Aragon › ARAGON DO

AYLÉS D.O. Pago

CALATAYUD D.O.

CAMPO DE BORJA D.O.

CARIÑENA D.O.

CAVA D.O.

SOMONTANO D.O.

 

FINCA AYLES

FINCA AYLÊS MEZALOCHA

 

AYLÉS

D.O. PAGO

Orden de 26 de septiembre de 2011,

Resolución de 28 de noviembre de 2011,

(fonte BOE)

PLIEGO DE CONDICIONES

DEL VINO DE PAGO “AYLÉS”

Orden 20 de mayo 2012

(fonte BOA)

 

1.- Nombre que se debe proteger

 

Denominacion de Origen Protegida (DOP): “Aylés”.

Termino tradicional equivalente: “Vino de Pago”;

 

2.- Descripción del vino

 

El vino amparado es vino tinto y rosado, cuyas principales características son:

 

a) Características analíticas

a) Tinto joven», rosado y tinto barrica:

El grado alcohólico volumétrico adquirido estará comprendido entre 12,00 y 14,50% vol (± 5%).

La acidez total, expresada en ácido tartárico, estará comprendida entre 4,00 y 7,00 g/l.

La acidez volátil, expresada en ácido acético, será menor de 0,85 g/l.

El anhídrido sulfuroso total será menor de 90 mg/l (±10%).

Los azúcares reductores serán menores de 5,00 g/l (± 5%).

 

b) Tinto crianza:

El grado alcohólico volumétrico adquirido estará comprendido entre 13,00 y 14,50% vol (± 5%).

La acidez total, expresada en ácido tartárico estará comprendida entre 4,00 y 7,00 g/l.

La acidez volátil, expresada en ácido acético, será menor de 0,90 g/l.

El anhídrido sulfuroso total será menor de 100 mg/l (±10%).

Los azúcares reductores serán menores de 4,00 g/l (± 5%).

 

c) Tres de 3000:

El grado alcohólico volumétrico adquirido estará comprendido entre 13,50 y 14,50% vol (± 5%).

La acidez total, expresada en ácido tartárico estará comprendida entre 4,00 y 7,00 g/l.

La acidez volátil, expresada en ácido acético, será menor de 0,90 g/l.

 El anhídrido sulfuroso total será menor de 100 mg/l (±10%).

Los azúcares reductores serán menores de 4,00 g/l (± 5%).

 

Características organolépticas de los vinos:

a) Rosado:

Fase visual: límpido, brillante, con buena y atractiva intensidad de color, entre rosa y violáceo.

Fase olfativa: intensidad alta - muy alta, con presencia de aromas complejos y predominio de aromas primarios (florales o frutales) aportados por la variedad.

Fase gustativa: intensidad alta, postgusto largo y una estructura tánica equilibrada con alcohol y glicerina.

 

b) Tinto joven:

Fase Visual: cristalino y límpido. Intensidad alta, con una tonalidad púrpura, violeta.

Fase olfativa: intensidad alta-muy alta, predominando los aromas primarios (frutales y florales) sobre los secundarios (fermentativos). Recuerdos de frutos rojos.

Fase gustativa: facilidad y armonía en el paso y entrada en boca, expresión frutal y largo recorrido al final del paladar.

 

c) Tinto barrica:

Fase visual: límpido, brillante, intensidad de color alta, con tonos violetas y rojos.

Fase olfativa: intensidad alta, con presencia de aromas complejos (florales o frutales) y francos de crianza con tostados y ahumados, si bien deben estar presentes pero no deben predominar sobre los primeros.

Fase gustativa: complejidad en boca, presencia de taninos de madera, buena estructura tánica sin ser agresiva, postgusto largo y final redondo.

 

d) Tinto crianza:

Fase visual: límpido, brillante, intensidad de color alta, con tonos rojos.

Fase olfativa: intensidad media-alta, con presencia de aromas de fruta roja, especiados, minerales y de crianza con tostados y ahumados.

Fase gustativa: intensidad alta, equilibrado en la relación azúcar/acidez, con notable presencia de taninos finos. Postgusto largo, elegante y sutil.

 

e) Tres de 3000:

Fase visual: límpido y brillante, intensidad de color muy alta con una tonalidad muy atractiva (violáceos y rojos).

Fase olfativa: intensidad alta con presencia de aromas frutales muy acentuados (frutos rojos y negros), gran complejidad por los aromas aportados por la barrica nueva (tostados y ahumados) y por los aportados por el suelo (mineralidad).

Fase gustativa: intensidad muy alta, gran presencia y potencia en su paso y entrada en boca y con un postgusto muy largo. Final largo, amplio y con sensaciones muy agradables.

 

3. PRÁCTICAS ENOLÓGICAS ESPECÍFICAS

 

Prácticas de cultivo:

El marco de plantación será de 3 x 1 metros, por lo que

la densidad de plantación es de 3.300 cepas por hectárea.

El sistema de conducción será “cordón royat doble”, con una poda en verde para regular los racimos.

Por la densidad del viñedo no se podrá superar el límite máximo de 40.000 yemas por hectárea.

El riego será por goteo y se aplicará teniendo en cuenta las condiciones ecológicas de la añada y el momento del ciclo vegetativo.

Su finalidad será complementar las precipitaciones para satisfacer las necesidades hídricas de las plantas cuando sea necesario.

En la aplicación del riego se distinguen tres fases

En principio, las necesidades de agua en esta fase, se cubren por la propia naturaleza (precipitaciones, reservas del suelo).

En caso de llegar a la brotación sin agua suficiente, se emplearía el riego hasta conseguir capacidad de campo del suelo.

Fase 2: Cuajado a envero.

En esta fase de multiplicación celular en la baya, el riego será de razonamiento moderado.

Fase 3. Envero a madurez.

En los veinte días anteriores a la vendimia no debe regarse, a no ser que exista un déficit hídrico muy intenso que haga peligrar la supervivencia de la planta.

La distribución hídrica también se hará de forma semanal.

La fertilización, como el riego, se aplicará con el fin de mantener el equilibrio vegetativo de las plantas debiendo ser acorde con sus rendimientos, evitando un exceso de vigor durante el periodo de desarrollo de los frutos.

Las labores de mantenimiento del suelo tendrán como finalidad la conservación de la estructura y la lucha contra la erosión, facilitando la infiltración de las precipitaciones y evitando las escorrentías.

En determinados periodos de primaveras lluviosas, se sustituirán las labores de arada por la siega de las hierbas adventicias de las calles.

La sanidad de la vid se mantendrá con criterios de lucha integrada, para lo cual los tratamientos se aplicarán tras un análisis previo de la situación, teniendo en cuenta el ciclo y el umbral de los daños de los agentes patógenos y el menor impacto posible en el medio ambiente.

Tras el cuajado de los frutos se realizarán controles de previsión de cosecha y, cuando se detecte que ésta puede superar los rendimientos máximos establecidos, se procederá al aclareo de racimos.

Solo se destinarán a vino de pago las uvas sanas y en perfecto estado de madurez, para lo cual se realizará desde el envero controles periódicos de su evolución. Tras la vendimia la vinificación será inmediata.

 

Prácticas enológicas específicas:

Vendimia:

La vendimia será mecánica (siempre escogiendo las temperaturas mínimas diarias).

Por norma general el horario de vendimia será de las 00.00 horas a las 10.00 horas, por lo que se considerará una vendimia nocturna. Solamente se aplicará la vendimia manual en añadas y elaboraciones en las cuales la vendimia mecánica no permita realizar en el viñedo una selección de las distintas calidades.

El Grado alcohólico volumétrico natural mínimo será de:

a) Tinto “joven”, rosado y tinto “barrica”: 12,00% vol.

b) Tinto “crianza” y “Tres de 3000”: 13,00% vol.

Fermentación alcohólica:

Al estar el viñedo junto a la bodega, la vinificación de las uvas se llevará a cabo de forma inmediata tras la vendimia. La vinificación de cada variedad se hará por separado.

a).Para el tinto:

Se realizará una maceración pre-fermentativa que durará de 5 a 7 días.

La fermentación alcohólica durará de 10 a 12 días y en ella se controlará continuamente la temperatura, que en este caso deberá estar comprendida entre 24º y 26ºC.

Igualmente se llevará el control diario de la densidad de los mostos-vino.

b) Para el rosado:

Se hará una maceración pelicular en frío durante 10 horas. La fermentación alcohólica durará de 10 a 12 días y en ella se controlará continuamente la temperatura, que en este caso estará comprendida entre 14º y 16ºC. Igualmente se llevará el control diario de la densidad de los mostos-vino.

Posteriormente, para los tintos «Crianza» y «Tres de 3000» se realizará una maceración postfermentativa

con los hollejos.

Prensado:

Para las operaciones de prensado se utilizarán únicamente prensas hidráulicas y neumáticas, obteniéndose un máximo de 70 litros de vino por cada 100 kilogramos de uva.

En esta fase, antes de iniciarse la fermentación maloláctica, se podrá realizar una microoxigenación, para evitar trasiegos y bombeos innecesarios, hasta dosis máximas de 5 mg/l.

Las barricas serán de roble de procedencia francesa, americana y de Europa del Este, de entre 225 y 300 litros de capacidad.

Elaboración de los diferentes subtipos de vino:

a).Tinto «Joven»:

Mezcla de las cuatro variedades que vienen cultivándose en el pago de «Aylés»

(Garnacha Tinta, Merlot, Tempranillo y Cabernet-Sauvignon).

b) Tinto «Barrica»:

Elaborado a partir de una mezcla entre las cuatro variedades anteriores, con un ensamblaje en proporciones variables y con una permanencia en barrica entre 4 y 6 meses.

c) Tinto «Crianza»:

Elaborado a partir de Merlot, Cabernet-Sauvignon y Tempranillo.

Sometido a un proceso de crianza en barrica que oscila entre 6 y 12 meses, permaneciendo el tiempo restante hasta 24 meses en botella.

d) «Tres de 3000»:

En él intervienen los viñedos de parcelas seleccionadas de Merlot, Cabernet- Sauvignon y Garnacha.

Permanece en una selección de barricas durante 12 meses, las cuales serán un 75% barricas nuevas y un 25% barricas de segunda llenada.

e) Rosado:

Obtenido mediante el método de sangrado a partir de las variedades tintas que en cada añada determine el departamento técnico.

 

4. DEMARCACIÓN DEL ÁREA GEOGRÁFICA

 

El área de la finca «Aylés» susceptible de contener viñas que produzcan vino de pago comprende

las siguientes parcelas del término municipal de Mezalocha (Zaragoza):

Polígono 16:

Parcela 2, recintos 1,3,5,7,8,9,10,12,21,36,37

Parcela 3, recinto 1

Parcela 4, recinto 1

Parcela 12, recintos 4,16,17,18,19,20,33,39,40,45,47,48,50,51,53,55,56,57

Parcela 13, recinto 23

Polígono 19:

Parcela 212, recinto 1

Parcela 213, recintos 1 y 3

Parcela 214, recintos 1 y 4.

Los recintos se corresponden a las referencias del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

 

5. MÁXIMO RENDIMIENTO

 

La producción máxima admitida por hectárea será de 8.000 kg/ha de uva.

La producción máxima admitida por hectárea será de 56 hectolitros de vino.

 

6. VARIEDAD DE UVA O VARIEDADES

 

Garnacha Tinta, Tempranillo, Cabernet Sauvignon y Merlot.

 

7. VINCULO CON EL ÁREA GEOGRÁFICA

 

a) Características de la zona geográfica.

HISTÓRICO:

«Aylés» es una finca agraria de 2.703 hectáreas situada en el término municipal de Mezalocha (Zaragoza), incluida en la zona delimitada de la Denominación de Origen “Cariñena”.

Antiguo señorío propiedad de la Orden del Císter y de notables aragoneses como el primer Justicia de Aragón o el Marqués de Tosos, su nombre se viene reseñando desde 1165.

La existencia de vid en «Aylés» se conoce desde principios del siglo pasado, si bien documentalmente la primera referencia es un plano parcelario de 1940, donde se encuentra un extenso viñedo plenamente conformado, precisamente en los campos donde hoy día se halla el viñedo más antiguo de la finca, en el Monte Blanco.

En los ficheros catastrales consta una referencia de 1953, relativa al Monte Blanco, donde Joaquín Felipe Martín, dueño de la finca, deja constancia de que es propietario de viñas en la finca (polígono 16, parcelas 42 y 44).

El vino de esta finca, al tratarse de una unidad productiva, en la comercialización siempre ha llevado el nombre de «Aylés».

 

NATURAL:

La zona de producción destinada a la elaboración de vino de pago «Aylés» se encuentra dentro de la cuenca del Ebro, en la subcuenca del río Huerva, que la cruza de Sur a Norte.

Predomina la presencia de calizas, margas y conglomerados.

Los suelos tienen unas pendientes entre el 1-4 %, con una erosión baja-media y un relieve plano (+ cóncavo y convexo...).

En esta zona no hay problemas apreciables de pedregosidad.

La fracción fina de estos suelos es dominante, y los tamaños predominantes de los elementos gruesos es inferior a 1-2 cm.

En cuanto a la clasificación de los suelos por unidades taxonómicas USDA (UnitedStatesDepartment of Agriculture, 2003), pertenecen al grupo haploxeralf, el más interesante para el cultivo de la viña.

Está caracterizado por un horizonte argílico (Bt) en un perfil bastante uniforme, y la nutrición y la alimentación hídrica de la viña se encuentran favorecidas.

Los suelos de la explotación contienen carbonato cálcico en proporciones muy importantes, entre un 25 y un 50%, y ello se relaciona con una buena agregación en los horizontes superiores.

