólico total natural: ≥ 11,50% vol. (**);

Acidez total: ≥ 4,50 g/l.;

Acidez volátil: ≤  0,80 g/l (*);

Dióxido de azufre total: ≤ 150 mg/l;

 

Godello:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 11,50% vol. (**);

Grado alcohólico total natural: ≥ 11,50% vol. (**);

Acidez total: ≥ 5,00 g/l.;

Acidez volátil: ≤  0,80 g/l (*);

Dióxido de azufre total: ≤ 160 mg/l;

 

Castas nobles blanco:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 11,50% vol. (**);

Grado alcohólico total natural: ≥ 11,50% vol. (**);

Acidez total: ≥ 5,00 g/l.;

Acidez volátil: ≤  0,80 g/l (*);

Dióxido de azufre total: ≤ 160 mg/l;

 

Castas nobles tinto:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 11,50% vol. (**);

Grado alcohólico total natural: ≥ 11,50% vol. (**);

Acidez total: ≥ 4,50 g/l.;

Acidez volátil: ≤  0,80 g/l (*);

Dióxido de azufre total: ≤ 150 mg/l;

 

Tostado:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 13,00% vol. (**);

Grado alcohólico total natural: ≥ 13,00% vol. (**);

Acidez volátil: ≤  2,40 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 160 mg/l;

 

Vino espumoso:

Grado alcohólico adquirido: ≥ 11,00% vol. (**);

Grado alcohólico total natural: ≥ 11,00% vol. (**);

Acidez volátil: ≤  1,08 g/l;

Dióxido de azufre total: ≤ 160 mg/l;

 

(*) En los vinos que hayan sido sometidos a un proceso de envejecimiento en madera de roble por un período superior a tres meses y con edad de hasta un año, la acidez volátil máxima será de 0,85 g/l,

y cuando su edad sea superior a un año con envejecimiento mínimo en madera de roble de 3 meses, no superarán 0,90 g/l hasta los 11,00% vol.,

y 0,06 g/l por cada grado de alcohol que exceda los 11,00% vol.

 

(**) Los vinos que lleven las indicaciones «producción controlada», «crianza», «reserva» o «gran reserva» tendrán una graduación alcohólica adquirida y total mínima de 12,50% vol.

Para los vinos blancos y tintos, el contenido de azucares residuales totales será el que corresponda al término «seco», con un contenido en azúcar de 4,00 gramos por litro como máximo o de 9,00 gramos por litro como máximo cuando el contenido de acidez total expresada en gramos de ácido tartárico por litro no sea inferior en más de 2,00 gramos por litro al contenido en azúcar residual.

Para los vinos espumosos de calidad, el contenido en dióxido de carbono procede exclusivamente de la fermentación. Conservado a una temperatura de 20 ºC en envases cerrados alcanza una sobrepresión debido al dióxido de carbono disuelto igual o superior a 3,50 bares.

Por otra parte, los espumosos de “Valdeorras” serán del tipo

brut nature,

extra brut,

brut,

extra seco

seco,

según lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 607/2009, en relación a su contenido en azucares.

 

2.2. Características organolépticas.

Las características organolépticas de los vinos de Valdeorras se describen a continuación según el tipo de vino:

Vino blanco:

Fase visual: colores amarillos pálidos con tonalidades de verdosas a ambarinas.

Fase olfativa: aromas primarios limpios y frescos, afrutado de intensidad media.

Fase gustativa: se muestra suave, ligero y afrutado, equilibrado en su estructura.

Vino tinto:

Fase visual: color rojo picota morado, limpio, brillante de buena capa, con reflejos del violeta al rubí.

Fase olfativa: intensos aromas a frutos rojos maduros, propios de las variedades de las que proceden.

Fase gustativa: carnoso, seco, equilibrada expresión tánica, acidez media-alta y agradable postgusto.

Vino de crianza:

Fase visual (blancos o tintos): colores amarillos o rojos rubí (dependiendo de su tipo), con matices que denotan todavía cierta juventud y con ligeros tonos verdosos o violáceos.

Fase olfativa: aroma limpio, franco, intenso, a fruta madura y aromas propios de su paso por barrica.

Fase gustativa: sabor intenso, agradable paso de boca con recuerdo a fruta madura, buena expresión tánica y postgusto de media duración.

Vino de reserva:

Fase visual (blancos o tintos): colores amarillos y rojos menos vivos (dependiendo de su tipo), con matices que denotan más su madurez y tonos ocres o dorados que marcan su paso por la barrica.

Fase olfativa: olor intenso a frutas maduras, especias y propios de la evolución en botella.

Fase gustativa: equilibrado en paso de boca, redondo, aterciopelado, con sabores a vainilla y de postgusto largo.

Vino de gran reserva:

Fase visual (blancos o tintos): colores amarillos, rosáceos o rojos rubí con tonalidades mate y atejadas, capa media-alta, dependiendo si son blancos o tintos.

Fase olfativa: intensos, complejos, especiados, de muy marcada evolución en botella.

Fase gustativa: carnoso, aterciopelado, redondo y armonioso, postgusto largo.

Vino tostado:

Fase visual (blancos o tintos): colores amarillos y rojos intensos, con matices dorados y violetas.

Fase olfativa: aromas limpios, francos, intensos, con recuerdos de la variedad de la que proceden, muy florales y fondo meloso.

Fase gustativa: sabor intenso, agradable paso de boca con dulzor y amplia persistencia.

Vino espumoso:

Fase visual: colores amarillos con tonos pálidos o dorados y brillantes. Carbónico ligero con adecuada burbuja fina y persistente.

Fase olfativa: aromas intensos, limpios y con suaves tonos de su paso por botella.

Fase gustativa: fresco, con ligera acidez y agradable carbónico, equilibrado.

 

3. Prácticas enológicas específicas.

 

En la elaboración de estos vinos se utilizarán uvas de las variedades que se recogen en el punto 6.

En el caso de los vinos blancos Valdeorras «Godello» se empleará exclusivamente esta variedad, en los tintos “Valdeorras Mencíase empleará al menos un 85% de dicha variedad y en los blancos y tintos Valdeorras «variedades nobles»/«castas nobles» se empleará como mínimo un 85% de las variedades consideradas preferentes conforme a lo indicado en el punto 6 de este pliego de condiciones.

Los espumosos se elaborarán al menos con un 85% de uva de la variedad blanca Godello, y el Valdeorras «tostado» se elaborará con uvas tintas de las variedades recogidas en el punto 6 o con la variedad blanca Godello.

Se aplicarán las presiones adecuadas para la extracción del mosto o del vino y su separación de los orujos, de forma que el rendimiento no sea superior a 72 litros de vino por cada 100 kilogramos de uva.

No se podrán utilizar técnicas de precalentamiento de la uva o calentamiento de los mostos o de los vinos en presencia de los orujos, tendentes a forzar la extracción de la materia colorante.

En la elaboración del Valdeorras «tostado» las uvas se someterán

a un secado por pasificación natural bajo cubierta con un mínimo de 90 días,

con un rendimiento máximo de 40 litros por cada 100 kilos de uvas pasas.

El Valdeorras «tostado» es un vino naturalmente dulce, sin aumento artificial de su graduación y con el alcohol procedente en su totalidad de la fermentación.

El inicio del cómputo del período de envejecimiento de los vinos en barrica no podrá contabilizarse, en ningún caso, antes del día 1 del mes de diciembre del año de la cosecha.

 

4. Delimitación de la zona geográfica.

 

La zona de producción de los vinos protegidos por la denominación de origen “Valdeorras” está constituida por los terrenos que el órgano de control y certificación del Consejo Regulador considere aptos para la producción de uva de las variedades que se indican en el punto 6 de este pliego de condiciones, con la calidad necesaria para obtener vinos de las características específicas de los amparados por la denominación, y siempre que se encuentren situados en los ayuntamientos de

O Barco de Valdeorras, A Rúa, Vilamartín de Valdeorras, O Bolo, Carballeda de Valdeorras, Larouco, Petín, y Rubiá,

todos ellos en la provincia de Ourense

en la Comunidad Autónoma de Galicia.

En el anexo I de este pliego de condiciones se recoge de forma gráfica el territorio de la denominación de origen protegida Valdeorras y su situación en Europa.

 

5. Rendimiento máximo.

 

La producción máxima será de

12.000 kg de uva por hectárea.

Para las variedades consideradas preferentes, este rendimiento se reduce a

10.000 kg por hectárea.

Teniendo en cuenta el rendimiento máximo admitido en la extracción de mosto de 72 litros por cada 100 kg de vendimia, de acuerdo con lo que se recoge en el punto 3 de este pliego de condiciones, tenemos que el rendimiento máximo de producción de vino es de

86,40 hl/ha.

72,00 hl/ha Para las variedades consideradas preferentes,

 

6. Variedad o variedades de uva de las que procede el vino.

 

La elaboración de los vinos protegidos por la DOP “Valdeorras” se realizará exclusivamente con uvas de las variedades siguientes:

 

a).Blancas:

Godello, Loureira, Treixadura, Doña Branca, Albariño, Torrontés, Lado y Palomino.

b).Tintas:

Mencía, Tempranillo, Brancellao, Merenzao, Sousón, Caíño Tinto, Espadeiro, Ferrón, Gran Negro, Garnacha Tintorera y Mouratón.

Tienen la consideración de preferentes, entra las variedades blancas,

Godello, Loureira, Treixadura, Doña Branca, Albariño, Torrontés y Lado;

y entre las tintas,

Mencía, Tempranillo, Brancellao, Merenzao, Sousón, Caíño Tinto, Espadeiro y Ferrón.

 

7. Vínculo con la zona geográfica.

 

7.1. Datos del área geográfica.

a) Factores naturales.

Valdeorras es una comarca situada en la parte sur-occidental de la provincia de Ourense, en la puerta natural de entrada a Galicia, que integra a los municipios de O Bolo, Larouco, Petín, A Rúa, Vilamartín de Valdeorras, Rubiá, O Barco de Valdeorras, Carballeda y A Veiga. Todos ellos, con excepción del último, conforman el territorio de la DOP Valdeorras.

Está moldeada por un profundo valle fértil y luminoso por el que discurre el río Sil, donde domina un paisaje de granito y pizarra. Se trata de tierras rojas y negras en las que crecen el castaño, la vid y el olivo.

Orografía.

Desde el punto de vista orográfico, el río Sil atraviesa la comarca de este a oeste y origina un valle con marcado carácter asimétrico: laderas con mucha pendiente en el margen izquierdo, y más suaves, y genera un paisaje ondulado, en el derecho.

Otros ríos, como el Xares, Bibei, Cigüeño, Galir, Farelos, Seco y el Casoio proporcionan laderas donde se cultiva el viñedo, en frecuentes ocasiones en forma de bancales.

Los suelos en pendientes y laderas de exposición sur siempre fueron considerados con vocación vitícola, al proporcionar menos fertilidad y un buen drenaje, garantía de un rendimiento más moderado y una adecuada maduración de las uvas.