El carbonato cálcico es importante como fuente de calcio y además la vid tiene exigencias específicas respecto a él.

La caliza activa es del más alto interés por cuanto es indispensable para una acertada elección del portainjerto, evitando la clorosis de las variedades de vitis vinífera injertada, a la vez que se considera como un factor de calidad a tener en cuenta.

Estos suelos se caracterizan por un índice equilibrado de caliza, lo que se traduce en vinos alcohólicos y de calidad excelente.

En la finca «Aylés» no existen ni problemas de salinidad ni de alcalinidad. Los valores son bajos y medio bajos en la mayor parte de la finca.

En cuanto a la clase textural de los suelos, se observa una importante homogeneidad con predominio de las clases francas, francoarcilloarenosas y francoarcillosas.

En esta homogeneidad hay una situación ventajosa importante: no existen texturas contrastantes (uniformidad del perfil).

En el caso de la finca «Aylés» la mayoría de los valores de la arcilla del horizonte superficial están entre el 25 y el 35%.

Los suelos arcillosos en valores inferiores al 45% permiten aportar vinos ricos en extractos, bien coloreados, aromáticos y de acidez correcta, y es en esas superficies donde se encuentran los viñedos de «Aylés».

Se han estudiado el Fe, Mn, Cu, Zn y B. Si exceptuamos el boro, los demás oligoelementos presentan niveles medios y bajos en los suelos de la finca.

El clima de la zona se caracteriza por precipitaciones medias anuales no demasiado abundantes, entre 350 y 550 mm, con un régimen pluviométrico estacional con máximos equinocciales y la estación más seca es la de verano.

Con temperaturas medias entre 13º y 15ºC, con notoria amplitud térmica anual y diaria, y heladas frecuentes, aunque pocos meses con temperaturas medias mensuales por debajo de los 6ºC.

Según Martín Vidé y Olicna (2001), puede clasificarse el clima como mediterráneo continental, y según la clasificación de Capel Molina como templado frío continental con estación seca.

La temperatura media anual del suelo a 50 cm es superior a 15ºC pero inferior a 22ºC y la diferencia entre las medias de verano e invierno supera los 5ºC.

Del mismo modo, el régimen de humedad xérico supone que el suelo está seco al menos la mitad de los días en los que la temperatura del suelo es superior a 5ºC, está seco más de 45 días consecutivos durante los 4 meses siguientes al solsticio de verano y está húmedo más de 45 días consecutivos durante 4 meses siguientes al solsticio de invierno.

 

b) Características del producto.

Partiendo del estudio realizado por el «Laboratorio de Análisis del Aroma y Enología» del Departamento de Química Analítica de la Universidad de Zaragoza, dirigido por el catedrático D. Juan Cacho, se pueden establecer las diferencias de los vinos de «Aylés» respecto a los de su entorno, basándose dicha distinción en el vínculo entre los vinos y el medio geográfico y climático de la finca «Aylés», como demuestran las analíticas correspondientes.

La diferente composición de los vinos de «Aylés» otorga aromas más intensos en los vinos jóvenes, así como una mayor identificación de la fruta en los crianzas, con respecto a otros vinos del entorno.

Lo anterior se fundamenta en la diferente composición de componentes como, por ejemplo, que:

El vino joven que ha venido produciéndose en las parcelas de la finca «Aylés» presenta contenidos 4 veces inferiores en acetoína, 1.2 veces inferiores en y-nonalactona, 4 veces inferiores en alcohol bencílico y 1.6 veces inferiores en furfurílico.

Por el contrario presenta contenidos superiores en ésteres como el acetato de isoamilo, 2 veces mayor, el decanoato de etilo, 1.6 veces mayor, y el succinato de dietilo, 1.3 veces mayor, (los ésteres contribuyen fuertemente al aroma

frutal de vinos jóvenes y desde los trabajos de Du Plessis (1975) se considera que los ésteres son responsables directos de la calidad de los vinos jóvenes), todo ello respecto a otros vinos de su entorno.

El vino de crianza que ha venido produciéndose en «Ayles» presenta contenidos 1.6 veces inferiores en acetoína, 4 veces inferiores en 4-etil-fenol y 2.5 veces inferiores en 4-etil-guayacol, y contenido más alto en ésteres (2-metil-butirato de etilo 2.5 veces mayor, acetato de isobutilo 1.5 veces mayor, furoato de etilo 1.5 veces mayor, isovalerato de etilo 2.7 veces mayor), y en lactonas (1.4 veces mayor en el vino producido en «Aylés» que en otros vinos).

Se concluye tras el estudio que los vinos producidos en «Aylés» presentan una singularidad específica respecto a los otros vinos del entorno gracias a su composición.

 

c) Interacción causal.

La intersección de los diferentes mapas de los factores del medio estudiados (clima y litología) y las conclusiones del apartado de suelos permiten concluir la gran especificidad del medio en la finca «Ayles», dando lugar a vinos con un carácter diferenciado.

La singularidad de las parcelas que constituyen la finca «Aylés» juega un efecto ligado a lo que se denomina «terruño», sobre todo en aquellas situaciones de suelos de media-baja fertilidad y con un buen drenaje. Una materia orgánica media baja (0,75-1,5 %) en la mayor parte de los suelos y un suelo pobre en nitrógeno (<1 por 1000) pero con una relación C/N adecuada (>10%) dan lugar a vinos ricos en extracto y en antocianos.

Los débiles contenidos de elementos en las capas superficiales del suelo favorecen la extensión de las raíces en profundidad; este enraizamiento profundo permite una mayor regularidad en la alimentación de agua de la viña y, desde este punto de vista, los débiles contenidos en elementos se considera como un factor de calidad. También cabe destacar que la capacidad de intercambio catiónico (CIC) presenta un valor medio-alto (10-25 cmol+/kg arcilla y/o

materia orgánica).

Estas características se reflejan en vinos equilibrados, sin resultar ácidos, y en la mejor expresión de aromas frutales y florales. Asimismo, la importante diferencia de temperatura díanoche disminuye la velocidad de maduración y aumenta la síntesis de aromas y polifenoles.

 

8. REQUISITOS APLICABLES

 

a) Marco legal

Legislación nacional:

ORDEN de 25 de julio de 2009, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se reconoce, con carácter provisional, el vino de pago «Aylés»

ORDEN de 26 de septiembre de 2011, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se adopta una decisión favorable al reconocimiento del vino de pago Aylés y se aprueba su normativa específica.

 

Registros de la denominación:

a) Registro de viñas

b) Registro de bodegas

c) Registro de etiquetas

 

b) Requisitos adicionales

i) Elaboración

Excepción a la elaboración en la zona geográfica delimitada:

Al ser vino de Pago, al delimitar la zona, no se hizo una demarcación municipal sino que se delimitó por polígono/parcela/recinto (por referencia sigpac).

Por ello, el recinto donde está situada la bodega de elaboración, al lado de las viñas, al no tener uso agrícola, no se incluyó en la relación de polígono/parcela/recinto, puesto que la norma técnica se redactó enumerando la clasificación

sigpac de las tierras agrícolas donde se pueden cultivar las viñas que producen el vino protegido.

Ahora, acogiéndonos al artículo 6.4.a) del Reglamento (CE) nº 607/09 de la Comisión, se especifica que el vino se puede elaborar en la bodega de la finca Aylés, situada en las inmediaciones de la zona delimitada.

 

ii) Envasado

El vino será embotellado en las instalaciones bodegueras ubicadas en el pago.

Este proceso evitará al máximo todos los procesos mecánicos, tales como filtraciones, trasiegos, bombeos, u otros similares ya que todos ellos van disminuyendo poco a poco la calidad de los vinos.

Se considera que el potencial de estos vinos está intrínsecamente ligado a su lugar de origen, al sitio en el que se elaboran.

Así pues, será de vital importancia que todos los procesos que tengan algo que ver en la calidad del producto se realicen dentro de la propia bodega, evitando de esta manera posibles pérdidas cualitativas derivadas de acciones como bombeos innecesarios, transportes, u otros similares.

 

iii) Etiquetado

Los términos tradicionales que pueden utilizarse en los vinos amparados son:

Término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1a) del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007: “Vino de Pago

Términos tradicionales, a los que se refiere el artículo 118 duovicies.1b) del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007:

“Crianza”,

“Reserva”,

“Gran Reserva”,

“Añejo”,

“Noble”,

“Clásico”,

“Rancio”,

“Superior”

“Viejo”.

 

9. COMPROBACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLIEGO

 

a) Organismo de control

La verificación del cumplimiento de lo especificado en el presente pliego de condiciones corresponde a:

Nombre

LGAI TECHNOLOGICAL CENTER, S.A.

Dirección Ctra. de acceso Facultad de Medicina, s/n

08193-Bellaterra (Barcelona)

Teléfono (34) 93 567 2000

 

b) Tareas

i) Ámbito de aplicación de los controles

Auditoria

Durante la auditoría de certificación el auditor verificará todos los puntos de control aplicables y realizará:

ı Inspecciones “in situ” (campo, instalaciones)

ı Revisión documental

ı Toma de muestras

ı Sistema de calidad

La frecuencia de control será generalmente de carácter anual, aunque dicha frecuencia se podrá aumentar según lo estime la entidad de certificación.

El momento de la auditoría se realizará cuando el producto a certificar se esté manipulando, elaborando o bien próximo a la recolección en el caso de certificaciones vegetales.

 

ii) Metodología de control

Programa de muestreo

En los casos en los que se requiera, LGAI TECHNOLOGICAL CENTER S.A. tomará muestras de producto para su análisis, que serán remitidas a laboratorios acreditados bajo la Norma UNEEN- ISO/IEC 17025.

 

 

 

 

 

 

CALATAYUD

D.O.

Orden de 6 de mayo de 2009

Resolución de 27 de mayo de 2010, de 2010

(fonte BOE)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN “CALATAYUD”

Orden de 20 de abril de 2012

(fonte BOA )

 

1) NOMBRE QUE SE DEBE PROTEGER

 

Denominación de Origen Protegida “Calatayud”

Quedan protegidos por la Denominación de Origen Protegida “Calatayud” los vinos que tengan las características definidas en este pliego de condiciones y que cumplan en la producción, la elaboración, la crianza, la designación y la comercialización todos los requisitos que se exigen en este pliego de condiciones y en el resto de la legislación vigente

 

2) DESCRIPCIÓN DEL VINO

 

a) Características analíticas del producto

vino blanco:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 10,50% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 180 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 240 mg/l;

 

Vino rosado:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 11,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 180 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 240 mg/l;

 

Vino tinto:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 12,50% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 150 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 180 mg/l;

 

Vino naturalmente dulce y vendimia tardia:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 13,00% vol.;

Grado alcohólico total: mayor de 15,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 15 meq/l o 0.90 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: blanco 180 mg/l, tinto 150 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: blanco 240 mg/l, tinto 180 mg/l;

 

Vino Calatayud superior:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 14,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l.

Acidez volátil máxima (ác. acético): 15 meq/l o 0.90 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 150 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 180 mg/l;

índice de polifenoles totales: no inferior a 60.

Intensidad Colorante mínima: 12 u.a. (suma de las absorbancias a 420, 520 y 620 nanómetros) para el vino inmediatamente antes del proceso de embotellado.

 

a.2. Vinos espumosos de calidad

Grado alcohólico adquirido mínimo: 10.50% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l.;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 10.83 meq/l o 0.65 g/l

Anhídrido sulfuroso máximo: 160 mg/l

Anhídrido carbónico mínimo total de 3.50 bar, o 3,00 bar para botellas de 25 cl

 

a.3. Vinos de licor

Grado alcohólico adquirido mínimo: mayor o igual a 15,00% vol y menor o igual a 22,00 % vol

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l.

Acidez volátil máxima (ác. acético): 15 meq/l o 0.90 g/l

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior o igual a 5,00 g/l: 150 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 200 mg/l;

Grado alcohólico total: mayor o igual a 17.50.

 

a.4. Vinos de aguja

Grado alcohólico adquirido mínimo: 7,00% vol.

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l.

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: blancos y rosado 180mg/l y tintos 150mg/l

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: blancos y rosado 240mg/l y tintos 180mg/l

Grado alcohólico total: mayor de 9,00% vol.

Anhídrido carbónico mínimo total: mayor o igual a 1,00 bar y menor o igual a 2.50 bar

 

Contenido máximo en azúcares reductores:

Para los vinos blancos, rosados y tintos secos, blancos con maceración carbónica, tintos con maceración carbónica y vendimia tardía:

su contenido en azúcar no es superior a

4,00 gramos por litro, o 9,00 gramos por litro cuando el contenido de acidez total expresada en gramos de ácido tartárico por litro no sea inferior en más de 2,00 gramos por litro al contenido en azúcar residual.

Para los vinos semisecos:

su contenido en azúcar excede el máximo previsto anteriormente pero no excede: 12,00 gramos por litro, ó 18,00 gramos por litro, cuando el contenido de acidez total expresada en gramos de ácido tartárico por litro no sea inferior en más de 10,00 gramos por litro al contenido en azúcar residual.

Para los vinos semidulces:

su contenido en azúcar es superior al máximo previsto anteriormente pero no es superior a 45,00 gramos por litro.

Para los vinos dulces y naturalmente dulces:

Su contenido en azúcar es igual o superior a 45,00 gramos por litro.

 

b) Características Organolépticas

Las características organolépticas de los vinos de Calatayud se describen a continuación según el tipo de vino:

Vino blanco:

Fase visual: Colores amarillos pálido pajizo, limpio, brillante, con posibles tonalidades verdosas.

Fase olfativa: Aromas primarios limpios y frescos, afrutados de intensidad media-alta.