Suelos.

Los suelos del territorio delimitado son de cinco tipos: pizarrosos, calizos, graníticos, arcillo-ferrosos y aluviales.

Suelos pizarrosos:

el sustrato geológico del suelo de la comarca está representado por piedras y pizarras ordovícicas y silúricas con frecuentes bandas de arenisca.

Estos tipos de suelos son poco profundos (30-50 cm), con abundantes piedras, sobre todo en superficie, y con texturas en general limosas.

Los viñedos enclavados en este tipo de suelos proporcionan vinos con componentes aromáticos muy sutiles con marcado carácter mineral. Son suelos calientes que potencian el grado alcohólico y la complejidad de las uvas.

Afloramientos calizos:

los afloramientos de formaciones carbonatadas aparecen en la mitad norte de la comarca, en los municipios de O Barco y Rubiá.

Los suelos arcillo-calcáreos se esponjan en el invierno para recibir el agua y se cierran en verano para retenerla. Permiten obtener vinos de excelente calidad, con potencial para el envejecimiento, y manifiestan intensamente los caracteres propios de la variedad cultivada.

Suelos graníticos:

en los ayuntamientos de A Rúa, Petín y Larouco destacan unos suelos sueltos, con textura franco-arenosa, que permiten maduraciones suaves pues irradian calor durante el día y se enfrían por la noche; esta diferencia de temperatura entre el día y la noche permite incrementar los valores de azúcar y evitar importantes pérdidas de acidez por las noches.

Estas características permiten obtener unos vinos más florales, con gran carácter varietal y alcanzan más rápidamente una fase óptima para la recolección.

Suelos arcillo-ferrosos:

permiten una gran retención de agua, lo que da lugar a la formación de charcos y suelos fríos. Los vinos de más calidad, en este tipo de suelos, proceden de arcillas mezcladas con sílice o limo.

Cuando los suelos tienen un alto nivel de arcilla suelen ser ricos en nutrientes, y permiten obtener producciones buenas y equilibradas.

Suelos aluviales:

en algunas ocasiones aparecen como terrazas colgadas de 4 a 10 metros sobre el río Sil, que están formadas por gravas redondas, arena, arcillas y limos pardos y grises. Dan lugar a suelos con buen drenaje, calientes y que proporcionan vinos de menor acidez al mantener la temperatura alta por las noches.

En otras ocasiones los suelos aluviales se presentan como llanuras donde se conjuga el arrastre milenario de sedimentos, limos y arcillas, transportados desde las pendientes por las aguas de escorrentía.

En este caso, mayoritariamente son de textura franca, con tendencia limosa y muy ricos en arcilla en profundidad. Son suelos ricos en nutrientes que provocan producciones importantes, disminuyendo la calidad del vino y manifestando en menor porcentaje que otros suelos los caracteres propios de la variedad cultivada.

Climatología.

El clima de la comarca es mediterráneo-oceánico (con influencia atlántica), con inviernos fríos, veranos cálidos y otoños y primaveras suaves, con temperaturas mínimas de 8 ºC y máximas de 33 ºC. La temperatura media es de 11 ºC y el índice de lluvias oscila entre los 850 y los 1.000 mm anuales. La integral térmica eficaz (Winkler- Amerine) en la comarca oscila entre 1.300 y 1.500.

Se trata en definitiva de un clima ideal para vinos secos de primera calidad, con un óptimo por encima de los 450 m de altitud. Valdeorras es una comarca privilegiada al situarse toda ella entre los 300 m y los 700 m de altitud, por lo que se encuadra el conjunto del territorio delimitado en la zona I de Winkler.

 

b) Factores humanos.

La historia de Valdeorras está muy ligada a la presencia de los romanos, que debido al paso de la Vía XVIII o Vía Nova, que comunicaba Braga con Astorga, y a la presencia de oro en la zona, dejaron una fuerte influencia así como numerosas pruebas de su paso.

Esta presencia, aparte de manifestarse a través de un gran legado arquitectónico, también se refleja en la introducción de la vid, hecho que está avalado por diversas pruebas como las encontradas en la lápida situada en una casa particular frente a la iglesia de San Esteban en A Rúa Vella, en la que hay escrito, refiriéndose a Lucio Pompeyo Reburro: «el viejo pretoriano convertido en labrador, cultiva su trigo, cría su ganado, planta las primeras cepas en las riberas del Sil -Valdeorras- y oye zumbar alrededor de su cabeza a las abejas y sus colmenas.

El viejo pretoriano es en Calubriga un hombre importante».

Después del periodo romano no se vuelven a tener noticias ni pruebas del cultivo de la vid en la zona hasta el siglo X, siglo en el que aparece una nota escrita donde se constata la existencia de viñas en Valdeorras.

A partir de este siglo existe constancia mediante diferentes referencias bibliográficas del cultivo de la vid en este territorio.

En el siglo XIX, coincidiendo con la aparición de la filoxera, la vitivinicultura de la comarca sufrió un gran deterioro, y se perdió la mayor parte del viñedo. Debido a esto se empezaron a usar vides americanas como patrón.

Estos injertos de vides americanas daban vinos que nada tenían que ver con los vinos de Valdeorras, eran vides muy productivas pero el vino había perdido el carácter afrutado y su personalidad.

Este problema persistió hasta que en el año 1974 surge la idea de hacer una reestructuración del viñedo en Valdeorras bajo el programa REVIVAL (iniciativa puesta en marcha desde la Agencia de Extensión Agraria de O Barco y en colaboración con el Consejo Regulador de la denominación de origen Valdeorras).

Esta idea se empieza a llevar a cabo en 1976 siendo el objetivo la recuperación, potenciación y mejor aprovechamiento de las variedades propias de la zona para producir vinos de calidad, competitivos y rentables.

Por otra parte, y como manifestación de la importante reputación de estos vinos en España, hay que señalar que el Ministerio de Agricultura los declaró protegidos como denominación de origen en 1957.

De esta manera la DO Valdeorras se convirtió en una de las denominaciones de origen más antiguas de España.

El cultivo de la vid y la elaboración de vinos han constituido uno de los elementos vertebradores de la comarca a lo largo de la historia. Las favorables condiciones climáticas y del suelo provocaron el desarrollo de una viticultura diferente y reconocida mundialmente, por la recuperación de la variedades autóctonas.

Después de años de esfuerzo investigador, de recuperación de las variedades autóctonas, de progresiva implantación de las nuevas técnicas en el cuidado de los viñedos que conviven con las prácticas tradicionales y de modernización del proceso de producción, se ha conseguido posicionar estos vinos en el mercado nacional y, cada vez más, en los mercados exteriores.

En Valdeorras, hombres y mujeres consiguieron unir esfuerzos, tradición secular y modernidad para mantener el origen y garantizar la calidad de unos vinos que son la máxima expresión del sentir de una tierra.

Precisamente con esta unión de tradición, esfuerzo y tecnología el sector llevó a cabo de forma continuada una cuidadosa recuperación de cepas autóctonas, garantizando el origen y la máxima calidad de unos vinos únicos, genuinos, fruto de las circunstancias históricas, combinadas con los factores medioambientales.

Con el paso de los años los viticultores de Valdeorras han ido aprovechando las condiciones naturales de su suelo y su clima, optimizando sus efectos para la elaboración de sus vinos.

 

7.2. Datos del producto.

Las características de los vinos que se elaboran en la DOP “Valdeorras” están muy relacionadas con las de las variedades utilizadas.

En los blancos destaca la variedad godello, propia de la zona, que da lugar a vinos de colores amarillo-pálidos con matices verdosos con aromas francos e intensos que pueden recordar a alguna variedad de manzana.

En boca se muestran perfectamente estructurados y untosos, con una acidez natural que los hace frescos y elegantes, y resultan vinos plenos, con postgusto largo y satisfactorio.

En la elaboración de tintos se emplean varias variedades, mayoritariamente autóctonas, entre las que destaca la variedad mencía, muy extendida en Galicia y en áreas limítrofes de la vecina Comunidad Autónoma de Castilla y León. Son vinos color rojo picota, morado, limpio, brillante, de buena capa, con reflejos del violeta al rubí, con intensos aromas a frutos rojos maduros, con acidez media a alta y equilibrada expresión tánica.

Las bodegas de la DOP “Valdeorras” logran óptimos resultados con crianzas moderadas en envases de roble de calidad y con la participación de variedades como la mencía, que aportan a los vinos estabilidad de color, acidez y capacidad de envejecimiento, además de armonizar aromáticamente a la perfección.

 

7.3. Interacción causal entre la zona geográfica y el producto.

Las características de los diferentes suelos de la zona geográfica, sumadas a las condiciones climáticas, con bajas precipitaciones y temperaturas extremas, conforman un ecosistema selectivo al que se han ido adaptando las variedades de Vitis vinífera presentes, en general variedades autóctonas seleccionadas a lo largo de los siglos por los viticultores locales.

Estas variedades toleran las condiciones edafoclimáticas existentes, y dan lugar a una serie de vinos específicos desde el punto de vista fisicoquímico y sensorial.

Como se apuntó, el factor humano tiene una gran relevancia en la selección varietal. Pero también es de gran importancia en las características de estos vinos su actuación a lo largo de la ya larga historia de la viticultura de la comarca en lo concerniente a la selección de los terrenos con las mejores condiciones de suelo y orientación, terrenos en los que en muchas ocasiones han tenido que construir muros para cultivar la vid en escalones (muras o socalcos) para evitar la pérdida de suelo y facilitar las prácticas de cultivo, que dan lugar en muchos puntos de la comarca a hermosos paisajes vitícolas.

También es de destacar el cuidado y maestría con los que los viticultores realizan dichas prácticas de cultivo, en particular la poda y conducción de las plantas para un adecuado control del potencial vitivinícola.

Si a ello sumamos una elaboración que, respetando la tradición, emplea los recursos que la moderna tecnología enológica pone a disposición de los elaboradores y unos rigurosos controles de calidad, el resultado son unos vinos con una gran personalidad y calidad, cada vez más reconocidos por los consumidores.

 

8. Requisitos aplicables.

 

a) Marco jurídico.

Orden de 24 de noviembre de 2009 de la Consellería del Medio Rural de la Xunta de Galicia, por la que se aprueba el Reglamento de la denominación de origen Valdeorras y de su Consejo Regulador.

 

b) Requisitos adicionales.

En particular, esta disposición establece los siguientes requisitos adicionales:

 

b.1) Prácticas culturales.

Los rendimientos productivos por hectárea son los que se recogen en el apartado 5 de este pliego de condiciones. No obstante, los viticultores que así lo deseen podrán solicitar la calificación de uno o varios viñedos que cultiven con variedades tintas o con la variedad blanca godello como «viñedos de producción controlada», con la condición de que la superficie mínima del viñedo será de 0,50 ha, que podrán estar en una parcela o en varias, si se trata de un coto redondo de 1,5 km.