Fase gustativa: Se muestra fresco, sabroso y aromático, ligeramente ácido con un buen equilibrio.

Vino rosado:

Fase visual: Color rosa fresa a frambuesa, brillante y vivo, con irisaciones violáceas.

Fase olfativa: Aromas intensos, muy floral y frutal con recuerdos de fresa, frambuesa, frutos rojos, pétalos de rosa.

Fase gustativa: Fresco, afrutado y con ligera acidez, sabroso, potente.

Vino tinto:

Fase visual: Color rojo cereza, granate oscuro o cereza picota, limpio de capa media, con matices violáceos en el borde, signo de juventud.

Fase olfativa: Aromas limpios, afrutado intenso varietal con notas florales.

Fase gustativa: Sabroso, carnoso, con buen equilibrio acidez/grado. Tanino suave y largo postgusto.

Vino blanco de maceración carbónica:

Fase visual: Color amarillo pálido con tonalidades verdosas o ambarinas.

Fase olfativa: Aromas florales y frutales frescos de intensidad media- alta.

Fase gustativa: Afrutado, amplio y sabroso, equilibrado en su conjunto.

Vino tinto de maceración carbónica:

Fase visual: Intenso color rojo cereza con tonos granates en el borde, bien cubierto.

Fase olfativa: Fruta fresca, fruta roja, floral, lacteados.

Fase gustativa: Intensidad media, equilibrado, postgusto frutal.

Vinos semisecos, semidulces y dulces:

Fase visual (según sean blancos, rosados o tintos respectivamente): Colores amarillos, rosáceos y rojos frescos, con matices verdosos, violáceos y rojos que denotan juventud.

Fase olfativa: Aromas limpios, francos, intensos.

Fase gustativa: Sabrosos con un agradable paso por boca mostrando cierto dulzor dependiendo de la categoría y amplia persistencia.

Vinos de licor:

Fase visual (blancos o tintos): Colores amarillos y rojos violáceos, limpios.

Fase olfativa: Aromas limpios, francos, intensos con tonos florales, fruta al licor y amielados.

Fase gustativa: Sabroso, frutal con cierto dulzor, potente en boca y buena acidez.

Vino naturalmente dulce:

Fase visual (blancos o tintos): Colores amarillos y rojos intensos, con matices dorados o violetas.

Fase olfativa: Fruta madura, intenso, fruta escarchada.

Fase gustativa: Sabroso, carnoso, sedoso, graso, dulce.

Vino de aguja:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Colores amarillo y rosáceos con matices verdosos y violáceos.

Fase olfativa: Aromas limpios francos, frutales y florales.

Fase gustativa: Frescos y ligeros con paso fácil por boca y con un punto de carbónico.

Vino espumoso de calidad:

Fase visual: Blancos o rosados con tonos pálidos brillantes. Burbuja de carbónico pequeña y persistente.

Fase olfativa: Aromas intensos, limpios y con suave tonos de ligera reducción de botella.

Fase gustativa: Frescos y equilibrados, con ligera acidez y agradable paso por boca. Limpio en fase retronasal.

Vino de crianza:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Presentan colores amarillentos, rosáceos o rojos vivos con matices verdosos o violáceos que denotan todavía cierta juventud.

Fase olfativa: Aroma limpio de intensidad media alta, franco, intenso, fruta con aromas terciarios procedentes de su paso por barrica.

Fase gustativa: Cuerpo medio o intenso. Sensaciones de fruta madura ensamblados con las notas propias de la madera. En los tintos, los tánicos marcados por su juventud, evolucionan en su paso por botella hasta redondearse. Postgusto largo e intenso.

Vino de reserva:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Presentan colores amarillos, rosáceos y rojizos apagados derivados de su estancia en barrica virando hacia tonos dorados, ocres y anaranjados.

Fase olfativa: Recuerdo de frutas maduras bien ensambladas con las notas tostadas de la madera, con un buen bouquet.

Fase gustativa: Cuerpo medio. Notas propias de la madera con recuerdo a frutas maduras.

Taninos pulidos. Suaves y aterciopelados, con largo postgusto.

Vino de gran reserva:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Denotan colores amarillentos, rosáceos o rojizos con tonos mates, con ribetes de anaranjados a teja para los tintos.

Fase olfativa: Gran complejidad, aromas limpios, de mediana intensidad, destacando los aromas terciarios propios de la crianza.

Fase gustativa: Cuerpo medio. Complejos.

Notas propias de la crianza con recuerdo de frutas maduras. Con elevada persistencia.

Vino añejo:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Presentan colores que varían de los amarillos, rosáceos o rojos tornándose en tonalidades mates, colores ocres y anaranjados debidos a su permanencia en barrica.

Fase olfativa: Aroma franco, amplio.

Fase gustativa: Ligero, suave con un retrogusto largo.

Vino Roble:

Fase visual (blancos o tintos): Muestran desde el rojo granate que puede tener tonos violáceos para tintos hasta los amarillos dorados para blancos. Limpio y brillante.

Fase olfativa: Aromas limpios de intensidad media, de frutas rojas y/o aromas florales, con recuerdos de madera.

Fase gustativa: Intensidad media, equilibrados y moderadamente tánicos con recuerdos de su permanencia en madera.

Vino Noble:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Colores amarillentos, rosáceos o rojo rubí con evolución a tonalidades anaranjadas.

Fase olfativa: Aroma limpio de media intensidad. Recuerdos de su estancia en barrica.

Fase gustativa: Cuerpo medio. Sensaciones de fruta madura ensamblados con notas propias de la madera. Postgusto largo e intenso.

Vendimia tardía:

Fase visual: Colores que van de los amarillos dorados para los blancos a los morados oscuros con tonos rubís para los tintos.

Fase olfativa: Intenso, floral, fresco, compartiendo la dulcedumbre de la fruta con los aromas aportados por el roble en los vinos pasados por barrica.

Fase gustativa: Amplio en boca, sedoso, untuoso, sabroso, muy persistente.

Vino Calatayud Superior:

Fase visual: Color de rojo cereza picota a rojo rubí, de capa alta, aspecto limpio y brillante.

Fase olfativa: Aroma profundo, con notas frutales y balsámicos, mineral, tostados y especias.

Fase gustativa: Complejo, afrutado con toques balsámicos y postgusto muy largo.

 

3) PRÁCTICAS ENOLÓGICAS ESPECÍFICAS

 

a) Prácticas de cultivo

La densidad de la plantación será de 1.300 cepas por hectárea, como mínimo y de 4.500 cepas por hectárea, como máximo, distribuidas uniformemente en toda la superficie de plantación.

Los sistemas de poda serán los siguientes:

a) El tradicional sistema de poda en vaso.

b) En espaldera:

1) con cordón simple o doble;

2) con vara y pulgar.

Cuando sea necesario para mantener el equilibrio de potencial vegetativo de la planta con el ecosistema clima-suelo, el Consejo Regulador podrá autorizar el riego de las viñas estableciendo la forma y condiciones, así como las modalidades de aplicación.

Para los vinos “Calatayud Superior”, la vendimia se realizará en cajas adecuadas para su transporte.

 

b) Prácticas enológicas especificas

La vendimia se realiza, dedicando exclusivamente a la elaboración de vinos protegidos las partidas de uva sana, con el grado de madurez necesario, que tengan

un contenido en azúcar igual o superior a 170 gramos/litro de mosto,

y separando toda aquella que no esté en perfectas condiciones.

Se aplicarán presiones adecuadas para la extracción del mosto o del vino y su separación de los orujos, de forma que el rendimiento no sea superior a 70 litros de vino por cada 100 kilogramos de uva.

 

Elaboración de los diferentes subtipos de vino:

a).Vinos de licor:

se realizan exclusivamente con las variedades Moscatel de Alejandría, Macabeo y Garnacha Tinta, cuyas uvas, en el momento de la vendimia, deberán tener

un grado alcohólico volumétrico natural no inferior a 12,00% vol.

b) Vino “naturalmente dulce”:

deberá elaborarse con uva sobremadurada sin aumento artificial de su graduación y con el alcohol procedente en su totalidad de la fermentación, con un grado alcohólico natural superior a 15,00% vol.

c) Los vinos espumosos de calidad:

tendrán un proceso de elaboración y crianza, desde la segunda fermentación hasta la eliminación de las lías inclusive, en la misma botella en la que se ha efectuado el tiraje, y deberán cumplir los siguientes requisitos:

La duración del período de tiraje hasta el degüelle será como mínimo de nueve meses.

El licor de tiraje deberá cumplir lo establecido en el Anexo II, letra C, apartado 4 del Reglamento (CE) nº 606/2009 de la Comisión, de 10 de julio de 2009, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 479/2008 del Consejo en lo relativo a las categorías de productos vitícolas, las prácticas enológicas y las restricciones aplicables.

Sólo se podrá emplear este tipo de vino para el relleno de las botellas en el momento del degüelle.

d) La “vendimia tardía”:

deberá presentar un grado alcohólico natural superior a 15,00% vol.

e) Vino roble:

Blanco:

Periodo mínimo de crianza: > 45 días en barricas de roble de 600 l. de capacidad máxima.

Tinto:

Período mínimo de crianza: > 90 días en barricas de roble de 600 l. de capacidad máxima.

f) Vino Calatayud Superior:

vino tinto de alta expresión, en cuya elaboración se utilizarán

uvas de Garnacha Tinta pertenecientes a viñedos de más de 50 años de edad

y con unas producciones que no superen de media los 3.500 Kg/ha.

En la composición del vino entrará un 85% mínimo de vino de la variedad Garnacha Tinta y el 15% restante podrá incluir vino de otras variedades tintas autorizadas.

Los vinos amparados bajo este calificativo deberán cumplir lo siguiente:

Deberán permanecer un periodo mínimo de 6 meses en barrica.

El tiempo mínimo desde el inicio de la elaboración del vino hasta su comercialización se fija en 10 meses.

g) Viñas viejas:

los vinos amparados bajo este calificativo deberán proceder de viñedos con edad superior a 35 años

y cuya producción máxima admitida sea 4.500 Kg/ha.

 

c) Restricciones

No se podrán utilizar técnicas de precalentamiento de la uva o calentamiento de los mostos o de los vinos en presencia de los orujos, tendentes a forzar la extracción de la materia colorante.

El inicio del cómputo del período de envejecimiento de los vinos en barrica no podrá contabilizarse, en ningún caso, antes del día 1 del mes de diciembre del año de la cosecha.

 

4) DEMARCACIÓN DE LA ZONA GEOGRÁFICA

 

D.1. La zona geográfica está constituida por:

a) la zona de producción, y

b) la zona de elaboración, envejecimiento y embotellado.

D.2. La zona de producción de la denominación de origen está constituida por los terrenos que el Consejo Regulador considere aptos para la producción de uva de las variedades que se indican en esta norma, con la calidad necesaria para producir vinos de las características específicas de los protegidos por la denominación, ubicados en los términos municipales de

Provincia de Zaragoza:

Abanto, Acered, Alarba, Alhama de Aragón, Aniñón, Ariza, Atea, Ateca,  Belmonte de Gracián, Bubierca, Calatayud, Cárenas, Castejón de las Armas, Castejón de Alarba, Cervera de la Cañada, Cetina,  Clarés de Ribota, Codos, El Frasno, Fuentes de Jiloca,  Godojos, Ibdes, Jaraba, Maluenda,  Mara, Miedes, Monterde, Montón, Morata de Jiloca, Moros, Munébrega, Nuévalos,  Olvés, Orera, Paracuellos de Jiloca, Ruesca,  Sediles, Terrer, Torralba de Ribota, Torrijo de la Cañada,  Valtorres, Velilla de Jiloca, Villalba del Perejil, Villalengua, Villarroya de la Sierra, La Vilueña.

 D.3. Cualquier modificación que se produzca en los límites de los términos municipales incluidos en la zona de producción no llevará aparejada la baja en el Registro de viñas de los viñedos afectados que se hallen inscritos a la entrada en vigor de la presente norma técnica.

D.4. Cualquier modificación de la zona geográfica deberá basarse en los factores naturales y humanos, en su caso, y en las características edáficas y climáticas.

D.5. La zona de elaboración, envejecimiento y embotellado de los vinos protegidos es la formada por los términos municipales citados en el apartado D.2.

 

5) RENDIMIENTO MÁXIMO

 

La producción máxima admitida por hectárea será de

7.000 kg/ha de uva, para las variedades tintas,

8.000 kg/ha para las variedades blancas.

El rendimiento máximo de vino por hectárea será de

49,00 hl/ha para vinos de variedades tintas,

56,00 hl/ha para vinos de variedades blancas.

 

6) VARIEDAD O VARIEDADES DE UVA DE LAS QUE PROCEDE EL VINO

 

La elaboración de los vinos protegidos por la DOP Calatayud se realizará exclusivamente con uvas de las variedades autorizadas siguientes:

Tintas:

Garnacha Tinta, Tempranillo, Bobal, Mazuela, Monastrell, Syrah. Cabernet Sauvignon y Merlot.

Blancas:

Garnacha Blanca, Macabeo, Malvasía, Moscatel de Alejandría, Sauvignon Blanc, Chardonnay, Gewürztraminer.

 

7) VÍNCULO CON LA ZONA GEOGRÁFICA

 

a) Área geográfica

1.- FACTORES HUMANOS

El cultivo de la vid en la zona se remonta al siglo II antes de Cristo, confirmado con el hallazgo de un lagar en el pueblo Celtíbero de Segeda –de gran importancia en la guerra numantína-, situado entre los términos municipales de Belmonte de Gracián y Mara.

La primera referencia escrita sobre la gran calidad de los vinos de la Comarca se remonta al siglo I y su autor es Marco Valerio Marcial, historiador que nació en la ciudad romana de Bílbilis.

Bilbilis Augusta fue una ciudad floreciente en su época y en sus cercanías los árabes fundaron la actual Calatayud.

Los romanos desarrollaron la vid, los musulmanes la abandonaron y los cristianos volvieron a destacar su importancia durante la reconquista como cultivo colonizador.

Es razonable pensar que la orden del Cister promovió la plantación de la vid en esta zona y tuvo mucho que ver con su desarrollo ya que en su regla aparece detallado el consumo de vino y con ello su necesidad: “los semaneros, antes de la única comida, tomarán un vaso de vino con pan, además de la ración normal”.

A finales del siglo XII los monjes cistercienses fundaron el Monasterio de Piedra, un poco más tarde que el de Veruela, y sus antiguas bodegas dan fe de la importancia de la vid en las tierras de su entorno.

En el siglo XVIII Jordán de Asso, al hablar del partido de Calatayud, menciona especialmente el regadío de las vegas del Jalón, Jiloca, Manubres, Ribota, etc. que alcanzaba una superficie de 13.239 cahizadas, equivalente a unas 5.000 ha, cifra muy importante en aquella época.

Este autor habla también de “las grandes plantaciones de viñas que se han hecho en las tierras de Calatayud”, con una producción de 10.000 alqueces de vino en Calatayud y 15.000 en Ateca y 9.000 cántaros en Ariza, que con las medidas actuales serían 48.960 hectolitros, destinados al consumo de la zona.

Con la llegada de la filoxera a Francia los viñedos se extendieron hasta superar las 44.000 ha de las 85.500 existentes en toda la provincia de Zaragoza. Sin duda las buenas comunicaciones ferroviarias de Calatayud favorecían las exportaciones de vino y, en consecuencia, el cultivo de la vid.

Tras aparecer en España la filoxera, se volvió a plantar de nuevo la vid pero con menos intensidad: de las 44.650 ha de Zaragoza en 1922, sólo 11.600 estaban en Calatayud, pasando por tanto de tener el 50% del viñedo provincial al 26%.

Después de la guerra civil se volvió a recuperar el viñedo hasta las 21.200 ha de los años 70, pero esta superficie sólo representaba el 21 % porque toda la provincia de Zaragoza tenía 97.000 ha, Ateca, Ibdes y Villarroya cultivaban unas 2.000 ha y Aniñón, Cervera y Munébrega entre mil y mil quinientas y el resto de municipios, superficies más modestas.

En los años 70 el mercado demandaba vinos con mucho grado y color y, mientras otros vinos de zonas limítrofes tenían entre 16 y 18 grados, los de Calatayud no superaban los 12-13.

Ya en 1978 se decía al respecto (Los vinos de Aragón, Ed. Librería General): “Lo que para muchos pudiera parecer que estos caldos (los de Calatayud) desmerecen frente a los anteriores, se compensa con el mayor equilibrio que poseen, propiciado por un cultivo de menor rendimiento que por ello proporciona mayor calidad a los mostos. Al tener menos cuerpo y extracto, resultan excelentes vinos, quizás los mejores de Aragón, a lo que contribuye su menor contenido en ácido tartárico y su acidez característica debida al ácido láctico que se produce en la fermentación maloláctica”.

En 1989 se reconoció la Denominación de Origen Calatayud pasando a embotellar los vinos de forma generalizada y abandonando la elaboración de vinos para la venta como graneles.

 

2.- FACTORES NATURALES

La Denominación de Origen “Calatayud” está localizada en las estribaciones del sistema Ibérico, en la parte más suroccidental de la provincia de Zaragoza. La superficie de viñedo se distribuyen en 46 municipios de una zona enmarcada por las formaciones montañosas que se desprenden del macizo del Moncayo y que se organiza alrededor de una compleja red fluvial formada por los afluentes del Ebro: Jalón, Jiloca, Manubles, Mesa, Piedra y Ribota.

En la actualidad la Denominación comprende de 3.500 hectáreas de viñedo siendo cultivadas por 900 viticultores.

 

Edafología

La zona vitícola DO “Calatayud” está relacionada con la depresión homónima, al suroeste de la provincia de Zaragoza y perteneciente a la Depresión del Ebro.

La formación y evolución morfológica de la depresión de Calatayud determinan una topografía del relieve directamente vinculada a estas tres unidades más importantes: las sierras exteriores, el interior de la fosa y el piedemonte o somontano.

En cuanto a los relieves positivos, más enérgicos, de las sierras existen dos diferencias importantes: mientras las de origen paleozoico (Sierra Virgen, Sierra Vicort...) son elevaciones de materiales difíciles de alterar (cuarcitas y pizarras), las mesozoicas constituidas por materiales más blandos (calizas, margas, yesos...), son más fácil de erosionar y la red fluvial (ríos Mesa y Piedra...) es capaz de labrar en ellas paisajes de gran belleza.

En estas sierras los suelos son difíciles de trabajar con abundante pedregosidad y bajos rendimientos.

El relieve del sector central de la depresión presenta acumulaciones de: arcillas, margas, yesos y calizas duras. Los materiales blandos fueron erosionados en el cuaternario, pero los materiales duros resistieron el desgaste formando muelas o como se denominan en la zona a estas formaciones “castillos”.

Aquí se aprecian suelos pardo-calizos con depósito de diferentes materiales.

Entre estos relieves y las superficies estructurales se desarrollan los sistemas de glacis y terrazas.

Los glacis están formados por materiales pedregoso poco rodados, procedentes de las sierras próximas acompañados en muchos casos de arcillas rojas tipo royal.

Nos encontramos con tierras pardo-rojizas sobre pizarras y cuarcitas con alto contenido en hierro.

Se aprecia como la altitud aumenta desde el centro de la fosa hacia sus márgenes con relieves aislados de altitud positiva en el interior. El viñedo se desplaza hacia cotas elevadas superiores a 550 m e incluso existen parcelas por encima de 1000 m, aunque a pesar de todo, entre 650 y 900 m se encuentra más del 80 % del viñedo.

En general, existe una gran dispersión de viñedo entre el relieve atormentado de sierras y colinas y al mismo tiempo se observa una amplia heterogeneidad de suelos.

En esta zona el cultivo de la vid realiza una labor agroambiental muy importante frenando la erosión, el arrastre y el lavado de los suelos en pendiente, conformando junto con la vegetación y flora espontáneas locales, un entorno natural y paisajístico de gran belleza.

 

Climatología

Como parte del territorio del interior peninsular, el clima de la zona está caracterizado por su continentalidad extrema que hace conformar una unidad climática bien diferenciada dentro del sistema ibérico.

El encajonamiento entre macizos montañosos acentúa los rasgos continentales tendiendo a disminuir por un lado la pluviosidad mientras que por otro lado produce una fuerte continentalidad que se refleja en sus temperaturas.

Las temperaturas y precipitaciones varían desde las más cálidas y bajas del fondo de la fosa hasta las más frías ligeramente superiores a medida que ascendemos.

Se caracteriza por precipitaciones medias anuales entre 300 y 550 mm, con un régimen pluviométrico estacional

con máximos primaverales y otoñales (equinocciales).

Las heladas primaverales son muy frecuentes en el fondo de los valles cerrados y las viñas se situadas en posiciones más altas para escapar de este aire frío.

 

b) Calidad y características del producto debidas fundamental o exclusivamente al medio geográfico.

Los vinos se caracterizan por su alto extracto seco, siendo ricos en taninos y materias colorantes, aroma suave y característico de la variedad y en boca son carnosos, con cuerpo, cálidos y suaves con un perfecto equilibrio en alcohol-acidez. Son vinos sutiles, finos y elegantes, resultando aptos para la crianza o para ser consumidos en su juventud.

Son vinos de terruño con gran personalidad, destacando los vinos tintos elaborados con la variedad garnacha tinta adaptada a esta zona de forma excepcional.

 

c) Nexo causal entre la zona geográfica y las características del producto

El clima continental extremo, con inviernos largos y fríos, veranos calurosos y precipitaciones muy escasas, sumado a las características de los suelos existentes en la zona geográfica otorgan unas señas de identidad a estos vinos siendo vinos con una gran riqueza aromática, concentrados y con rasgos de mineralidad.

La mayor parte del viñedo se encuentra ubicado en zonas de altura en terrenos con elevada pendiente que favorece la aireación del viñedo, de muy difícil mecanización, realizándose la mayoría de las labores de cultivo de forma manual.

El desarrollo de plagas y enfermedades se ve muy limitado ya que las temperaturas nocturnas cortan el ciclo de desarrollo de la mayoría de los hongos.

Durante los fríos días invernales, numerosas puestas de insectos mueren por congelación, reduciendo notablemente el número de individuos para las siguientes generaciones.

Todo esto conlleva un cultivo de la vid de forma muy natural siendo necesario aplicar un bajo número de tratamientos fitosanitarios, obteniéndose así unas uvas sanas y libres de residuos.

En época estival, los viñedos al estar situados en altura, resisten los fuertes calores diurnos y recuperan su lozanía en horas nocturnas para poder sintetizar azúcares en sus hojas a la mañana siguiente.

Las grandes diferencias de temperaturas entre la noche y el día durante la época de maduración generan los precursores de los aromas en la uva.

Estas maduraciones lentas actúan de forma activa en el desarrollo de compuestos fenólicos aportando color y estructura a los vinos y proporcionándoles una larga vida.

Todos estos factores favorecen la obtención de vinos complejos, bien estructurados y elegantes, tal y como se describen en el punto b) y conformando la personalidad de estos vinos producidos con las variedades autorizadas.

 

8) REQUISITOS APLICABLES

 

a) Marco legal

Legislación nacional

Orden de 6 de mayo de 2009 por la que se aprueba la normativa específica de la Denominación de Origen «Calatayud» (BOA Num.91 de viernes 15 de Mayo de 2009).

Registros de la denominación:

a) Registro de viñas.

b) Registro de bodegas (secciones de elaboración, almacenamiento, embotellado y envejecimiento).

c) Registro de Etiquetas.

b) Requisitos adicionales

 

i) Prácticas de cultivo

El Consejo Regulador dictará las normas de campaña necesarias, que prorrogarán su vigencia a sucesivas campañas en tanto no sean modificadas por dicho organismo, en las que podrá determinar la fecha de iniciación de la vendimia

y acordar normas sobre su ordenación y el transporte de la uva vendimiada, para que éste se efectúe sin deterioro de la calidad.

En la categoría de “viñas viejas

la producción máxima admitida será de 4.500 kilogramos por hectárea, y 31,50 hectolitros por hectárea.

 

ii) Locales para Crianza y envejecimiento

Deberán estar exentos de trepidaciones, mantener temperatura constante y fresca durante todo el año, y con estado higrométrico y ventilación adecuados.

La vida útil de las barricas se fija en 8 años.

El periodo de utilización de la barrica para elaborar un vino “Calatayud Superior

no excederá de 2 años desde la fecha de la primera llenada.

 

iii) Envasado

Los vinos calificados “aptos” se comercializarán para el consumidor en los tipos de envase que apruebe el Consejo Regulador, que no perjudiquen su calidad y prestigio.

Con carácter general los envases deberán ser de vidrio de las capacidades autorizadas por la legislación correspondiente.

Excepcionalmente, el Consejo Regulador podrá autorizar otro tipo de envases para usos especiales.

En el caso de vino “Calatayud Superior” el CR seleccionará un tipo de botella única, que deberán utilizar todas las bodegas en los vinos con este calificativo.

El envasado tendrá lugar en la zona geográfica delimitada indicada en el punto 4 del presente Pliego de Condiciones.

Desde siempre se ha contemplado el embotellado de los vinos en las bodegas incluidas en la zona de producción y así se ha venido reflejando en las sucesivas órdenes publicadas.

El principal razonamiento que lleva a considerar este postulado es sin lugar a duda el mantener la calidad y singularidad del vino, evitando fenómenos de oxidorreducción.

Esto se consigue con el embotellado en origen asegurando que las características físicoquímicas y organolépticas se preserven, evitando que en su transporte y embotellado se produzcan contaminaciones y alteraciones que afecten a su composición y a su aroma.

 

iv) Etiquetado

Las etiquetas comerciales, propias de cada firma comercial inscrita, deben ser aprobadas por el Consejo Regulador, en lo que se refiere a los requisitos que se relacionan en este Pliego.

Figurará obligatoriamente en ellas la mención: Denominación de OrigenCalatayud”.

El producto destinado al consumo irá provisto de marchamos de garantía, numerados y expedidos por el Consejo Regulador, que serán colocados en la bodega inscrita de modo que no sea posible una nueva utilización de los

mismos.

En dichos marchamos figurará el logotipo del Consejo que figura a continuación:

Omissis....................................

Los términos tradicionales que pueden utilizarse en los vinos amparados por la DOP “Calatayud” son:

Término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1a) del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007: “Denominación de Origen” o “DO

Términos tradicionales, a los que se refiere el artículo 118 duovicies.1b) del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007:

“Crianza”,

“Reserva”,

“Gran Reserva”,

“Añejo”,

“Noble”,

“Clásico”,

“Rancio”,

“Superior”

“Viejo”.

Las menciones complementarias que se podrán utilizar en el etiquetado son:

Según el método de producción:

“naturalmente dulce”,

“vendimia tardía”,

“maceración carbónica”,

“Roble”,

“fermentado en barrica”,

“parcialmente fermentado en barrica”,

“Calatayud Superior”

“Viñas Viejas”.

Estas menciones se utilizarán en aquellos vinos que cumplan con los requisitos establecidos en los puntos 2 y 3.

 

9) COMPROBACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLIEGO

 

a) Organismo de control

La verificación del cumplimiento de lo especificado en el presente pliego de condiciones corresponde a:

Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida “Calatayud”.