En los viñedos de “producción controlada”, la producción máxima admitida será de

6.000 kg por hectárea para las variedades tintas

8.000 kg por hectárea para la variedad Godello.

Los límites de rendimiento por hectárea podrán ser modificados en determinadas campañas por el Consejo Regulador, por iniciativa propia o a petición de los viticultores, después de los asesoramientos y comprobaciones que se precisen y el informe favorable del órgano de control y certificación. Esta modificación se podrá realizar también exclusivamente para alguna variedad concreta.

Estas modificaciones, en el caso de producirse, no podrán implicar un aumento superior al 25% de los límites establecidos.

En el caso de viñedos de plantación reciente, la producción máxima admitida para la elaboración de vinos tendrá los siguientes límites:

0 kilos por hectárea durante los dos años siguientes a la plantación.

33 % de la producción total máxima, el tercer año después de la plantación.

70 % de la producción total máxima, el cuarto año después de la plantación.

100 % de la producción total máxima, a partir del quinto año después de la plantación.

En todo caso, en la aplicación de los límites de producción por hectárea se establece, con carácter general, una tolerancia del 5%.

 

b.2) Elaboración y embotellado.

En las bodegas inscritas en los registros del Consejo Regulador solo se podrán elaborar, almacenar o manipular uvas, mostos o vinos procedentes de superficies vitícolas inscritas en la denominación de origen.

El embotellado se realizará en el área delimitada, en las bodegas inscritas en la denominación de origen.

El transporte y embotellado fuera de la zona de elaboración constituye un riesgo para la calidad del vino, por la exposición a fenómenos de óxido-reducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida.

El embotellado en origen permite preservar las características y calidad del producto. Este hecho, unido a la experiencia y conocimiento profundo de las características específicas de los vinos, adquiridos durante años por las bodegas de la denominación de origen “Valdeorras”, hacen necesario el envasado en origen, y preservar así todas las características fisicoquímicas y organolépticas de estos vinos.

Los envases serán de vidrio, de las capacidades autorizadas por la legislación vigente.

 

b.3) Requisitos del etiquetado.

Las etiquetas comerciales propias de cada firma comercial inscrita deben ser aprobadas previamente por el Consejo Regulador.

En dichas etiquetas comerciales figurará obligatoriamente la mención: «denominación de origen protegida» y el nombre de la denominación, «Valdeorras».

Para la denominación de origen protegida “Valdeorras” el término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1a) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, reglamento único para las OCM, es «denominación de origen».

Según se establece en el artículo 118 sexvicies.3.a) del citado reglamento, tal mención tradicional podrá sustituir en el etiquetado de los vinos a la expresión «denominación de origen protegida».

Las marcas comerciales que se utilicen en productos amparados por la denominación de origen protegida “Valdeorras” no podrán ser utilizadas en otros vinos que no estén acogidos a su protección.

En el etiquetado de los vinos embotellados por encargo deberá aparecer siempre el nombre o razón social del embotellador.

El uso en el etiquetado de las menciones «godello», «mencía» y «variedades nobles»/«castas nobles» queda condicionado al cumplimiento de los requisitos de utilización de variedades en la elaboración que se recogen en el punto 3 de este pliego de condiciones.

El uso en el etiquetado de la mención «producción controlada» queda reservado a los vinos tintos y a los blancos elaborados con la variedad Godello, en los que las uvas procedan íntegramente de viñedos calificados como «viñedos de producción controlada», de acuerdo con lo establecido en el punto 8 b.1) de este pliego de condiciones.

En el etiquetado de los vinos elaborados con uva pasificada amparados por esta denominación de origen se incluirá además la mención «tostado».

En el etiquetado de los vinos de la denominación de origen protegida “Valdeorras” se podrán utilizar los términos tradicionales «crianza», «reserva» y «gran reserva» cuando éstos hayan sido sometidos a un proceso de envejecimiento de acuerdo con los requisitos recogidos en la base de datos electrónica E-Bacchus de la Unión Europea.

En el etiquetado de los vinos de esta denominación de origen podrá utilizarse el término «barrica», si se ajustan a lo establecido en el anexo III del Real decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.

El producto destinado al consumo irá provisto de marchamos de garantía, numerados y expedidos por el Consejo Regulador, que serán colocados en la bodega inscrita de modo que no sea posible una nueva utilización de los mismos. Dicho marchamo incluirá el logotipo de la denominación que figura en el anexo II de este pliego de condiciones.

 

b.4) Requisitos para el control.

Los diferentes operadores deben inscribirse en los siguientes registros de control:

Registro de viñas:

donde sólo se inscribirán las viñas situadas en la zona de producción de las que la uva pueda ser destinada a la elaboración de los vinos protegidos.

Registro de las bodegas de elaboración:

donde se pueden inscribir todas las bodegas que, situadas en la zona de elaboración, vinifiquen uvas procedentes de viñas inscritas en las que los vinos elaborados puedan optar al uso de la denominación de origen.

Registro de bodegas de almacenaje:

donde se inscribirán todas aquellas bodegas que, estando situadas en la zona de elaboración, se dediquen exclusivamente al almacenaje y/o envejecimiento de vinos amparados por la denominación de origen “Valdeorras”.

Registro de bodegas embotelladoras:

donde se inscribirán todas aquellas bodegas que, situadas en la zona de elaboración, se dediquen exclusivamente al embotellado y comercialización del vino debidamente etiquetado y amparado por la denominación de origen “Valdeorras”.

Además, los titulares de bodegas de elaboración deberán declarar, antes de 30 de noviembre de cada año, la cantidad de mosto y vino obtenido, especificar los diversos tipos que elaboren y consignar la procedencia de la uva y en el caso de venta durante la campaña de la vendimia, el destino de los productos que se expidan, indicando el destinatario y cantidad.

 

9. Comprobación del cumplimiento del pliego.

 

a) Órgano de control.

La verificación del cumplimiento de este pliego de condiciones corresponde al Consejo Regulador de la denominación de origen “Valdeorras”.

El Consejo Regulador de la denominación de origen Valdeorras tiene identificado en su estructura un órgano de control y certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.1º letra b) de la Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega; y en el artículo 65 del Decreto 4/2007, de 18 de enero, por el que se regulan las denominaciones geográficas de calidad del sector alimentario y sus consejos reguladores.

De acuerdo con dichas normas, el Consejo Regulador es una corporación de derecho público tutelada por la Consellería de Medio Rural y del Mar de la Xunta de Galicia y sus inspectores están habilitados por esta y tienen la condición de autoridad en el ejercicio de sus funciones de control. Los datos del Consejo Regulador son los siguientes:

Nombre:

Consejo Regulador de la denominación de origen Valdeorras.

Dirección: Carretera nacional 120 p.k. 463. 32340 Vilamartín de Valdeorras (Ourense).

Tel. 0034 988 300 295, Fax 0034 988 300 455

Correo electrónico: consello@dovaldeorras.com

Web: www.dovaldeorras.tv

 

b) Tareas.

b.1) Alcance de los controles.

Análisis químicos y organolépticos.

El órgano de control verifica que los elaboradores realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino para comprobar que cumplen los requisitos establecidos en el punto 2 de este pliego de condiciones.

Para la realización de los análisis organolépticos los operadores utilizan el panel de cata con que cuenta el Consejo Regulador.

El Consejo Regulador entrega contraetiquetas con una codificación específica para cada botella de cada partida destinada a ser comercializada con la denominación de origen protegida Valdeorras que se ajuste a los parámetros establecidos.

Las partidas que no reúnan las características analíticas y organolépticas del punto 2 de este pliego de condiciones no obtendrán las contraetiquetas y no podrán ser comercializadas bajo el nombre de la denominación de origen protegida.

Operadores.

El órgano de control comprueba que los operadores tienen capacidad para cumplir los requisitos del pliego de condiciones.

En particular, comprueba que los productores y elaboradores disponen de un sistema de autocontrol y trazabilidad que permite acreditar las especificaciones en cuanto a procedencia de uva, variedades empleadas, rendimientos de producción, rendimientos de extracción de mosto y análisis de los parámetros químicos y organolépticos.

Productos.

El órgano de control, mediante la toma de muestras, verifica que el vino comercializado bajo la denominación de origen cumple las especificaciones establecidas en el punto 2, utiliza adecuadamente la contraetiqueta asignada y se cumplen las demás condiciones que se recogen en este pliego de condiciones.

 

b.2) Metodología del control.

Controles sistemáticos.

El órgano de control realiza controles sistemáticos del sistema de autocontrol de los operadores que elaboran o comercializan vino bajo el amparo de la denominación de origen protegida con los objetivos siguientes:

Verificar que la uva, el mosto y el vino son originarios de la zona de producción.

Controlar el cumplimiento de las especificaciones en lo referente a variedades y rendimiento de producción de uva.

Comprobar que se realiza una gestión de la trazabilidad desde la producción de uva hasta el envasado.

Comprobar que se realizan análisis químicos y organolépticos de todas las partidas de vino que permitan acreditar el cumplimiento de las características definidas en el punto 2 de este pliego de condiciones.

Controles aleatorios.

 

El órgano de control hace controles aleatorios para comprobar la trazabilidad de las partidas y el cumplimiento de los parámetros analíticos.

 

BARBANZA E IRIA

Vino de la Tierra

Orden APA de 25 de abril de 2007 n. 1406

Modificación Orden de 1 de febrero de 2012

(fonte BOE)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA MENCIÓN VINO DE LA TIERRA “BARBANZA E IRIA”

 (fonte XUNTA DE GALICIA)

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 73 del Reglamento nº (CE) 607/2009, modificado por el Reglamento (CE) nº 670/2011, y el artículo 118 vicies del Reglamento (CE) 1234/2007, sobre los expedientes técnicos a presentar para las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas existentes de vino.

 

1. Nombre que se debe proteger

 

Indicación Geográfica Protegida IGP: “Barbanza e Iria”.

El término tradicionalmente utilizado junto al nombre geográfico es Vino de la Tierra”, de acuerdo a lo establecido en el articulo 118 duovicies apartado 1, letra a), del reglamento CE n. 1237/2007.

 

2.- Descripción del vino

 

Son vinos blancos y tintos que se ajustan a la categoría 1 del anexo XI ter del Reglamento (CE) 1234/2007. En el momento de su puesta al consumo el vino tendrá las siguientes características:

 

2.a) Características analíticas

Graduación alcohólica adquirida mínima:

Vinos monovarietales: 11,00% vol.

Resto de los vinos: 10,00% vol.

Graduación alcohólica total mínima:

Vinos monovarietales: 11,00% Vol.

Resto de los vinos: 10,00% Vol.

Contenido máximo en azúcares totales: Se cumplirán los requisitos que se recogen en anexo XIV parte B del reglamento (CE) nº 607/2009 de la Comisión, de 14 de julio, para que los vinos tengan la consideración de “secos”.