Dirección: Ctra de Valencia, 8. 50300 CALATAYUD (Zaragoza, España)

Teléfono: (34) 976 884 260, Fax: (34) 976 885 912

Correo electrónico: administracion@docalatayud.com

www.docalatayud.com

 

b) Tareas

i) Alcance de los controles

El Consejo Regulador de la DOP “Calatayud”, tiene identificada en su estructura un Organismo de Control, que actúa como entidad de certificación de producto, acreditada en el cumplimiento de la norma específica de referencia (UNE-EN 45011 o norma que la sustituya) y verifica, mediante controles a viticultores y a bodegas, el cumplimiento de los

requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones de la DOP “Calatayud”.

Los controles se completan con la toma de muestras de producto calificado como apto por los operadores, para la realización de ensayos físico-químicos y organolépticos.

 

ii) Metodología de Control

La comprobación se realiza mediante:

control anual de rendimientos de producción

auditorías anuales a las bodegas

toma de muestras de producto para realización de ensayos

La toma de muestras se realiza durante las auditorías, a las bodegas que embotellan vino DOP “Calatayud”.

 

Se realiza por muestreo, aplicando criterios de proporcionalidad en función del tipo de producto y volumen de producción, disponibles en el momento de la auditoría.

CAMPO DE BORJA

D.O.

Orden de 6 de mayo de 2009,

Resolución de 27 de mayo de 2010

(fonte BOE)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN “CAMPO DE BORJA”

Orden de 20 de abril de 2012

(fonte BOA )

 

 

1) NOMBRE QUE SE DEBE PROTEGER

 

Denominación de Origen Protegida “Campo de Borja”

Quedan protegidos por la Denominación de Origen Protegida “Campo de Borja” los vinos que tengan las características definidas en este pliego de condiciones y que cumplan en la producción, la elaboración, la crianza, la designación y la comercialización todos los requisitos que se exigen en este pliego de condiciones y en el resto de la legislación vigente

 

2) DESCRIPCIÓN DEL VINO

a) Características analíticas del producto

a.1. Vinos blancos, rosados y tintos:

 

vino blanco:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 10,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 200 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 250 mg/l;

 

Vino rosado:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 10,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 200 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 250 mg/l;

 

Vino tinto:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 11,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 150 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 200 mg/l;

 

Vino naturalmente dulce:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 13,00% vol.;

Grado alcohólico total: mayor de 15,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 20 meq/l o 1.20 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

Vino tinto: 200 mg/l;

Vino blanco y rosado. 250 mg/l;;

 

Vino vendimia tardia:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 13,00% vol.;

Grado alcohólico total: mayor de 15,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 15 meq/l o 0.90 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: blanco 200 mg/l, tinto 150 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: blanco 250 mg/l, tinto 200 mg/l;

 

Contenido máximo en azúcares reductores:

Para los vinos secos:

su contenido en azúcar no es superior a 4,00 gramos por litro, o 9,00 gramos por litro cuando el contenido de acidez total expresada en gramos de ácido tartárico por litro no sea inferior en más de 2,00 gramos por litro al contenido en azúcar residual.

Para los vinos semisecos:

su contenido en azúcar excede el máximo previsto para los vinos secos pero no excede: 12,00 gramos por litro, ó 18,00 gramos por litro, cuando el contenido de acidez total expresada en gramos de ácido tartárico por litro no sea inferior en más de 10,00 gramos por litro al contenido en azúcar residual.

Para los vinos semidulces:

su contenido en azúcar es superior al máximo previsto para los vinos semisecos pero no es superior a 45,00 gramos por litro.

Para los vinos dulces y naturalmente dulces:

Su contenido en azúcar es igual o superior a 45,00 gramos por litro.

 

a.2. Espumosos de calidad

Grado alcohólico adquirido mínimo: 10,00% vol.

Acidez mínima (ácido tartárico): 60 meq/l o 4.50 g/l.

Acidez volátil máxima (ácido acético): 10.83 meq/l o 0.65 g/l.

Anhídrido sulfuroso máximo: 160 mg/l.

CO2 mínimo total de 3.50 bar, o en caso de botellas de menos de 25 cl 3,00 bar.

 

a.3. Vinos de licor

Grado alcohólico adquirido: mayor o igual a 15,00% vol y menor o igual a 22,00% vol..

Acidez mínima (ácido tartárico): 60 meq/l o 4.50 g/l.

Acidez volátil máxima (ácido acético): 15 meq/l o 0.90 g/l.

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando el contenido en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 150 mg/l

cuando el contenido en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l : 200 mg/l.

Grado alcohólico total: mayor o igual a 17.50 % vol.

 

b) Características Organolépticas

Las características organolépticas de los vinos de “Campo de Borja” se describen a continuación según el tipo de vino:

 

b.1. Vinos blancos, rosados y tintos:

Vino blanco:

Fase visual: límpido, cristalino, amarillo-verdoso

Fase olfativa: floral, frutal, franco

Fase gustativa: fresco, ácido

Vino rosado:

Fase visual: límpido, cristalino, rosa (franco)

Fase olfativa: frutal, floral

Fase gustativa: fresco, ácido, frutal

Vino tinto:

Fase visual: límpido, cristalino, rojo (cereza)

Fase olfativa: frutal, maduro, floral

Fase gustativa: largo, amable, estructurado, carnoso, volumen

Vino tinto de maceración carbónica:

Fase visual: rojo (rubí)

Fase olfativa: intenso, amílico

Fase gustativa: volumen, tanino suave

Vinos semisecos, semidulces, dulces:

Fase visual: De acuerdo a su vino base (según sean blancos, rosados o tintos), presentarán matices verdosos, violáceos y rojos.

Fase olfativa: sin alejarse de la propia de su vino base, con aromas limpios, más intensos.

Fase gustativa: Intensa, agradable paso de boca con cierto dulzor, propio de su nivel de azúcares, con recuerdo a frutas confitadas o desecadas.

Vinos con envejecimiento (crianza, reserva, gran reserva, roble, noble, añejo):

Fase visual: De acuerdo a su vino base (según sean blancos, rosados o tintos), presentarán colores más intensos, con buena capa

Fase olfativa: Aromas de intensos a muy intensos, más complejos, con matices de especias y notas balsámicas, propias de su tiempo de permanencia en contacto con madera.

Fase gustativa: Intensa, tánica y más glicérica que en sus vinos base, con postgusto largo, propio de su nivel de envejecimiento.

Vino naturalmente dulce:

Fase visual: De acuerdo a su vino base (según sean blancos, rosados o tintos), presentarán matices verdosos, violáceos y rojos.

Fase olfativa: sin alejarse de la propia de su vino base, con aromas limpios, más intensos.

Fase gustativa: Intensa, agradable paso de boca con cierto dulzor, propio de su nivel de azúcares, con recuerdo a frutas confitadas o desecadas.

Vendimia tardía:

Fase visual: De acuerdo a su vino base (según sean blancos, rosados o tintos), presentarán matices verdosos, violáceos y rojos.

Fase olfativa: sin alejarse de la propia de su vino base, con aromas limpios, más intensos.

Fase gustativa: Intensa, agradable paso de boca con cierto dulzor, propio de su nivel de azúcares, con recuerdo a frutas confitadas o desecadas.

b.2. Vinos espumosos de calidad:

Fase visual: límpido, cristalino, amarillo

Fase olfativa: frutal, floral

Fase gustativa: ácido, equilibrado, fresco

b.3. Vinos de licor:

Fase visual: De acuerdo a su vino base (según sean blancos, rosados o tintos), presentarán matices verdosos, violáceos y rojos.

Fase olfativa: sin alejarse de la propia de su vino base, con aromas limpios, más intensos.

Fase gustativa: Intensa, agradable paso de boca con cierto dulzor, propio de su nivel de azúcares, con recuerdo a frutas confitadas o desecadas.

 

3) PRÁCTICAS ENOLÓGICAS ESPECÍFICAS

 

a) Prácticas de cultivo

La densidad de la plantación será de 1.500 cepas por hectárea, como mínimo y de 4.000 cepas por hectárea, como máximo, distribuidas uniformemente en toda la superficie de plantación.

 

b) Prácticas enológicas especificas

La vendimia se realiza, dedicando exclusivamente a la elaboración de vinos protegidos las partidas de uva sana, con el grado de madurez necesario, que tengan

un contenido en azúcar igual o superior a 170 gramos/litro de mosto,

y separando toda aquella que no esté en perfectas condiciones.

Se aplicarán presiones adecuadas para la extracción del mosto o del vino y su separación de los orujos, de forma que el rendimiento no sea superior a 70 litros de vino por cada 100 kilogramos de uva.

 

Elaboración de los diferentes subtipos de vino

a).Vinos de licor:

se realizarán exclusivamente con las variedades autorizadas, cuyas uvas, en el momento de la vendimia, deberán tener un grado alcohólico volumétrico natural no inferior a 12,00% vol.

Si se somete a proceso de envejecimiento, el periodo tendrá una duración mínima de veinticuatro meses, de los que dieciocho, como mínimo, serán en envase de roble.

b) Vino “naturalmente dulce”:

deberá elaborarse sin aumento artificial de su graduación y con el alcohol procedente en su totalidad de la fermentación, con un grado alcohólico natural superior a 15,00% vol.

c) Los vinos espumosos de calidad:

tendrán un proceso de elaboración y crianza, desde la segunda fermentación hasta la eliminación de las lías inclusive, en la misma botella en la que se ha efectuado el tiraje, contendrán, como consecuencia de su elaboración especial, gas carbónico de origen endógeno.

Su elaboración se realizará a partir de las variedades autorizadas.

Podrán ser blancos y rosados, y deberán cumplir los siguientes requisitos:

El licor de tiraje deberá cumplir lo establecido en el Anexo II, letra C, apartado 4 del Reglamento (CE) nº 606/2009 de la Comisión, de 10 de julio de 2009, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 479/2008 del Consejo en lo relativo a las categorías de productos vitícolas, las prácticas enológicas y las restricciones aplicables.

La duración del período de tiraje hasta el degüelle será como mínimo de nueve meses.

Sólo se podrá emplear este tipo de vino para el relleno de las botellas en el momento del degüelle.

d) Los vinos con la mención “vendimia tardía”:

deberán presentar un grado alcohólico natural superior a 15,00% vol.

e) Los vinos con la mención “roble”:

Blanco:

Periodo mínimo de crianza superior a 45 días en barricas de roble de 600 l. de capacidad máxima.

Tinto:

Período mínimo de crianza superior a 90 días en barricas de roble de 600 l. de capacidad máxima.

 

c) Restricciones

No se podrán utilizar técnicas de precalentamiento de la uva o calentamiento de los mostos o de los vinos en presencia de los orujos, tendentes a forzar la extracción de la materia colorante.

El inicio del cómputo del período de envejecimiento de los vinos en barrica no podrá contabilizarse, en ningún caso, antes del día 1 del mes de diciembre del año de la cosecha.

 

4) DEMARCACIÓN DE LA ZONA GEOGRÁFICA

 

D.1. La zona geográfica está constituida por:

a) la zona de producción, y

b) la zona de elaboración, envejecimiento y embotellado.

D.2. La zona de producción de la denominación de origen está constituida por los terrenos que el Consejo Regulador considere aptos para la producción de uva de las variedades que se indican en esta norma, con la calidad necesaria para producir vinos de las características específicas de los protegidos por la denominación, ubicados en los términos municipales de

Provincia de Zaragoza:

Agón, Ainzón, Alberite, Albeta, Ambel,  Bisimbre, Borja, Bulbuente, Bureta, El Buste,  Fuendejalón, Magallón, Maleján, Pozuelo de Aragón, Tabuenca,  Vera de Moncayo.

así como en los polígonos catastrales número 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 del término municipal de Mallén,

y en los polígonos catastrales número 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 19 del término municipal de Fréscano.

D.3. Cualquier modificación que se produzca en los límites de los términos municipales incluidos en la zona de producción no llevará aparejada la baja en el Registro de viñas de los viñedos afectados que se hallen inscritos a la entrada en vigor de la presente norma técnica.

D.4. Cualquier modificación de la zona geográfica deberá basarse en los factores naturales y humanos, en su caso, y en las características edáficas y climáticas.

D.5. La zona de elaboración, envejecimiento y embotellado de los vinos protegidos es la formada por los términos municipales citados en el apartado D.2.

 

5) RENDIMIENTO MÁXIMO

 

La producción máxima admitida por hectárea será de

7.000 kilogramos de uva, para las variedades tintas,

8.000 kilogramos para las variedades blancas.

El rendimiento máximo de vino por hectárea será de

49,00 hectolitros, para vinos de variedades tintas

56,00 hectolitros para vinos de variedades blancas.

 

6) VARIEDAD O VARIEDADES DE UVA DE LAS QUE PROCEDE EL VINO

 

La elaboración de los vinos protegidos por la DOP Campo de Borja se realizará exclusivamente con uvas de las variedades autorizadas siguientes:

a).Tintas:

Garnacha Tinta, Mazuela, Tempranillo, Cabernet Sauvignon, Merlot, Syrah y Garnacha Tintorera.

b) Blancas:

Macabeo, Chardonnay, Moscatel de grano menudo, Moscatel de Alejandría, Garnacha blanca, Sauvignon Blanc y Verdejo.

 

7) VÍNCULO CON LA ZONA GEOGRÁFICA

 

a) Área geográfica:

FACTORES HUMANOS

La historia de los vinos de la DOP “Campo de Borja” está ligada indiscutiblemente a la historia de una Comarca con gran tradición vitivinícola desde antaño.