Acidez total mínima: 5,00 g/l de ácido tartárico.

Acidez volátil máxima: 0,80 gr/l de ácido acético.

Contenido máximo de dióxido de azufre total:

125 mg/l para los monovarietales.

150 mg/l para el resto de los vinos.

 

2.b) Principales características organolépticas

Los vinos obtenidos serán vinos ligeros, limpios, brillantes y bien cubiertos de color en fase visual; con aromas francos en los que se aprecien las características propias de la materia prima de la que proceden, con graduaciones alcohólicas moderadas, con aromas florales y de frutas; en boca serán suaves, frescos, sabrosos y equilibrados y, finalmente con pequeños toques de acidez.

 

3. Prácticas enológicas específicas

 

Las prácticas de elaboración se llevarán a cabo de forma controlada, con el objetivo de que el vino resultante mantenga los atributos fisicoquímicos y organolépticos de la indicación geográfica protegida “Barbanza e Iria”.

El rendimiento en la extracción del mosto y su separación de los orujos

no será superior a 67 litros de mosto por cada 100 kg de uva.

 

4. Demarcación de la zona geográfica

 

Los vinos designados con la indicación geográfica protegida «Barbanza e Iria» deberán proceder exclusivamente de viñedos de la zona de producción y elaboración, constituida por los terrenos aptos para la producción de uva de

los términos municipales de

Boiro, Catoira, Dodro, A Pobra do Caramiñal, Pontecesures, Rianxo, Ribeira y Valga,

así como las parroquias de Camboño, Fruíme y Tállara del término municipal de Lousame;

las parroquias de Iria Flavia y Padrón, del término municipal de Padrón;

y las parroquias de Baroña, Caamaño, Queiruga, Ribasieira, San Pedro de Muro y Xuño, del término municipal de Porto do Son.

La mayor parte de esta zona geográfica se encuentra en la provincia de A Coruña con la excepción de los términos municipales de Catoira, Valga y Pontecesures, que pertenecen a la provincia de Pontevedra.

En el anexo I de este pliego de condiciones se recoge gráficamente el territorio de esta indicación geográfica y su ubicación en Europa.

 

5. Rendimiento máximo

 

Las producciones máximas de uva admitida por hectárea serán de

10.000 kg/ha para las variedades blancas

8.000 kg/ha para las variedades tintas.

Dado que en la elaboración de estos vinos no se permiten rendimientos superiores a 67 litros de mosto por cada 100 kg de uva,

las producciones máximas de vino admitidas por hectárea serán

67,00  hl/ha para los vinos obtenidos a partir de uvas blancas

53,60 hl/ha  para los vinos obtenidos a partir de uvas tintas.

 

6. Variedades de uva de vinificación (1)

 

Los vinos se elaborarán exclusivamente con uvas de las siguientes variedades:

 

Variedades blancas:

Albariño, Caíño Blanco, Godello, Loureira (Loureiro Blanco

o Marqués), Treixadura, Albarín Blanco (Branco lexítimo), Chenín Blanco

(Agudelo) y Torrontés.

Variedades tintas:

Brancellao, Caíño Tinto, Espadeiro, Loureiro Tinto, Mencía y Sousón.

 

(1).Como modificación de menor importancia de acuerdo con el artículo 73.1.d) del R(CE) nº 607/2009, de la Comisión, de 14 de julio de 2009, se ha solicitado incluir las variedades Branco Lexítimo y Agudelo.

Se trata de variedades tradicionales de la zona que acaban de ser reconocidas como variedades comerciales mediante la Orden ARM/624/2011 de 18 de marzo (BOE24/03/2011) por la que se dispuso su inclusión en el Registro de Variedades Comerciales .

 

7. Vínculo con la zona geográfica

 

a) Factores naturales y humanos

Dentro de la enorme heterogeneidad climática que presenta Galicia como consecuencia de la directa influencia marina y el relieve del territorio, la comarca del Barbanza presenta un clima claramente determinado que podemos clasificar como oceánico – húmedo, con temperaturas medias anuales de 15 ºC y precipitaciones desde los 1.800 a 2.200 mm.

Dentro de esta comarca, casi la totalidad de la superficie dedicada al cultivo del viñedo se halla por debajo de los 150 m s.n.m., ubicada en zona costera (zona baja del litoral marítimo norte de la Ría de Arousa así como en el cauce inferior y desembocadura del rio Ulla hacia la mencionada ría), en terrenos de valle fluvial y zonas de penillanura, con suaves pendientes, con clara orientación sur, protegida por la sierra del Barbanza que ejerce un importante efecto barrera sobre la penetración de los vientos oceánicos, lo que representa las condiciones idóneas para un área de gran productividad agrícola.

La comarca agrícola en la que se producen los vinos de Barbanza e Iria disfruta de unas 1.400 horas de sol al año y de temperaturas suaves con amplitud térmica reducida, entre 8 y 15 ºC, con temperaturas elevadas en el período

invernal (por encima de los 10 ºC de temperatura media en el mes de enero), con práctica ausencia de heladas y con unas precipitaciones que se sitúan entre los 1.200 y 1.400 mm, a lo que debe unirse una peculiar orientación de la

sierra del Barbanza que produce una debilitación estival de las precipitaciones, que al combinarse con temperaturas relativamente altas en la misma época induce a valores elevados de evapotranspiración (superior a 800 mm) y

consecuentemente, una acusada influencia mediterránea en este período, con temperaturas medias entre 15 y 24 ºC, lo que claramente beneficia el cultivo del viñedo.

La mayoría de los suelos son moderadamente ácidos, permeables, con baja capacidad de retención de agua y ricos en materia orgánica en su estrato superficial por el abundante depósito de sedimentos y materiales recientes en las laderas y pequeños valles de esta comarca. Son, en su mayoría, suelos antiguos, profundos y de color oscuro por su contenido en materia orgánica, lo que los hace cálidos para el cultivo.

El sustrato litológico está constituído en su mayor parte por afloramientos graníticos del período Herciniano y rocas sedimentarias escasamente metamorfizadas.

La proporción de elementos gruesos es moderada, lo que aporta alta permeabilidad y facilidad de laboreo, presentando una textura ligera, siendo la más habitual franca o franco-arenosa, con buen drenaje y adecuada aireación.

Estos suelos son además sueltos y moderadamente ácidos, especialmente en zonas de ladera de escasa pendiente, resultando favorables para la consecución de excelentes calidades.

El vínculo de estos vinos con su zona geográfica se basa también en la reputación obtenida en el mercado. Está reputación, reconocida incluso con anterioridad a la obtención formal de la protección, se refleja en datos tales

como:

Hace ya más de 400 años, a principios del siglo XVII, cuando estas tierras pertenecían al arciprestazgo de Iria, los documentos eclesiásticos nos dicen que “todo alcanza muy buena tierra de pan trigo, mijo, centeno y viñas en que

se recoge razonable vino”.

En esta época, en las rentas de la rectoral de San Pedro de Dimo (Catoira) se hacía el siguiente reparto “los frutos se hacen veinte y quatro partes: las once lleva el cura y las diez el cabildo de Santiago, y las tres el colegio mayor de

dicha ciudad. Vale la parte del cura quarenta cargas de todo pan y dos pipas de vino”.

Pascual Madoz en su “Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de ultramar” (1845), comenta que estas tierras tienen “buena ventilación, con clima templado y saludable. El terreno participa de monte y

llano, es de buena calidad. Produce cereales, legumbres, hortalizas, frutas y bastante vino”.

 

b) Detalles del producto

Son vinos que deben mantener, como atributo fundamental, su juventud, ligereza y suavidad, tanto en color como aroma y sabor, además de una graduación alcohólica moderada.

Los vinos blancos presentan tonos amarillos dorado brillantes, con destacados aromas florales y de frutas, boca ligera y fresca, de buen potencial aromático y con toques cítricos al final.

Los vinos tintos presentan una capa media con tonos rojo picota y ribetes violáceos, de estructura media y paso suave con aromas de frutas rojas y silvestres con un toque final ligeramente tánico.

 

c) Interacción causal

El registro de esta indicación geográfica protegida se basa tanto en las características específicas del producto, claramente vinculadas al medio natural de producción, como a la reputación que ha alcanzado, básicamente en el

mercado gallego.

Los vinos elaborados conforme a las prescripciones de este pliego son fiel reflejo de los efectos de las condiciones termopluviométricas y agronómicas para una vitivinicultura de calidad, a lo que debe sumarse el efecto del factor

humano que se concreta en el adecuado ajuste varietal (el vino es elaborado mayoritariamente con variedades autóctonas de la zona, adaptadas al medio natural), la implantación de las viñas en los suelos francos, profundos y

permeables, característicos de esta área geográfica (que fueron secularmente escogidos por los viticultores, con la sabiduría que dan los años de experiencia) y las correctas prácticas culturales, entre las que destaca la poda y conducción de las viñas, que se realiza manualmente y con maestría para hacer un adecuado control del potencial vitivinícola.

Todas estas condiciones tienden a conferir a los vinos producidos en esta comarca equilibrio y armonía, excelentes expresiones aromáticas y buenas características de conservación.

La especificidad de los vinos de esta comarca y su reputación sirvieron como base para que la administración española los reconociese como “Vino de la Tierra” en el año 2006.

 

8. Requisitos aplicables

 

a) Marco jurídico

Legislación nacional:

Orden APA/1406/2007, de 25 de abril, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se publica la Orden de 11 de diciembre de 2006, de la Consejería del Medio Rural de la Junta de Galicia, por la que se reconoce la

Indicación Geográfica Protegida “Vino de la Tierra de Barbanza e Iria” y se establecen las normas de su utilización en los vinos de mesa producidos en el área geográfica delimitada, y sus modificaciones posteriores:

Orden ARM/3246/2008, de 24 de octubre, del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, por la que se publica la Orden de 28 de abril de 2008, de la Consejería del Medio Rural de la Junta de Galicia, que modifica la Orden de 11 de diciembre de 2006.

 

b) Requisitos adicionales.

En particular esta norma establece, entre otras obligaciones, las siguientes:

Requisitos para la elaboración y el embotellado:

En las bodegas de elaboración y/o embotellado únicamente se elaborarán y embotellarán vinos producidos a partir de uvas de la zona delimitada.

Las bodegas de elaboración deberán comunicar a la autoridad de control, con una antelación mínima de siete días, la fecha de recepción de la vendimia, y deberán notificar también la finalización de ésta en un plazo de 48 horas. Presentarán también a la autoridad de control, antes del 10 de diciembre de cada año, las declaraciones de entrada de uva y de producción de vino de la campaña.

En la elaboración de vinos monovarietales, al menos el 85% de la uva utilizada será de esa variedad.

Los vinos serán elaborados y embotellados en la zona geográfica de producción delimitada.

El transporte y embotellado fuera de la zona de elaboración constituye un riesgo para la calidad del vino, ya que se

puede ver expuesto a fenómenos de óxido-reducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida.