La primera referencia relativa a la vid, que consta en la documentación estudiada en los archivos del Monasterio de Veruela, son las donaciones de las viñas de Magallón en 1.203, bajo el abadiato de Raimundo Guillén, quinto Abad de Veruela, lo que nos hace suponer que existían viñedos desde tiempos mucho más lejanos.

En el curso del siglo XIV, los abades de Veruela agruparon sus propiedades y el 2 de Julio de 1.453 añadieron la compra de la Villa de Ainzón, con todos sus límites, pastos, aguas y viñas.

Ainzón, según consta en el archivo, interesó al abad Gabriel Serra sobre todo para desarrollar el viñedo.

Así, conocemos que Veruela poseía señoríos en: Alcalá, Litago, Vera de Moncayo, Bulbuente, Ainzón, Pozuelo, la granja del Río en Borja; y numerosos bienes en: Agón, Añón, Trasmoz, Magallón, Borja, Albeta, Tarazona, Fuendejalón, Pozuelo,…

Hasta 1.835 los monjes de Veruela mantuvieron contacto con los municipios de los alrededores, rigiendo las Parroquias que tenían en señorío, desarrollando la agricultura y la ganadería. Al abad Fray Martín de Vera (1.676-1.680) se debe toda la renovación de las viñas de Ainzón.

Por lo tanto, la influencia que tuvo el Monasterio de Veruela en el desarrollo de la vid fue muy importante, conservando, desarrollando y potenciando la viticultura que llega hasta nuestros días.

La tradición histórica de las bodegas es igualmente larga, destacando desde las bodegas del propio Monasterio a las innumerables bodegas particulares existentes en todos los municipios de la zona, situadas bien en montes o cabezos cercanos al pueblo o incluso bajo las propias casas, tradición que sigue conservándose hasta hoy.

Circunstancias posteriores, con dificultades económicas para comercializar el vino de la zona de forma particular, dieron paso en los años 50 al cooperativismo, formándose seis cooperativas elaboradoras de vino que agrupan hoy a la mayor parte de la producción de la Denominación de Origen.

La historia sigue su curso y es en 1.978 cuando se reglamenta la DOP “Campo de Borja”, con el objeto de conseguir para esta zona un reconocimiento al esfuerzo de sus viticultores y a la calidad de sus vinos, concediéndose definitivamente en 1.980 la Denominación de Origen para los vinos del “Campo de Borja”, aprobándose los estatutos que la reglamentan.

 

FACTORES NATURALES

El “Campo de Borja” está situado al noroeste de la provincia de Zaragoza, a 60 km de la capital, siendo una zona de transición entre las montañas del Sistema Ibérico y el Valle del Ebro.

Comprende el Somontano del Moncayo y se extiende a lo largo del Valle del río Huecha y los llamados Llanos de Plasencia.

 

Edafología

El relieve corresponde a una sucesión de altiplanicies de altitud comprendida entre los 350 y 700 m, de topografía suave con ondulaciones de muy amplia curvatura.

La parte occidental se muestra más accidentada por la presencia de los contrafuertes del macizo del Moncayo, monte que influye notablemente en el clima de la zona, dando carácter a sus vinos.

Una de las características que más están influyendo en el conocimiento de la zona y que contribuye al buen cultivo del viñedo es el estudio de sus suelos. Los suelos que predominan en la DOP son suelos pardo-calizos y suelos de terraza, con pedregosidad media, buen drenaje, niveles medios de materia orgánica y ricos en nutrientes.

También existen suelos arcillo-ferrosos en las laderas más próximas al Moncayo, donde la pedregosidad es mayor. Constituyen suelos muy indicados para el cultivo del viñedo con producciones de calidad.

Respecto a la zonificación, sus características son las siguientes:

1.En la zona baja, con altitudes entre 350 y 450 metros nos encontramos suelos pardocalizos y “garnachas” tanto en formación tradicional en vaso, como en espaldera; siendo la variedad más cultivada en la zona.

Es la zona de maduración más temprana y comprende los viñedos de Agón, Bisimbre, Fréscano, Mallén, Magallón y Pozuelo de Aragón.

2. La zona media se caracteriza por tener la mayor concentración y densidad de viñedo. Comprende los viñedos situados entre los 450 y 550 metros de altitud.

Se encuentran los suelos de las terrazas del río “La Huecha”, afluente del Ebro y todos los suelos cascajosos y arcillo-ferrosos.

Allí se encuentran los viñedos de Alberite, Albeta, Bureta, Maleján, Ainzón, Borja, Fuendejalón, en un relieve de suaves laderas y buena exposición al sol. Sus vinos son muy complejos, intensos, estructurados y carnosos.

3. La zona alta de la DOP, cuyos viñedos se extienden desde los 550 a los 700 metros de altitud, corresponde a las estribaciones del Moncayo. Son viñedos situados en zonas altas de Ainzón y Fuendejalón, así como a los municipios de Tabuenca, Bulbuente, Ambel, El Buste y Vera de Moncayo.

 

Climatología

La zona del “Campo de Borja” es una comarca de clima muy continental, con influencia invernal atlántica cuya característica más destacable es el viento del Noroeste “cierzo”, que es frío y seco, y con influencia estival mediterránea. Estas particulares características climáticas confieren unas peculiaridades únicas y diferenciadoras de otras zonas productoras de vino.

Los contrastes térmicos diurnos y estacionales son muy acusados, con temperaturas extremas. La precipitación es

escasa, situándose en un promedio de 350 mm en zonas bajas, hasta 450 mm en zonas más elevadas.

 

Viticultura

El patrimonio vitícola de la DOP “Campo de Borja” es muy rico en cuanto a “garnachas”; los viñedos más antiguos de esta variedad de la DOP datan de 1890 y de las 5.000 hectáreas de garnacha, más de 2.000 tienen edades comprendidas entre 30 y 50 años.

La diversidad de microclimas y suelos enriquece los matices del patrimonio vitícola de las “garnachas” de nuestra tierra y permite que denominemos al Campo de Borja como “El Imperio de la Garnacha”.

 

b) Calidad y características del producto debidas fundamental o exclusivamente al medio geográfico:

Los vinos de la DOP “Campo de Borja” se caracterizan por una gran expresividad que otorga la variedad garnacha, elaborada bien como monovarietal o bien en mezcla con el resto de variedades.

Esta variedad autóctona de Aragón, mayoritaria en Campo de Borja y aclimatada durante siglos en la zona, cuyas producciones son bajas, aporta a los vinos gran intensidad de aromas y sabores afrutados, al igual que una mayor concentración glicérica que proporciona una agradable sensación final de dulzor en boca.

Los vinos se caracterizan por estar bien cubiertos en cuanto al color.

En nariz predominan sensaciones frutales y florales, con intensidad alta o media alta.

En boca son vinos amables, carnosos, voluminosos, bien estructurados, con taninos suaves, maduros y sedosos. Finalmente son vinos con un postgusto largo y con una sensación muy agradable y untuosa en boca.

Debido a la altitud a la que están situadas las viñas, en la zona baja se obtienen vinos cálidos, potentes y muy aromáticos, en la zona media vinos muy complejos, intensos, estructurados y carnosos y en la zona alta vinos finos, sutiles y elegantes.

 

c) Nexo causal entre la zona geográfica y las características del producto:

La climatología descrita anteriormente, la presencia del cierzo y las variaciones tan bruscas de temperatura, afectan muy directamente a las características organolépticas de los vinos de esta zona.

El cierzo produce una evotranspiración muy intensa que limita la humedad del suelo, provocando estrés hídrico permanente, lo que resta vigor a las viñas.

Como consecuencia de la limitación de aporte de agua al suelo y de la dura climatología, la maduración fenólica es muy lenta, lo que potencia la presencia de aromas y tonalidades de intenso color en los vinos.

 

8) REQUISITOS APLICABLES

 

a) Marco legal

Legislación nacional

Resolución de 27 de mayo de 2010, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica la normativa específica de la Denominación de Origen «Campo de Borja». (BOE nº 147 del 17 de junio de 2010).

Registros de la denominación:

a) Registro vitícola.

b) Registro de bodegas (secciones de elaboración, envejecimiento, almacenamiento, embotellado).

c) Registro de etiquetas.

 

b) Requisitos adicionales

i) Prácticas de cultivo

El Consejo Regulador dictará las normas de campaña necesarias, que prorrogarán su vigencia a sucesivas campañas en tanto no sean modificadas por dicho organismo, en las que podrá determinar la fecha de iniciación de la vendimia y acordar normas sobre su ordenación y el transporte de la uva vendimiada, para que éste se efectúe sin deterioro de la calidad.

Los límites de producción establecidos en el Punto 5, podrán ser modificados anualmente por el Consejo Regulador, a iniciativa propia o a petición de los inscritos interesados, efectuada con anterioridad a la vendimia, previos los asesoramientos y comprobaciones necesarios.

En cualquier caso, tal modificación no podrá realizarse por encima del 25% del límite máximo fijado en el punto nº 5, Rendimiento Máximo.

Esta modificación sólo tendrá lugar en los años en los que el cuajado sea considerado excepcional (cuando esté por encima del 20% de la media).

 

ii) Elaboración

El rendimiento máximo de mosto o vino expresado podrá ser modificado, excepcionalmente, con anterioridad a la vendimia, por el Consejo Regulador, a iniciativa propia o a petición de los elaboradores inscritos interesados, previas las comprobaciones y asesoramientos oportunos, hasta un máximo de 74 litros por cada 100 kg.

Esta modificación sólo tendrá lugar en los años en los que el cuajado sea considerado excepcional (cuando esté por encima del 20% de la media), ya que cuando las condiciones son favorables al crecimiento del racimo (aumento del cuajado) se producen bayas más grandes, disminuyendo la relación hollejo/pulpa.

Como consecuencia, los polifenoles y aromas del hollejo disminuyen porcentualmente lo que obliga a aumentar el rendimiento de extracción para mantener el contenido de estos y, por tanto, la tipicidad de los vinos.

 

iii) Locales para Crianza y envejecimiento

Deberán estar exentos de trepidaciones, mantener temperatura constante y fresca durante todo el año, y con estado higrométrico y ventilación adecuados.

 

iv) Envasado

Los vinos calificados “aptos” se comercializarán para el consumidor en los tipos de envase que apruebe el Consejo Regulador, que no perjudiquen su calidad y prestigio.

Con carácter general los envases deberán ser de vidrio de las capacidades autorizadas por la legislación correspondiente.

Excepcionalmente, el Consejo Regulador podrá autorizar otro tipo de envases para usos especiales.

El envasado tendrá lugar en la zona geográfica delimitada indicada en el punto 4 del presente Pliego de Condiciones, lo que permitirá garantizar el origen del producto.

El transporte y embotellado fuera de la zona de elaboración, constituyen un riesgo para la calidad del vino, ya que se puede ver expuesto a fenómenos de oxidorreducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida.

El embotellado en origen, permite preservar las características y la calidad del producto.

El embotellado constituye una operación importante que, si no se efectúa respetando exigencias rigurosas, puede menoscabar gravemente la calidad del producto y modificar sus características.

Esto, unido a la experiencia y el conocimiento profundo de las características específicas de los vinos adquirido durante años por las bodegas de la DOP “Campo de Borja”, hacen necesario el

envasado en origen, preservando así todas las características físico-químicas y organolépticas de estos vinos.

 

v) Etiquetado

Las etiquetas comerciales, propias de cada firma comercial inscrita, deben ser aprobadas por el Consejo Regulador, en lo que se refiere a los requisitos que se relacionan en este Pliego.

Figurará obligatoriamente en ellas la mención: Denominación de Origen “Campo de Borja”.

El producto destinado al consumo irá provisto de marchamos de garantía, numerados y expedidos por el Consejo Regulador, que serán colocados en la bodega inscrita de modo que no sea posible una nueva utilización de los mismos.

Los términos tradicionales que pueden utilizarse en los vinos amparados por la DO “Campo de Borja” son:

Término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1a) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007: “Denominación de Origen” o “DO

Términos tradicionales, a los que se refiere el artículo 118 duovicies.1b) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007:

“Crianza”,

 “Reserva”,

“Gran Reserva”,

“Añejo”,

“Noble”,

“Clásico”,

“Rancio”,

“Superior”

“Viejo”.

Las menciones complementarias que se podrán utilizar en el etiquetado son:

Según el método de producción:

“naturalmente dulce”,

“vendimia tardía”,

“maceración carbónica”,

“Roble”,

“parcialmente fermentado en barrica”

“fermentado en barrica”.

Estas menciones se utilizarán en aquellos vinos que cumplan con los requisitos establecidos en los puntos 2 y 3.

 

9) COMPROBACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLIEGO

 

a) Organismo de control

La verificación del cumplimiento de lo especificado en el presente pliego de condiciones corresponde a:

Consejo Regulador de la Denominación de Origen “Campo de Borja”.

Dirección: C/ Subida de San Andrés n º 6, 50570 AINZÓN (Zaragoza, España)

Teléfono: (34) 976 852 122, Fax: (34) 976 868 806

Correo electrónico: vinos@docampodeborja.com

www.docampodeborja.com

 

b) Tareas

i) Alcance de los controles

El Consejo Regulador de la DO “Campo de Borja”, tiene identificada en su estructura un Organismo de Control, que actúa como entidad de certificación de producto, acreditada en el cumplimiento de la norma específica de referencia (UNE-EN 45011 o norma que la sustituya) y verifica, mediante controles a viticultores y a bodegas, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones de la DOP “Campo de Borja”.

Los controles se completan con la toma de muestras de producto calificado como apto por los operadores, para la realización de ensayos físico-químicos y organolépticos.