El embotellado en origen permite preservar las características y calidad del producto. Este hecho, unido a la experiencia y conocimiento profundo de las características específicas de los vinos adquiridos durante años por las bodegas de la indicación geográfica protegida “Barbanza e Iria” , hacen necesario el envasado en origen,

preservando así todas las características fisicoquímicas y organolépticas de estos vinos.

Las bodegas comercializadoras son responsables de que los vinos que comercialicen cumplan las exigencias de la norma y someterán a todas las partidas de vino, entendiendo por partida aquel volumen de vino delimitado por la bodega que presenta características homogéneas, a los necesarios análisis, que podrán ser realizados con los medios propios de la bodega siempre que queden reflejados en un documento que incluya la identificación de la partida. Este documento estará a disposición de la autoridad de control.

El embotellado de estos vinos se realizará en botellas de vidrio con las capacidades admitidas por la legislación vigente

Requisitos de etiquetado

El vino se comercializará con las correspondientes contraetiquetas suministradas por la autoridad de control previa solicitud por parte de las bodegas; en estas solicitudes las bodegas identificarán la/s partida/s a embotellar y aportarán los correspondientes datos analíticos favorables para considerar estos vinos como aptos.

Todas las botellas llevarán una contraetiqueta numerada suministrada por la autoridad de control, que incluirá el logotipo de la indicación geográfica que figura en el anexo de este pliego de condiciones.

Para la indicación geográfica protegida “Barbanza e Iria” el término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies apartado 1 letra a) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, Reglamento único para las OCM, es: “vino de la tierra”.

Según se establece en el artículo 118 sexvicies.3.a) del citado Reglamento, tal mención tradicional podrá sustituir en el etiquetado de los vinos a la expresión “indicación geográfica protegida”.

 

9. Controles.

 

a) Autoridad competente y de Control.

Autoridad Competente.

Nombre:

Dirección General de Innovación e Industrias Agrarias y Forestales.

Consellería de Medio Rural.

Xunta de Galicia.

Dirección: Avda. Camiño Francés, 10.

15703 Santiago

Teléfono: 0034 981 540 020, Fax: 0034 981 540 018

Correo electrónico: dxiiaf@xunta.es

 

Autoridad de control.

Nombre:

Instituto Galego da Calidade Alimentaria (INGACAL).

Dirección: Pazo de Quián, s/n. Sergude.

15881 Boqueixón (A Coruña)

Teléfono: 0034 881 997 276, Fax: 0034 981 546 676

Correo electrónico: ingacal@xunta.es

El INGACAL es un ente de derecho público, dependiente de la Consellería do Medio Rural de la Xunta de Galicia, encargado de la comprobación del cumplimiento del pliego de condiciones.

 

b) Tareas de control

b.1) Alcance de los controles.

Análisis químicos:

El INGACAL verifica que los elaboradores realizan análisis químicos de todas las partidas de vino para comprobar que cumplen los requisitos establecidos en el punto 2 de este pliego de condiciones.

El INGACAL entrega contraetiquetas con una codificación específica para cada botella de cada partida destinada a ser comercializada con la Indicación Geográfica Protegida “Barbanza e Iria” que se ajuste a los parámetros establecidos. Las partidas que no reúnan las características analíticas del punto 2 de este pliego de condiciones no obtendrán las contraetiquetas y no podrán ser comercializadas bajo el nombre de la indicación geográfica protegida.

 

Operadores:

El INGACAL comprueba que los operadores tienen capacidad para cumplir los requisitos del pliego de condiciones. En particular comprueba que los elaboradores disponen de un sistema de autocontrol y trazabilidad que permite

acreditar las especificaciones en cuanto a: procedencia de uva, variedades empleadas, rendimientos de producción, rendimientos de extracción de mosto, y análisis de los parámetros químicos.

 

Productos:

El INGACAL, mediante toma de muestras, verifica que el vino comercializado bajo la indicación geográfica cumple las especificaciones establecidas en el punto 2, utiliza adecuadamente la contraetiqueta asignada y se cumplen las

demás condiciones que se recogen en este pliego de condiciones.

 

b.2) Metodología en los controles en la verificación anual.

Controles sistemáticos.

El INGACAL realiza controles sistemáticos del sistema de autocontrol de los operadores que elaboran o comercializan vino bajo el amparo de la indicación geográfica protegida con los objetivos siguientes:

Verificar que la uva, el mosto y el vino son originarios de la zona de producción.

Controlar el cumplimiento de las especificaciones en lo referente a variedades y rendimiento de producción de uva.

Comprobar que se realiza una gestión de la trazabilidad desde la producción de uva hasta el envasado.

Comprobar que se realizan análisis químicos de todas las partidas de vino que permitan acreditar el cumplimiento de las características definidas en el punto 2 de este pliego de condiciones.

 

Controles aleatorios.

El INGACAL hace controles aleatorios para comprobar la trazabilidad de las partidas y el cumplimiento de los parámetros analíticos.

 

 

 

 

BETANZOS

Vino de la Tierra

Disposición de 08 de novembro de 2000

Disposición de 22 de Febrero de 2001

Disposición de 21 de decembro de 2007

(fonte BOE)

Modificación Orden de 1 de febrero de 2012

(fonte DOG)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA MENCIÓN VINO DE LA TIERRA “BETANZOS”

 (fonte XUNTA DE GALICIA)

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 73 del Reglamento nº (CE) 607/2009, modificado por el Reglamento (CE) nº 670/2011, y el artículo 118 vicies del Reglamento (CE) 1234/2007, sobre los expedientes técnicos a presentar para las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas existentes de vino.

 

1. Nombre que se debe proteger

 

Indicación Geográfica Protegida IGP: “Betanzos”.

El término tradicionalmente utilizado junto al nombre geográfico es Vino de la Tierra”, de acuerdo a lo establecido en el articulo 118 duovicies apartado 1, letra a), del reglamento CE n. 1237/2007.

 

2.- Descripción del vino

 

Son vinos blancos y tintos que se ajustan a la categoría 1 del anexo XI ter del Reglamento (CE) 1234/2007. En el momento de su puesta al consumo el vino tendrá las siguientes características:

 

2.a) Características analíticas

Graduación alcohólica adquirida mínima:

Vinos monovarietales: 11,00% vol.

Resto de los vinos: 10,00% vol.

Graduación alcohólica total mínima:

Vinos monovarietales: 11,00% Vol.

Resto de los vinos: 10,00% Vol.

Contenido máximo en azúcares totales: Se cumplirán los requisitos que se recogen en anexo XIV parte B del reglamento (CE) nº 607/2009 de la Comisión, de 14 de julio, para que los vinos tengan la consideración de “secos”.

Acidez total de ácido tartárico mínima:

Vinos monovarietales: 5,00 g/l;

Resto de los vinos: 4,50 g/l;

Acidez volátil máxima: 0,65 gr/l de ácido acético.

Contenido máximo de dióxido de azufre total:

125 mg/l para los monovarietales.

165 mg/l para el resto de los vinos.

Para los vinos obtenidos en campañas con condiciones climatológicas desfavorables podrá autorizarse la elevación de los límites de dióxido de azufre total en una cantidad que no exceda de 40 mg/l adicionales, y sin que se superen los límites legales.

 

2.b) Principales características organolépticas

Son vinos ligeros, de graduaciones alcohólicas moderadas;

los elaborados a partir de uvas blancas presentan color amarillo pálido con reflejos verdosos; los aromas son frutales y florales y el sabor es ligeramente ácido y con post gusto persistente;

los elaborados a partir de uvas tintas presentan colores de intensidad media de rojocereza a rojo-cereza oscuro; aromas a frutos del bosque y el sabor es suave con estructura y persistencia medias.

La expresión de las cualidades óptimas de aroma y sabor de estos vinos se acentúa cuando la elaboración se realiza con un mínimo del 85% de uva de las variedades que se indican como recomendadas en el punto 6 de este pliego de condiciones, obteniéndose de esta manera vinos monovarietales.

 

3. Prácticas enológicas específicas.

 

Las prácticas de elaboración se llevarán a cabo de forma controlada, con el objetivo de que el vino resultante mantenga los atributos físicoquímicos y organolépticos de la indicación geográfica protegida “Betanzos”.

Estos vinos se elaborarán con un mínimo del 60% de las variedades que figuran como recomendadas de acuerdo con lo establecido en el punto 6 de este pliego.

El rendimiento en la extracción del mosto y su separación de los orujos

no será superior a 65 litros de mosto por cada 100 kg de uva.

 

4. Demarcación de la zona geográfica.

 

Los vinos designados con la indicación geográfica protegida «Betanzos» deberán proceder exclusivamente de viñedos de la zona de producción y elaboración, constituida por los terrenos aptos para la producción de uva de los términos

municipales de

Bergondo, Betanzos, Coirós, Miño y Paderne,

así como de las

parroquias de Abegondo, Cabanas, Cerneda, Cos, Cullergondo, Leiro, Limiñón, Mabegondo, Meangos, Montouto, Presedo, Sarandóns, Vilacoba y Viós en el término municipal de Abegondo;

de las parroquias de Bandoxa, Cis, Cuíña, Mondoi, Oza, Porzomillos, Reboredo, Salto y Vivente del término municipal de Oza dos Ríos

y de las parroquias de Osedo y Soñeiro del término municipal de Sada.

Todos los términos municipales mencionados se encuentran en la provincia de A Coruña,

en la Comunidad Autónoma de Galicia.

En el anexo I de este pliego de condiciones se recoge gráficamente el territorio de esta indicación geográfica y su

ubicación en Europa.

 

5. Rendimiento máximo.

 

La producción máxima de uva admitida por hectárea será de

11.000 kg/ha para las variedades blancas recomendadas,

10.000 kg/ha para las variedades tintas recomendadas

11.500 kg/ha para el resto de las variedades.

 

Dado que para la elaboración de estos vinos debe utilizarse un mínimo del 60% de determinadas variedades de uva que se indican como recomendadas y que

no se permiten rendimientos superiores a 65 litros de mosto por cada 100 kg de uva,

las producciones máximas de vino admitidas por hectárea serán de

72,80 hl/ha para los vinos obtenidos a partir de uvas brancas

68,90 hl/ha para los vinos obtenidos a partir de uvas tintas.

Estas cantidades se reducen, en el caso de los vinos monovarietales, a

71,99 hl/ha para los vinos obtenidos a partir de uvas brancas

66,46 hl/ha para los vinos obtenidos a partir de uvas tintas

 

6. Variedades de uvas de vinificación (1)

 

Los vinos de la IGP “Betanzos” se elaboran con las variedades siguientes:

 

Variedades blancas:

Godello, Albarín blanco (Branco Lexítimo), Chenín blanco (Agudelo) y Palomino.

Variedades tintas:

Mencía, Brancellao, Merenzao, Gran negro y Garnacha tintorera.

 

Con el objetivo de conseguir la mejor calidad final para estos vinos bajo las condiciones de luz y temperatura propias de esta área geográfica, se deben de tener en cuenta como variedades recomendadas para la zona las siguientes: Godello, Branco lexítimo y Agudelo en blancas

Mencía, Brancellao y Merenzao en tintas.

 

(1). Como modificación de menor importancia de acuerdo con el artículo 73.1.d) del R(CE) nº 607/2009, de la Comisión, de 14 de julio de 2009, se ha solicitado incluir las variedades Branco lexítimo y Agudelo. Se trata de variedades tradicionales de la zona que acaban de ser reconocidas como variedades comerciales mediante la Orden ARM/624/2011 de 18 de marzo (BOE 24/03/2011) por la que se dispuso su inclusión en el Registro de Variedades Comerciales.

 

7. Vínculo con la zona geográfica

 

a) Factores naturales y humanos

El clima de la zona se caracteriza por ser mediterráneo marítimo con trazas de continental húmedo, con temperaturas medias anuales moderadas (próximas a 14 ºC) proporcionando un desarrollo vegetativo uniforme.

La influencia atlántica provoca una moderación de las temperaturas especialmente significativa en los períodos de máxima vegetación de la vid. Así, el moderado valor de la temperatura media de máximas (por debajo de 25 ºC) y aún de las máximas absolutas durante el mes de agosto y principios de septiembre, período de maduración de las uvas, garantiza combustiones respiratorias moderadas en los racimos, con economía en el consumo de ácido málico y el consiguiente mantenimiento del potencial aromático.

Por otra parte, la moderación en las temperaturas nocturnas, originan una escasa combustión por respiración nocturna, lo que proporciona una buena retención de componentes aromáticos y antociánicos y potencial aromático intenso.

El número de horas de luz es uno de los factores limitantes para el cultivo de la vid en esta área geográfica, condicionando de esta manera las graduaciones alcohólicas y ocasionando valores altos de acidez.

El sustrato litológico está constituido principalmente por rocas esquistosas de la denominada Serie de Ordes; en los valles de los ríos se presentan aluviones y coluviones. Los suelos originados, en general, son suelos profundos de texturas francas a franco limosas, permeables y bien aireados. Estas características, unidas a la excelente capacidad de calentamiento primaveral y a la buena retención del calor, son factores clave que propician tempranas brotaciones primaverales que compensan en parte la brevedad del ciclo vegetativo.

Las asociaciones de viticultores y bodegueros de esta zona fomentan la puesta en valor de los vinos de esta comarca promocionándolos a través de actos como la “Feira do Viño de Betanzos” que se celebra anualmente desde 1985.

La apuesta de los viticultores por la defensa de las producciones vitícolas propias de esta zona geográfica se fundamenta tanto en la reputación histórica de la comarca como productora de vinos ya evidenciada en documentos como el “Catastro de Ensenada” del año 1.752, que atribuye a esta zona una superficie vitícola en torno a 1.100 ha, con la viña configurándose como práctico monocultivo en la mayor parte de los ayuntamientos de esta área geográfica, como en la conservación e incremento de cultivo de variedades propias y tradicionales de la zona ya citadas por A. Huitz de Lemps (1967) en su obra “Vignobles e vins du nord-ouest de l`Espagne” (pag 154).

 

b) Detalles del producto

Son vinos cuya característica fundamental es su ligereza y suavidad, con una graduación alcohólica moderada.

En los vinos blancos dominan aromas frutales y florales, con colores desde amarillo dorado pálido a amarillo limón, con alto potencial aromático; en boca son ligeros y frescos con toques ácidos finales. En los vinos tintos predominan los aromas a frutos del bosque, de capa media, rojo cereza y ribetes violáceos, estructura media con paso suave y ligeramente tánico.

 

c) Interacción causal

El registro de esta indicación geográfica protegida se basa tanto en las características específicas del producto, claramente vinculadas al medio natural de producción, como a la reputación que ha alcanzado, básicamente en el mercado gallego.

Los vinos elaborados conforme a las prescripciones de este pliego de condiciones son fiel reflejo de los efectos de las condiciones límite de luz y temperatura para una vitivinicultura de calidad, suavizados estos efectos mediante el ajuste varietal (el vino es elaborado mayoritariamente con variedades autóctonas de la zona, adaptadas al medio natural), la implantación de las viñas en suelos francos y profundos, característicos de esta área geográfica (que fueron secularmente escogidos por los viticultores, con la sabiduría que dan los años de experiencia) así como las adecuadas

prácticas culturales, entre las que destaca la poda y conducción de las viñas, que se realiza manualmente y con maestría para hacer un adecuado control del potencial vitivinícola.

La especificidad de los vinos de esta comarca y su reputación sirvieron como base para que la administración española los reconociese como “Vino de la Tierra” en el año 2000.

 

8. Requisitos aplicables.

 

a) Marco jurídico

Legislación nacional

Orden del 8 de noviembre de 2000, de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria de la Xunta de Galicia, sobre las condiciones que deben cumplir para acogerse a la denominación Vino de la Tierra de Betanzos los caldos elaborados en esa comarca vitivinícola (DOG nº 224 del 20/11/2000), y sus modificaciones posteriores:

Orden del 21 de diciembre de 2006, de la Consellería del Medio Rural de la Xunta de Galicia (DOG nº 2 del 03/01/2007)

Orden del 28 de abril de 2008, de la Consellería del Medio Rural de la Xunta de Galicia (DOG nº 89 del 09/05/2008)

 

b) Requisitos adicionales.

En particular estas normas establecen, entre otras obligaciones, las siguientes:

Requisitos para la elaboración y el embotellado:

En las bodegas de elaboración y/o embotellado únicamente se elaborarán y embotellarán vinos producidos a partir de uvas de la zona delimitada.

Las bodegas de elaboración deberán comunicar a la autoridad de control y con una antelación mínima de siete días la fecha de recepción de la vendimia y notificar también la finalización de ésta en un plazo de 48 horas. Presentarán

también a la autoridad de control, antes del 10 de diciembre de cada año, las declaraciones de entrada de uva y de producción de vino de la campaña.

Los vinos serán elaborados y embotellados en la zona geográfica de producción delimitada. El transporte y embotellado fuera de la zona de elaboración constituye un riesgo para la calidad del vino, ya que se puede ver expuesto a fenómenos de óxido-reducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida. El embotellado en origen permite preservar las características y calidad del producto.

Este hecho, unido a la experiencia y conocimiento profundo de las características específicas de los vinos adquiridos durante años por las bodegas de la indicación geográfica protegida Betanzos, hacen necesario el envasado en

origen, preservando así todas las características fisicoquímicas y organolépticas de estos vinos.

El embotellado de estos vinos se realizará en botellas de vidrio con las capacidades admitidas por la legislación vigente.

Las bodegas comercializadoras son responsables de que los vinos que comercialicen cumplan las exigencias de la norma y someterán a todas las partidas de vino, entendiendo por partida aquel volumen de vino delimitado por

la bodega que presenta características homogéneas, a los necesarios análisis que podrán ser realizados con los medios propios de la bodega siempre que queden reflejados en un documento que incluya la identificación de la partida.

Este documento estará a disposición a la autoridad de control de control.

Requisitos del etiquetado:

El vino se comercializará con las correspondientes contraetiquetas suministradas por la autoridad de control previa solicitud por parte de las bodegas; en estas solicitudes las bodegas identificarán la/s partida/s a embotellar y aportarán los correspondientes datos analíticos favorables para considerar estos vinos como aptos.

Todas las botellas llevarán una contraetiqueta numerada, que incluirá el logotipo de la indicación geográfica que figura en el anexo II de este pliego de condiciones.

Para la indicación geográfica protegida “Betanzos” el término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies apartado 1 letra a) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, Reglamento único para las

OCM, es: “vino de la tierra”. Según se establece en el artículo 118 sexvicies.3.a) del citado Reglamento, tal mención tradicional podrá sustituir en el etiquetado de los vinos a la expresión “indicación geográfica protegida”.

 

9. Controles.

 

a) Autoridad competente y de Control.

Autoridad Competente.

Nombre:

Dirección General de Innovación e Industrias Agrarias y Forestales.

Consellería de Medio Rural.

Xunta de Galicia.

Dirección: Avda. Camiño Francés, 10.

15703 Santiago

Teléfono: 0034 981 540 020, Fax: 0034 981 540 018

Correo electrónico: dxiiaf@xunta.es

 

Autoridad de control.

Nombre:

Instituto Galego da Calidade Alimentaria (INGACAL).

Dirección: Pazo de Quián, s/n. Sergude.

15881- Boqueixón (A Coruña)

Teléfono: 0034 881 997 276, Fax: 0034 981 546 676

Correo electrónico: ingacal@xunta.es

El INGACAL es un ente de derecho público, dependiente de la Consellería de Medio Rural de la Xunta de Galicia, encargado de la comprobación del cumplimiento del pliego de condiciones.

 

b) Tareas de control

b.1) Alcance de los controles.

Análisis químicos:

El INGACAL verifica que los elaboradores realizan análisis químicos de todas las partidas de vino para comprobar que cumplen los requisitos establecidos en el punto 2 de este pliego de condiciones.

El INGACAL entrega contraetiquetas con una codificación específica para cada botella de cada partida destinada a ser comercializada con la Indicación Geográfica Protegida”Betanzos” que se ajuste a los parámetros establecidos. Las partidas que no reúnan las características analíticas del punto 2 de este pliego de condiciones no obtendrán las

contraetiquetas y no podrán ser comercializadas bajo el nombre de la indicación geográfica protegida.

Operadores:

El INGACAL comprueba que los operadores tienen capacidad para cumplir los requisitos del pliego de condiciones. En particular comprueba que los elaboradores disponen de un sistema de autocontrol y trazabilidad que permite acreditar las especificaciones en cuanto a: procedencia de uva, variedades empleadas, rendimientos de producción, rendimientos de extracción de mosto, y análisis de los parámetros químicos.

Productos:

El Ingacal mediante toma de muestras, verifica que el vino comercializado bajo la indicación geográfica cumple las especificaciones establecidas en el punto 2, utiliza adecuadamente la contraetiqueta asignada y se cumplen las demás condiciones que se recogen en este pliego de condiciones.

 

b.2) Metodología en los controles en la verificación anual.

Controles sistemáticos.

El INGACAL realiza controles sistemáticos del sistema de autocontrol de los operadores que elaboran o comercializan vino bajo el amparo de la indicación geográfica protegida con los objetivos siguientes:

Verificar que la uva, el mosto y el vino son originarios de la zona de producción.

Controlar el cumplimiento de las especificaciones en lo referente a variedades y rendimiento de producción de uva.

Comprobar que se realiza una gestión de la trazabilidad desde la producción de uva hasta el envasado.

Comprobar que se realizan análisis químicos de todas las partidas de vino que permitan acreditar el cumplimiento de las características definidas en el punto 2 de este pliego de condiciones.

Controles aleatorios.