 

ii) Metodología de Control

La comprobación se realiza mediante:

control anual de viticultores

auditorías anuales a las bodegas

toma de muestras de producto para realización de ensayos

La toma de muestras se realiza durante las auditorías, a las bodegas que elaboran y/o embotellan vino DOP “Campo de Borja”.

 

Se realiza por muestreo, aplicando criterios de proporcionalidad en función del tipo de producto y volumen de producción, disponibles en el momento de la auditoría.

 

CARIÑENA

D.O.

Orden de 6 de mayo de 2009,

Resolución de 27 de mayo de 2010

(fonte BOE)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN “CARIÑENA”

Orden de 20 de abril de 2012

(fonte BOA )

 

1) NOMBRE QUE SE DEBE PROTEGER

 

Denominación de Origen Protegida “Cariñena”

Quedan protegidos por la Denominación de Origen Protegida “Cariñena” los vinos que tengan las características definidas en este pliego de condiciones y que cumplan en la producción, la elaboración, la crianza, la designación y la comercialización todos los requisitos que se exigen en este pliego de condiciones y en el resto de la legislación vigente

 

2) DESCRIPCIÓN DEL VINO

 

Los vinos amparados por la Denominación de Origen Protegida “Cariñena” son los siguientes:

tintos, rosados y blancos.

Dentro de los tipos de vinos mencionados podrán elaborarse los siguientes subtipos:

Vinos semisecos, semidulces y dulces.

Vinos de licor

Vino naturalmente dulce

Vinos de aguja

Vinos espumosos de calidad

Vendimia tardía

 

a) Características analíticas del producto

Las características analíticas de los vinos de la DOP Cariñena se presentan a continuación según el tipo de vino:

 

vino blanco:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 9,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 180 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 240 mg/l;

 

Vino rosado:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 9,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 180 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 240 mg/l;

 

Vino tinto:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 9,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 140 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 180 mg/l;

 

Semisecos, semidulces y dulces:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 9,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

Vino tinto: 180 mg/l;

Vino blanco y rosado. 240 mg/l;;

 

Vino naturalmente dulce:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 13,00% vol.;

Grado alcohólico total: mayor de 15,00% vol. menor de 17,50% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 15 meq/l o 90 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

Vino tinto: 180 mg/l;

Vino blanco y rosado. 240 mg/l;

 

Vinos de aguja

Grado alcohólico adquirido mínimo: 7,00% vol.

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l.

Acidez volátil máxima (ác. acético): 13.33 meq/l o 0.80 g/l

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: blancos y rosado 180mg/l y tintos 140mg/l

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: blancos y rosado 240mg/l y tintos 180mg/l

Grado alcohólico total: mayor de 9,00% vol.

Anhídrido carbónico mínimo total: mayor o igual a 1,00 bar y menor o igual a 2.50 bar

 

Vinos espumosos de calidad

Grado alcohólico adquirido mínimo: 10.00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l.;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 10.83 meq/l o 0.65 g/l

Anhídrido sulfuroso máximo: 160 mg/l

Anhídrido carbónico mínimo total de 3.50 bar, o 3,00 bar para botellas de 25 cl

 

Vino vendimia tardia:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 13,00% vol.;

Grado alcohólico total: mayor de 15,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 15 meq/l o 0.90 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: blanco 180 mg/l, tinto 140 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: blanco 240 mg/l, tinto 180 mg/l;

 

Vinos de licor

Grado alcohólico adquirido: mayor o igual a 15,00% vol y menor o igual a 22,00% vol..

Acidez mínima (ácido tartárico): 60 meq/l o 4.50 g/l.

Acidez volátil máxima (ácido acético): 15 meq/l o 0.90 g/l.

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando el contenido en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 150 mg/l

cuando el contenido en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l : 200 mg/l.

Grado alcohólico total: mayor o igual a 17.50 % vol.

 

Contenido máximo en azúcares reductores:

Para los vinos secos:

su contenido en azúcar no es superior a 4,00 gramos por litro, o 9,00 gramos por litro cuando el contenido de acidez total expresada en gramos de ácido tartárico por litro no sea inferior en más de 2,00 gramos por litro al contenido en azúcar residual.

Para los vinos semisecos:

su contenido en azúcar excede el máximo previsto para los vinos secos pero no excede: 12,00 gramos por litro, ó 18,00 gramos por litro, cuando el contenido de acidez total expresada en gramos de ácido tartárico por litro no sea inferior en más de 10,00 gramos por litro al contenido en azúcar residual.

Para los vinos semidulces:

su contenido en azúcar es superior al máximo previsto para los vinos semisecos pero no es superior a 45,00 gramos por litro.

Para los vinos dulces y naturalmente dulces:

Su contenido en azúcar es igual o superior a 45,00 gramos por litro.

 

b) Características Organolépticas

Las características organolépticas de los vinos de Cariñena se describen a continuación según el tipo de vino:

Vino blanco:

Fase visual: Colores amarillos pálido con tonalidades de verdosas a ambarinas.

Fase olfativa: Aromas primarios limpios y frescos, afrutado de intensidad media.

Fase gustativa: Se muestra suave, ligero y afrutado, equilibrado en su estructura.

Vino rosado:

Fase visual: Colores rosáceos con matices del violeta al salmón.

Fase olfativa: Aroma de intensidad media, limpio, fresco y afrutado.

Fase gustativa: Franco en paso de boca que recuerda a frutas rojas con acidez media-alta.

Vino tinto:

Fase visual: Color rojo picota morado, limpio, brillante de buena capa, con reflejos del violeta al rubí.

Fase olfativa: Intensos aromas a frutos rojos maduros, propios de las variedades de que proceden.

Fase gustativa: Carnoso, seco, equilibrada expresión tánica, acidez media-alta y agradable postgusto.

Vino blanco de maceración carbónica:

Fase visual: Color amarillo con tonalidades doradas o ambarinas.

Fase olfativa: Aromas primarios limpios y frescos, afrutado de intensidad alta.

Fase gustativa: Se muestra suave, carnosos y afrutado, equilibrado en su estructura.

Vino tinto de maceración carbónica:

Fase visual: Color rojo cereza con tonos violáceos intensos, limpios y de buena capa.

Fase olfativa: Aromas frutales limpios, de intensidad alta.

Fase gustativa: Sabor intenso, frutal y equilibrado.

Vinos semisecos, semidulces y dulces:

Fase visual (según sean blancos, rosados o tintos respectivamente): Colores amarillos, rosáceos y rojos frescos, con matices verdosos, violáceos y rojos que denotan juventud.

Fase olfativa: Aromas limpios, francos, intensos, con recuerdos de la variedad de la que proceden.

Fase gustativa: Sabor intenso, agradable paso de boca con cierto dulzor y amplia persistencia.

Vinos de licor:

Fase visual (blancos o tintos): Colores amarillos y rojos violáceos, limpios, con matices muy dorados o violetas intensos.

Fase olfativa: Aromas limpios, francos, intensos, que identifican la variedad de la que proceden con tonos florales de fondo mieloso.

Fase gustativa: Sabor intenso, bien estructurado, amplio y dulce, frutal con agradable paso de boca y buen retronasal.

Vino naturalmente dulce:

Fase visual (blancos o tintos): Colores amarillos y rojos intensos, con matices dorados y violetas.

Fase olfativa: Aromas limpios, francos, intensos, con recuerdos de la variedad de la que proceden muy florales y fondo meloso.

Fase gustativa: Sabor intenso, agradable paso de boca con dulzor y amplia persistencia.

Vinos de aguja:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Colores amarillos, rosáceos y rojos frescos, con matices verdosos, violáceos y rojos que denotan juventud.

Fase olfativa: Aromas limpios, francos, intensos, con recuerdos de la variedad de la que proceden.

Fase gustativa: Fresco, ligero, agradable paso de boca con ligera persistencia y con un punto de aguja.

Vino espumoso de calidad:

Fase visual: Colores amarillos con tonos pálidos o dorados y brillantes. Carbónico ligero con adecuada burbuja fina y persistente.

Fase olfativa: Aromas intensos, limpios y con suaves tonos de su paso por botella.

Fase gustativa: Fresco, con ligera acidez y agradable carbónico, equilibrado.

Vino de crianza:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Colores amarillos, rosáceos o rojos frescos (dependiendo de su tipo), con matices que denotan todavía cierta juventud y con ligeros tonos verdosos o violáceos.

Fase olfativa: Aroma limpio, franco, intenso, a fruta madura y aromas propios de su paso por barrica.

Fase gustativa: Sabor intenso, agradable paso de boca con recuerdo a fruta madura, buena expresión tánica y postgusto de media duración.

Vino de reserva:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Colores amarillos, rosáceos y rojos menos vivos (dependiendo de su tipo), con matices que denotan más su madurez y tonos ocres o dorados que marcan su paso por la barrica.

Fase olfativa: Olor intenso a frutas maduras, especias, y propios de la evolución en botella.

Fase gustativa: Equilibrado en paso de boca, redondo, aterciopelado, con sabores a vainilla y de postgusto largo.

Vino de gran reserva:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Colores amarillos, rosáceos o rojos rubí con tonalidades mate y atejadas, capa media-alta, dependiendo si son blancos, rosados o tintos.

Fase olfativa: Intensos, complejos, especiados, de muy marcada evolución en botella.

Fase gustativa: Carnoso, aterciopelado, redondo y armonioso, postgusto largo.

Vino añejo:

Fase visual (blancos, rosados o tintos): Colores amarillos, rosáceos o rojos rubí con tonalidades mate y atejadas, capa media, dependiendo si son blancos, rosados o tintos.

Fase olfativa: Muy intensos, amplio, balsámico.

Fase gustativa: Glicérico, fino y grato, postgusto largo.

Vino Roble:

Fase visual: Color rojo cereza con tonos granates en tintos y amarillos dorados en blancos, limpio, brillante de buena capa.

Fase olfativa: Aromas limpios de intensidad media, de frutos rojos y aromas ligeros de barrica.

Fase gustativa: Tánicos, equilibrados, moderadamente astringentes y persistentes.

Vino Noble:

Fase visual: Colores oro, rosáceos o rojos rubí con tonalidades atejadas, capa media, dependiendo si son blancos, rosados o tintos.

Fase olfativa: Muy intensos, complejos, especiados.

Fase gustativa: Glicérico, fino y armónico, postgusto largo.

Vendimia tardía:

Fase visual: intensidad colorante con mayor sensación de lágrima

Fase olfativa: aromas intensos de frutas maduras y desaparición de verdor

Fase gustativa: Glicérico, no ácido, estructurados, tánicos dulces y fenólicos.

 

3) PRÁCTICAS ENOLÓGICAS ESPECÍFICAS

 

a) Prácticas de cultivo

La densidad de la plantación será de 1.500 cepas por hectárea, como mínimo y de 4.000 cepas por hectárea, como máximo, distribuidas uniformemente en toda la superficie de plantación.

Independientemente de la densidad de la plantación del viñedo y para todas las variedades, no se podrá superar el límite máximo de 35.000 yemas por hectárea, cuando la formación de las vides sea en vaso, y 40.000, cuando se trate de espaldera, excepto en las variedades Cabernet Sauvignon, Merlot, Syrah y Chardonnay, cuyos límites máximos serán, respectivamente, 45.000 (vaso) y 50.000 yemas (espaldera).

Los sistemas de poda serán los siguientes:

a) El tradicional sistema de poda en vaso.

b) En espaldera:

con cordón simple o doble;

con vara y pulgar.

Se autoriza el riego de las viñas. No obstante, cuando sea necesario para mantener el equilibrio de potencial vegetativo de la planta con el ecosistema clima-suelo, el Consejo Regulador podrá limitar el riego de las viñas estableciendo la forma y condiciones, así como las modalidades de aplicación.

 

b) Prácticas enológicas especificas

La vendimia se realiza, dedicando exclusivamente a la elaboración de vinos protegidos las partidas de uva sana, con el grado de madurez necesario, que tengan

un contenido en azúcar igual o superior a 170 gramos/litro de mosto,

y separando toda aquella que no esté en perfectas condiciones.

Se aplicarán presiones adecuadas para la extracción del mosto o del vino y su separación de los orujos, de forma que el rendimiento no sea superior a 74 litros de vino por cada 100 kilogramos de uva.

 

b.1) Elaboración de los diferentes subtipos de vino

a) Vinos blancos de maceración carbónica:

Encubado de las uvas enteras, sin romper, permaneciendo en un ambiente rico en CO2 mientras tiene lugar la fermentación intracelular.

Después, o bien, despalillado, estrujado y macerado, o bien, prensado directo, continuando la fermentación alcohólica a temperatura controlada no superior a 25ºC, hasta alcanzar una densidad (20/20) no superior a 1.080.

b) Vinos tintos de maceración carbónica:

Encubado de las uvas enteras, sin romper, permaneciendo en un ambiente rico en CO2 mientras tiene lugar la fermentación intracelular.

Después, o bien, despalillado, estrujado y macerado, o bien, prensado directo, continuando la fermentación alcohólica a temperatura controlada no superior a 25ºC, hasta alcanzar una densidad (20/20) no superior a 1.060.

c) Vinos semisecos, semidulces y dulces:

Se realizarán con los mismos sistemas de elaboración que los vinos secos, pudiendo interrumpir su fermentación, conteniendo azúcares residuales, o bien, partiendo de vinos secos, mediante la edulcoración con mostos de uva

obtenidos en la zona geográfica, o mostos de uva concentrados rectificados.

d) Vinos de licor:

se realizarán exclusivamente con las variedades Moscatel de Alejandría, Macabeo y Garnacha Tinta.