El INGACAL hace controles aleatorios para comprobar la trazabilidad de las partidas y el cumplimiento de los parámetros analíticos.

 

 

 

 

VAL DO MIÑO OURENSE

VALLE DEL MIÑO OURENSE

Vino de la Tierra

Disposición de 15 de julio de 1987

Disposición de 22 de febrero de 2001

Orden de 10 de febreiro de 2009

(fonte BOE)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA MENCIÓN VINO DE LA TIERRA “VAL DE MIÑO OURENSE”

 (fonte XUNTA DE GALICIA)

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 73 del Reglamento nº (CE) 607/2009, modificado por el Reglamento (CE) nº 670/2011, y el artículo 118 vicies del Reglamento (CE) 1234/2007, sobre los expedientes técnicos a presentar para las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas existentes de vino.

 

1. Nombre que se debe proteger

 

Indicación Geográfica Protegida IGP: “Val do Miño Ourense/Valle del Miño Ourense”.

El término tradicionalmente utilizado junto al nombre geográfico es Vino de la Tierra”, de acuerdo a lo establecido en el articulo 118 duovicies apartado 1, letra a), del reglamento CE n. 1237/2007.

 

2.- Descripción del vino

 

Los vinos del “Val do Miño Ourense /Valle del Miño-Ourense” son vinos blancos y tintos que se ajustan a la categoría 1 del anexo XI ter del Reglamento (CE) nº 1234/2007.

En el momento de su puesta al consumo, los vinos tendrán las siguientes características:

2.a) Características analíticas

Graduación alcohólica adquirida mínima: 9,50% vol.

Graduación alcohólica total mínima: 9,50% vol.

Contenido máximo en azúcares totales: Se cumplirán los requisitos que se recogen en el anexo XIV, parte B, del Reglamento (CE) nº 607/2009 de la Comisión, de 14 de julio, para que los vinos tengan la consideración de “secos”.

Acidez total mínima: 4,50 g/l de ácido tartárico.

Acidez total máxima: 8,00 g/l de ácido tartárico.

Acidez volátil máxima: 0,80 g/l. de ácido acético, salvo si los vinos se someten a un proceso de envejecimiento, en cuyo caso dicho límite no será superior a 1,00 g/l de ácido acético cuando la graduación alcohólica es igual o inferior a 10,00% vol.; este límite de acidez volátil será incrementado en 0,06 gramos por cada grado de alcohol que sobrepase los 10,00% vol., sin superarse los límites establecidos por la legislación aplicable.

Contenido máximo de dióxido de azufre total: 150 mg/l.

 

2.b) Principales características organolépticas

Son vinos ligeros, secos, frescos y ligeramente ácidos con graduaciones alcohólicas moderadas, intensidad media y persistencia prolongada.

Los elaborados a partir de uvas blancas presentan además color pajizo pálido y/o dorado, en boca resultan afrutados y florales acompañados en nariz de toques vegetales de hierba fresca y flor blanca.

Por lo que respecta a los tintos presentan un tonos brillantes y vivos con reflejos violáceos y ribete purpúreo, en nariz destacan aromas de frutas rojas y ligeros toques minerales y en boca son complejos, carnosos y vivos, largos en persistencia y con un destacado toque final tánico.

 

3.- Prácticas enológicas específicas

 

Las prácticas de elaboración se llevarán a cabo de forma controlada, con el objetivo de que el vino resultante mantenga los atributos físicoquímicos y organolépticos de la indicación geográfica protegida “Valle del Miño-Ourense/Val do Miño-Ourense”.

Estos vinos se elaborarán con un mínimo del 60% de las variedades que figuran como principales de acuerdo con lo establecido en el punto 6 de este pliego de condiciones.

El rendimiento en la extracción del mosto y su separación de los orujos

no será superior a 70 litros de mosto por cada 100 kg de uva.

 

4.- Delimitación de la zona geográfica

 

Los vinos designados con la indicación geográfica protegida “Valle del Miño-Ourense/Val do Miño–Ourense” deberán proceder exclusivamente de viñedos de la zona de producción y elaboración, constituida por los terrenos aptos para la producción de uva pertenecientes a los términos municipales y parroquias siguientes:

Amoeiro: las parroquias de Parada de Amoeiro y Trasalba.

Barbadás: las parroquias de Barbadás, Bentraces, Loiro, Piñor, Sobrado do Bispo y A Valenzá.

Cartelle: las parroquias de Cartelle, San Tomé y Sande.

Coles: las parroquias de A Barra, Coles, Gueral, Gustei, Melias, Ribela y Santo Eusebio da Peroxa.

Gomesende: las parroquias de A Guía, O Pao, Poulo, San Lourenzo de Fustáns y O Val.

Nogueira de Ramuín: las parroquias de Moura y San Miguel do Campo.

Ourense: las parroquias de Beiro, Cabeza de Vaca, Canedo, O Castro de Beiro, Ceboliño, Cudeiro, Montealegre, Ourense, Palmés, Rairo, Reza, Santa Mariña do Monte, Santiago das Caldas, Seixalbo, Tras do Hospital, Trasalba,

Velle, Vilar de Astrés y Vista Fermosa.

Padrenda: las parroquias de O Condado, Crespos, Desteriz y Padrenda.

O Pereiro de Aguiar: las parroquias de Calvelle, A Lamela, Melias, Sabadelle, San Xoán de Moreiras, Tibiás y Vilariño.

A Peroxa: las parroquias de Gueral, A Peroxa y Vilarrubín.

Pontedeva: las parroquias de Pontedeva y Trado.

Quintela de Leirado: la parroquia de Quintela de Leirado.

San Cibrao das Viñas: las parroquias de Noalla, Pazos de San Clodio, Rante, San Cibrao das Viñas, Santa Cruz da Rabeda y Soutopenedo.

Toén: las parroquias de Moreiras, Mugares, Toén, Trelle y Xestosa.

Todos los términos municipales mencionados se encuentran en la provincia de Ourense,

en la Comunidad Autónoma de Galicia.

En el anexo I de este pliego de condiciones se muestra de forma gráfica el territorio de esta indicación geográfica y

su ubicación en Europa.

 

5.- Rendimiento máximo

 

La producción máxima de uva permitida por hectárea, tanto para variedades blancas como tintas, será de

10.000 kg/ha.

La producción máxima de vino admitida por hectárea será de 70,00 hl/ha.

 

6.- Variedades de uva de vinificación

 

Son aptas para la producción de vino acogido a la indicación geográfica protegida “Valle del Miño-Ourense/Val do Miño-Ourense”  las uvas de las variedades siguientes:

 

Blancas:

Treixadura, Torrontés, Godello, Albariño, Loureira y Palomino.

Tintas:

Mencía, Brancellao, Mouratón, Sousón, Caíño Bravo, Caíño Longo, Caíño Tinto y Garnacha tintorera.

 

Los vinos deberán ser elaborados con un mínimo del 60% de uva de las siguientes variedades consideradas como principales:

Blancas:

Treixadura, Torrontés, Godello, Albariño y Loureira.

Tintas:

Mencía, Brancellao, Mouratón, Sousón, Caíño Bravo, Caíño Longo y Caíño Tinto.

 

7.- Vínculo con la zona geográfica

 

7.1 Datos de la zona geográfica

a) Factores naturales

Esta comarca ubicada en la Galicia meridional responde climáticamente a una zona de transición y dominio oceánico-mediterráneo, extendida a lo largo del valle del río Miño, entre los que se incluye la depresión de Ourense capital y sus zonas limítrofes.

Es una de las zonas menos húmedas de Galicia, con un promedio de 2.000 horas de sol al año y precipitaciones no superiores a 950 mm.

Las temperaturas medias anuales son templadas, alrededor de 14 ºC (continentalización), con veranos calurosos en los que es fácil superar los 30-32 ºC (submeditarráneo), aunque los inviernos, por el aislamiento de los valles, son fríos, con frecuentes nieblas y riesgo moderado de heladas.

La geomorfología de la zona, con abundantes granitos alcalino y calco-alcalinos, proviene de una deformación de Hercínico que dio lugar a pliegues y fracturas de dirección NO-SE y NE-SO, creando tres unidades morfológicas: las superficies de aplanamiento o “montaña”, “las veigas” o superficies inferiores de depresión, hoy desaparecidas con la construcción de los embalses y las zonas de vertiente o “ribeiros”.

Los “ribeiros” se refiere a las zonas de vegas y terrazas aluviales que ocupan las zonas próximas al río, taludes o laderas con pendiente media y que representan el elemento más característico del relieve en este sector central del valle del río Miño, coincidiendo con ubicaciones no superiores a 400m s.n.m., de orientación sur y protegidos de los vientos predominantes, presentado condiciones climáticas idóneas para el cultivo de la vid.

Desde el punto de vista edáfico predominan las tierras pardas húmedas de los subtipos oligotrófico o mesotrófico, según el material de partida sea granito o esquistos.

En general son suelos ácidos y permeables, de una profundidad media entre 70 y 100 cm, dominando la textura arenosa, con presencia de arcillas y limos que no perjudican el buen drenaje, aptos para una viticultura de calidad, a pesar de lo cual es necesario realizar algunas labores para mejorar y equilibrar su composición.

 

b) factores humanos

Desde finales del siglo XII adquiere en esta comarca fundamental importancia el cultivo de la vid para la producción de vino, yendo en aumento constante en los dos siglos siguientes.

El vino se exporta masivamente, por ello se realizan numerosos contratos de foro en los que por lo general, el cabildo catedralicio cede a numerosos campesinos, para su mejor explotación, casi todo el viñedo de las inmediaciones de

la ciudad de Ourense y los municipios limítrofes.

Como referencias destacadas tenemos que, en 1556, la condesa de Lemos, Beatriz de Castro, mediante el pago de 200 ducados anuales, consigue el alquiler de todas las rentas de la Abadía de la Trinidad, recibiendo diversas bodegas y viñas en A Valenzá y As Lamas (Barbadás), así como casas y propiedades. Mas adelante, en 1583, Felipe II retira a los obispos el dominio temporal de la ciudad de Ourense y sus cotos jurisdiccionales (de los que se cobraban abundantes impuestos), dejándolos bajo la autoridad del Corregidor Real y pasando la propiedad de la tierra a los campesinos a través de los hidalgos, quienes se enriquecen rápidamente, lo que se refleja en la construcción de numerosos pazos y casas solariegas.

Así, en Sobrado do Bispo, parroquia de Barbadás, el prelado Francisco Blanco construye una casa con dos bodegas, cinco lagares y una huerta con nueve ferrados para residencia estival de los obispos.

Según el inventario de bienes del Hospital Civil y Militar de San Roque de Ourense, encargado en 1843 por su administrador Felipe Fernández Cienfuegos, resultan entre otras propiedades, viñas y rentas de vino, bastantes de ellas ubicadas en Santa Uxía, Piñor, Vilaescusa, A Valenzá y Barbadás.

El catastro de Ensenada (1749-1756) establecía para el Coto de Cudeiro, hoy parroquia del ayuntamiento de Ourense, una extensión de 57,89 ha. de viñedo y parral con una producción en el año 1752 de 880,50 hl de vino.

En ese momento las fincas dedicadas al cultivo del vino merecían un lugar destacado en la racionalidad agraria local por su especialización vitivinícola.

En este mismo año de 1752, la renta foral declarada es de 276,76 “mollos” de vino (equivalentes a 385,43 hl), los rentistas territoriales se han especializado en la recepción de vino, relegando a segundo plano otros productos agropecuarios, como cereales o gallinas, priorizando un producto de alto consumo en los comedores de los grupos sociales privilegiados, producto que además ofrece buenas posibilidades de comercialización (Presedo, A. 2006).

El Boletín Oficial de la provincia de Ourense de 5 de agosto de 1857, publica la organización de las grandes ferias agrícolas de la ciudad de Ourense con el objetivo de fomentar el comercio con la capital y desarrollar el sector agropecuario provincial, con la pretensión de atraer personas de las comarcas vecinas, destacándose que el principal producto agrario de la ciudad de Ourense y alrededores, tanto por extensión como por valor comercial, era el vino.

En 1861, el gobernador civil de Ourense, Francisco Javier Caamaño, a la vista de la gran importancia de este cultivo en los alrededores de la capital y en toda la provincia, organizó una comisión central con el objetivo de extender el “azuframiento del viñedo” como mejor remedio contra el oídium.

En este momento, los viñedos de dimensiones más reducidas constituían el principal sustento económico de

numerosas familias de clase media que fueron quienes sufrieron con mayor intensidad la crisis que, desde mediados de siglo, afectó a la vid, al desposeerlos bruscamente de su único modo de vida.

Vicente Risco, en 1925, habla de Barbadás y comenta que “en la parte montañosa, Sobrado y Leiro hay castaños y robles que dan castañas y leña, dándose también maíz, centeno, algún trigo y patatas. En la ribera se da buen vino (…).

A principios del s. XX gran parte de las parcelas situadas a orillas de los ríos Miño, Barbaña y Loña estaban ocupadas por parrales de viña, forma tradicional en esta comarca ourensana. Según Otero Pedrayo (1968) las viñas cubiertas en parras altas daban la impresión de una noble y artificiosa arquitectura, hasta que por causa de la crisis de la filoxera debieron ser reemplazadas por cepas de a pié.

El vino suponía en estos años la principal fuente de ingresos monetarios de buena parte de la población (Rodríguez Galdo y Dopico, 1981).

 

7.2. Datos del producto

Son vinos cuyas características fundamentales son su suavidad, frescura, viveza, ligera acidez e intensidad media con graduaciones alcohólicas moderadas.

En los vinos blancos dominan los aromas y sabores afrutados con ligeros toques vegetales, mientras que en los tintos destacan los colores brillantes, las frutas rojas y los toques minerales suaves en boca, con ligero final tánico.

 

7.3. Interacción causal.

Los vinos elaborados conforme a las prescripciones de este pliego son fiel reflejo de los efectos en esta comarca de las condiciones edáficas, climáticas y agronómicas, a lo que se añade el adecuado ajuste varietal, la implantación de las viñas en los suelos de las terrazas aluviales, que resultan ser ácidos y permeables con textura arenosa, y las correctas prácticas culturales del viñedo, todo ello orientado a una vitivinicultura de calidad.

Todas estas condiciones tienden a conferir a los vinos producidos en esta comarca equilibrio y armonía, buenas expresiones aromáticas y óptimas condiciones de conservación.

El registro de esta indicación geográfica protegida se basa tanto en las características específicas del producto, claramente vinculadas al medio natural de producción, como a la reputación alcanzada, tanto en el mercado gallego como en todo el norte de España.

Además, el vínculo con el territorio también queda patente a través de la influencia del factor humano.

En relación con esto podemos indicar que las variedades presentes son principalmente variedades autóctonas, seleccionadas a lo largo de los años por los viticultores de la zona, lo que hace que sean variedades muy adaptadas a las condiciones edafoclimáticas existentes.

También a lo largo de los siglos los viticultores de esta región fueron buscando las mejores zonas para el cultivo, en

terrenos bien orientados y con los suelos más adecuados, a los que han ido sometiendo a las correcciones necesarias para mejorar su fertilidad y sobre los que, en muchas ocasiones, tuvieron que construir muros para contener el terreno, frecuentemente en laderas, configurándose así un paisaje singular modelado por el hombre.

Además, en la calidad y características específicas del producto también es importante el cuidado con el que trabajan los productores tanto en la conducción y en la poda de las cepas, para un adecuado control del potencial vitivinícola, en la selección de la uva y en la elaboración del vino.

La especificidad de los vinos de esta comarca y su reputación sirvieron como base para su reconocimiento como “Vino de la Tierra” mediante una Orden de la Consellería de Agricultura de la Xunta de Galicia de 15 de julio de 1987.

 

8.- Requisitos aplicables

 

Legislación nacional

a) Marco Jurídico

Resolución de 14 de abril de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica la Orden del 10 de febrero de 2009, de la Consejería del Medio Rural de la Xunta de Galicia, por la que se modifica y refunde la normativa reguladora de la Indicación Geográfica “vino de la tierra Valle del Miño- Ourense.

 

b) Requisitos adicionales

En particular esta norma establece, entre otras obligaciones, las siguientes:

Requisitos para la elaboración y el embotellado:

Las bodegas de elaboración deberán comunicar a la autoridad de control con una antelación mínima de siete días la fecha de recepción de la vendimia y notificar también la finalización de ésta en un plazo de 48 horas. Presentarán también a la autoridad de control, antes del 10 de diciembre de cada año, las declaraciones de entrada de uva y de producción de vino de la campaña.

Los vinos serán embotellados en la zona geográfica de producción delimitada.

El transporte y embotellado fuera de la zona de producción constituye un riesgo para la calidad del vino, ya que se puede ver expuesto a fenómenos de óxido-reducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida.

El embotellado en origen permite preservar las características y calidad del producto. Este hecho, unido a la experiencia y conocimiento profundo de las características específicas de los vinos adquiridos durante años por las bodegas de la indicación geográfica protegida Valle del Miño-Ourense/Val do Miño-Ourense, hacen necesario el envasado en origen, preservando así todas las características fisicoquímicas y organolépticas de estos vinos.

Las bodegas comercializadoras son responsables de que los vinos que comercialicen cumplan las exigencias de la norma y someterán a todas las partidas de vino -entendiendo por partida aquel volumen de vino delimitado por la bodega que presenta características homogéneas- a los necesarios análisis, que podrán ser realizados con los medios propios de la bodega siempre que queden reflejados en un documento que incluya la identificación de la partida. Este documento estará a disposición de la autoridad de control.

El embotellado de estos vinos se realizará en botellas de vidrio con las capacidades admitidas por la legislación vigente.

Requisitos del etiquetado:

El vino se comercializará con las correspondientes contraetiquetas suministradas por la autoridad de control previa solicitud por parte de las bodegas; en estas solicitudes las bodegas identificarán la/s partida/s a embotellar y aportarán los correspondientes datos analíticos favorables para considerar estos vinos como aptos.

Todas las botellas llevarán una contraetiqueta numerada, que incluirá el logotipo de la indicación geográfica que figura en el anexo II de este pliego de condiciones.

Para la indicación geográfica protegida “Valle del Miño-Ourense/Val do Miño- Ourense” el término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies apartado 1 letra a) del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, Reglamento único para las OCM, es: “vino de la tierra”. Según se establece en el artículo 118 sexvicies.3.a) del citado reglamento, tal mención tradicional podrá sustituir en el etiquetado de los vinos a la expresión “indicación geográfica protegida”.

 

9. Controles

 

a) Autoridad competente y de Control

Autoridad Competente

Nombre:

Dirección General de Innovación e Industrias Agrarias y Forestales

Consellería de Medio Rural Xunta de Galicia

Dirección: Avda. Camiño Francés, 10. 15703 Santiago de Compostela

Teléfono: 0034 981 540 020, Fax: 0034 981 540 018

Correo electrónico: dxiiaf@xunta.es

 

Autoridad de control

Nombre:

Instituto Galego da Calidade Alimentaria (INGACAL)

Dirección: Pazo de Quián, s/n. Sergude. 15881 Boqueixón (A Coruña)

Teléfono: 0034 881 997 276, Fax: 0034 981 546 676

Correo electrónico: ingacal@xunta.es

El INGACAL es un ente de derecho público, dependiente de la Consellería do Medio Rural de la Xunta de Galicia, encargado de la comprobación del cumplimiento del pliego de condiciones.

 

b) Tareas de control

b.1) Alcance de los controles

Análisis químicos

El INGACAL verifica que los elaboradores realizan análisis químicos de todas las partidas de vino para comprobar que cumplen los requisitos establecidos en el punto 2 de este pliego de condiciones.

El INGACAL entrega contraetiquetas con una codificación específica para cada botella de cada partida destinada a ser comercializada con la Indicación Geográfica Protegida “Valle del Miño-Ourense/Val do Miño-Ourense” que se ajuste a los parámetros establecidos. Las partidas que no reúnan las características analíticas del punto 2 de este pliego de condiciones no obtendrán las contraetiquetas y no podrán ser comercializadas bajo el nombre de la indicación geográfica protegida.

 

Operadores

El INGACAL comprueba que los operadores tienen capacidad para cumplir los requisitos del pliego de condiciones. En particular comprueba que los elaboradores disponen de un sistema de autocontrol y trazabilidad que permite acreditar las especificaciones en cuanto a: procedencia de uva, variedades empleadas, rendimientos de producción, rendimientos de extracción de mosto, y análisis de los parámetros químicos.

Productos

El INGACAL, mediante toma de muestras, verifica que el vino comercializado bajo la indicación geográfica cumple las especificaciones establecidas en el punto 2, utiliza adecuadamente la contraetiqueta asignada y se cumplen las demás condiciones que se recogen en este pliego de condiciones.

 

b.2) Metodología en los controles

Controles sistemáticos.

El INGACAL realiza controles sistemáticos del sistema de autocontrol de los operadores que elaboran o comercializan vino bajo el amparo de la indicación geográfica protegida con los objetivos siguientes:

Verificar que la uva, el mosto y el vino son originarios de la zona de producción.

Controlar el cumplimiento de las especificaciones en lo referente a variedades y rendimiento de producción de uva.

Comprobar que se realiza una gestión de la trazabilidad desde la producción de uva hasta el envasado.

Comprobar que se realizan análisis químicos de todas las partidas de vino que permitan acreditar el cumplimiento de las características definidas en el punto 2 de este pliego de condiciones.

Controles aleatorios

El INGACAL hace controles aleatorios para comprobar la trazabilidad de las partidas y el cumplimiento de los parámetros analíticos.