Podrán utilizarse las menciones “vino dulce” o “mistela” en los vinos de licor elaborados a partir de mosto de uva o de una mezcla de mosto de uva con vino.

e) Vino “naturalmente dulce”:

deberá elaborarse con uva sobremadura sin aumento artificial de su graduación y con el alcohol procedente en su totalidad de la fermentación,

con un grado alcohólico natural superior a 15,00% vol.

un grado alcohólico volumétrico adquirido no inferior a 13,00% vol.

f) Los vinos espumosos de calidad

tendrán un proceso de elaboración y crianza, desde la segunda fermentación hasta la eliminación de las lías inclusive, en la misma botella en la que se ha efectuado el tiraje, y deberán cumplir los siguientes requisitos:

El tiraje se realizará entre el 1 de enero y el 30 de abril del año siguiente al de la vendimia.

El licor de tiraje deberá cumplir lo establecido en el Anexo II, letra C, apartado 4 del Reglamento (CE) nº 606/2009 de la Comisión, de 10 de julio de 2009, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 479/2008 del Consejo en lo relativo a las categorías de productos vitícolas, las prácticas enológicas y las restricciones aplicables.

El vino base empleado deberá ser un vino calificado,

con una concentración máxima de anhídrido sulfuroso toral de 140 mg/l.

La duración del período de tiraje hasta el degüelle será como mínimo de nueve meses.

Sólo se podrá emplear este tipo de vino para el relleno de las botellas en el momento del degüelle.

Su autocalificación se realizará antes de transcurridos tres meses desde que se realice el degüelle.

g) Vinos de aguja:

Es un vino que, conservado a una temperatura de 20 °C en envases cerrados, alcanza una sobrepresión debida al dióxido de carbono endógeno disuelto no inferior a 1,00 bar ni superior a 2,50 bares.

h) La “vendimia tardía”:

deberá presentar un grado alcohólico natural superior a 15,00% vol.,

una Graduación alcohólica adquirida (mínima) 13,00% Vol

y una acidez volátil real en ácido acético de 0,90 g/l o 15 meq/l.

i) Vino roble:

Blanco: Periodo mínimo de crianza: > 45 días en barricas de roble de 600 l. de capacidad.

Tinto: Período mínimo de crianza: > 90 días en barricas de roble de 600 l. de capacidad.

 

c) Restricciones

No se podrán utilizar técnicas de precalentamiento de la uva o calentamiento de los mostos o de los vinos en presencia de los orujos, tendentes a forzar la extracción de la materia colorante.

El inicio del cómputo del período de envejecimiento de los vinos en barrica no podrá contabilizarse, en ningún caso, antes del día 1 del mes de diciembre del año de la cosecha.

 

4) DEMARCACIÓN DE LA ZONA GEOGRÁFICA

 

D.1. La zona geográfica está constituida por:

a) la zona de producción, y

b) la zona de elaboración, envejecimiento y embotellado.

D.2. La zona de producción de la denominación de origen está constituida por los terrenos que el Consejo Regulador considere aptos para la producción de uva de las variedades que se indican en esta norma, con la calidad necesaria para producir vinos de las características específicas de los protegidos por la denominación, ubicados en los términos municipales de

 

Provincia de Zaragoza:

Aguarón, Aladrén, Alfamén, Almonacid de la Sierra,  Alpartir, Cosuenda, Encinacorba, Longares,  Mazalocha, Muel, Paniza, Tosos, Villanueva de Huerva.

 

D.3. Cualquier modificación que se produzca en los límites de los términos municipales incluidos en la zona de producción no llevará aparejada la baja en el Registro de viñas de los viñedos afectados que se hallen inscritos a la entrada en vigor de la presente norma técnica.

D.4. Cualquier modificación de la zona geográfica deberá basarse en los factores naturales y humanos, en su caso, y en las características edáficas y climáticas.

D.5. La zona de elaboración, envejecimiento y embotellado de los vinos protegidos es la formada por los términos municipales citados en el apartado D.2.

 

5) RENDIMIENTO MÁXIMO

 

La producción máxima admitida por hectárea será de

8.500 kilogramos de uva, para las variedades tintas,

9.000 kilogramos para las variedades blancas.

El rendimiento máximo de vino por hectárea será de

62,90 hectolitros, para vinos de variedades tintas

66,60 hectolitros para vinos de variedades blancas.

 

6) VARIEDAD O VARIEDADES DE UVA DE LAS QUE PROCEDE EL VINO

 

La elaboración de los vinos protegidos por la DOP Cariñena se realizará exclusivamente con

uvas de las variedades autorizadas siguientes:

a).Tintas:

Cabernet Sauvignon, Garnacha Tinta, Juan Ibáñez, Cariñena (Mazuela), Merlot, Monastrell, Syrah, Tempranillo y Vidadillo.

b) Blancas:

Chardonnay, Garnacha Blanca, Macabeo, Moscatel de Alejandría y Parellada.

 

7) VÍNCULO CON LA ZONA GEOGRÁFICA

 

a) Área geográfica

FACTORES HUMANOS

El origen de los viñedos aragoneses se sitúa en la región llamada Celtibera, donde se encontraba la villa romana de Carae (hoy Cariñena) de cuyos habitantes se sabe que bebían vino mezclado con miel, allá por el siglo III antes de Cristo.

Ya en 1415, formaban parte de la lista de alimentos preferentes de los que Fernando I de Aragón tenía previsto acompañarse en un proyectado viaje a Niza que finalmente no se llevó a cabo y en el que iba a tratar con el emperador sobre el Cisma de la Iglesia.

Según cuenta Esteban Sarasa Sánchez, profesor de Historia Medieval de la Universidad de Zaragoza, el monarca señaló su preferencia por el vino de Cariñena y Longares, el queso de Peñafiel, los perniles pirenaicos o el trigo de Zaragoza.

De Cariñena hablaron en sus crónicas numerosos viajeros españoles y extranjeros que se aventuraron por la península. Enrique Cock cuenta como en 1585 Felipe II fue recibido en Cariñena con dos Fuentes de vino, “una de blanco y otra de tinto, de las cuales cada uno bebía quien tenía gana”.

Ya en 1696 se aprobó en la villa de Cariñena el llamado Estatuto de la Vid, con el fin de limitar las plantaciones en función de la calidad de la tierra donde fueran a ubicarse los viñedos. No es por tanto una casualidad que los catorce municipios aragoneses que integran la Denominación de Origen hayan sido pioneros a la hora de adquirir las obligaciones y los privilegios que ésta conlleva.

“Si este vino es de vuestra propiedad hay que reconocer que la tierra prometida está cerca”.

Con estas palabras agradecía el pensador francés Voltaire el envío que el Conde de Aranda le había hecho de sabrosos caldos de su bodega de Almonacid de la Sierra.

Corría el año 1773 y no era la primera vez que ilustres e ilustrados personajes se dejaban seducir por los caldos

cariñenenses.

José Townsend, en 1786, decía: “el vino que produce esta comarca es de la mejor calidad y no dudo que sea muy buscado en Inglaterra tan pronto como la comunicación por mar sea establecida” .

Mas tarde, en 1809, Alexandro Laborde contaba cómo en Cariñena se hacía “un vino exquisito, particularmente conocido con el nombre de garnacha”. En 1862, Charles Davillier afirmaba en su cuaderno de viajes: “A algunas lenguas (…) se extienden los viñedos de Cariñena, célebres en España desde hace mucho. El vino blanco de Cariñena, cuyo nombre se ve en todas las tiendas de vino de Madrid, merecería ser más conocido fuera de España, especialmente el que se obtiene de la uva llamada garnacha”.

La última gran batalla de los vinos de Cariñena, tuvo lugar a finales del siglo XIX. La filoxera había acabado con el viñedo francés e importantes familias vinateras del país vecino se asentaron en esta zona aragonesa, que desarrolló a partir de entonces una gran actividad mercantil y científica que conllevó, entre otras cosas, la construcción del ferrocarril de vía estrecha Cariñena – Zaragoza, inaugurado en 1887 para sacar las producciones de la zona.

Posteriormente, la celebración del primer congreso vitivinícola nacional en 1891, en Zaragoza, refleja la inquietud pionera de Cariñena.

Su trayectoria histórica y el ejemplar comportamiento de los viticultores cariñenenses en la lucha contra la filoxera, sirvió a la población de Cariñena para recibir el título de ciudad, otorgado por el rey Alfonso XIII en 1909.

Es a principios de siglo también, cuando se inicia la elaboración en esta zona, de vino espumoso y de licor. Elaboración, que se lleva realizando hasta nuestros días, con una marcada tradición histórica.

En 1932, coincidiendo con la creación de las denominaciones de origen se inaugura la

Estación Enológica de Cariñena, desde donde se impulsan nuevas técnicas de cultivo y elaboración, pero la Guerra Civil y sus posteriores consecuencias retrasan el giro hacia la calidad hasta los años setenta, poco después de que los vinos comenzasen a ser embotellados.

Es en los ochenta cuando se da el gran salto cualitativo en la elaboración del vino con la introducción de nuevos sistemas de cultivo, la inversión en tecnología y la adopción de nuevas prácticas enológicas.

 

FACTORES NATURALES

Edafología

El Campo de Cariñena es una llanura cerrada al suroeste por las sierras ibéricas, de tal forma que los depósitos de materiales descienden desde las últimas al llano determinando la utilización del suelo en cada caso.

En las estribaciones montañosas se presentan suelos pobres con sustrato rocoso muy cercano, de malos rendimientos y graves dificultades para el empleo de maquinaria agrícola.

A medida que las prolongaciones montañosas van perdiendo altura, el paisaje de colinas desciende suavemente hasta identificarse con la llanura de Cariñena.

El suelo, a cierta altura, está formado por guijarros de los depósitos aluviales y coluviales y muestra las condiciones

necesarias para el cultivo de la vid, pues no necesita mucha humedad pero cuando la recibe es capaz de conservarla durante largo tiempo. En estas zonas el clima se dulcifica y las cepas hallan el medio idóneo para su desarrollo.

Por su parte, en la llanura que se extiende paralela a la Sierra de Algairén y en la que se encuentra más del 80% de la Denominación de Origen se encuentran suelos de arcillas miocenas.

Aquí hay cuatro tipos principales:

1.Cascajo. Suelo pardo calizo sobre depósitos alóctonos con áreas de suelo pardo rojizo.

2.Es el suelo que ocupa mayor extensión en la Denominación de Origen.

3. Royal. Tierras pardas meridionales sobre pizarras, principalmente y cuarcitas, con áreas de xeroranker y litosuelo. Este tipo de suelo ocupa el segundo lugar en extensión en la Denominación.

4. Tierra fuerte arcillosa. Suelo de terraza sobre suelo pardo calizo pedregoso sobre glacis muy destruidos o depósitos alóctonos calizos.

5. Calar. Suelo de xerorendxinas sobre margas, areniscas y a veces niveles de yesos, con áreas de suelo pardo calizo y litosuelos.

Otro tipo de suelos que ocupan menos extensión dentro de la Denominación son los aluviales, procedentes de la sedimentación de los ríos Jalón y Huerva, en los términos de Almonacid de la Sierra, Alfamén, Muel, Mezalocha y Villanueva de Huerva.

 

Climatología

Los viticultores cariñenenses pueden considerarse verdaderamente privilegiados por la calidad de sus tierras y de su clima para el cultivo de la vid.

El suelo, el clima, la altitud (entre los 400 y los 800 metros) y la orografía se combinan de diferentes maneras, para dotar al territorio de una gran aptitud para la actividad vitivinícola.

Esta combinación favorece además la existencia de distintos microclimas, con lo que los vinos de la DOP “Cariñena” componen, al final, un amplio abanico de posibilidades.

Como territorio del interior peninsular, el clima de la zona se define templado medio con notable tendencia a continentalizarse, de manera que los inviernos son fríos y los veranos muy calurosos.

Esa continentalidad, los vientos que frecuentemente soplan por toda la región y el carácter torrencial de muchos de sus cursos de agua dificultan la pluviometría y dan lugar a un paisaje semiárido. Una característica del viento de la zona, denominado “cierzo”, es que contribuye a la sequedad del clima.

No obstante, la presencia de montañas tiene efectos positivos para la pluviosidad, permitiendo en las tierras más próximas a la sierra, medias anuales más altas y persistentes que en las de la llanura, donde se dan bajo la forma de chubascos primaverales o tormentas en verano.

Las precipitaciones son muy bajas, de 350 a 540 mm en las proximidades montañosas.

 

b) Calidad y características del producto debidas fundamental o exclusivamente al medio geográfico.

Es de destacar la especial relevancia cualitativa y cuantitativa que presentan los vinos, especialmente los tintos, que son amplios, carnosos, de buena riqueza alcohólica y acidez conjugada con los anteriores atributos. La descripción organoléptica realizada para cada tipo de vino en el punto 2, apartado b) de este documento, resalta su carácter aromático afrutado muy personal (frutos maduros), equilibrada expresión tánica, acidez media-alta y agradable

postgusto, características en su conjunto muy bien integradas.

Las bodegas de la DOP “Cariñena”, logran óptimos resultados con crianzas moderadas en envases de roble de calidad y con la participación de las variedades autóctonas Garnacha Tinta y Cariñena, y las variedades autorizadas, como Tempranillo, Cabernet Sauvignon, Merlot y Syrah, que aportan a los vinos estabilidad de color, acidez y capacidad de

envejecimiento, además de armonizar aromáticamente a la perfección.

 

c) Nexo causal entre la zona geográfica y las características del producto

Las características de los diferentes suelos de la zona geográfica, sumadas a las condiciones climáticas, con bajas precipitaciones, temperaturas extremas y presencia de cierzo, conforman un ecosistema selectivo, que con el paso de los siglos ha mantenido el cultivo del viñedo, obteniendo un producto final específico y singularizado adaptado perfectamente al medio.

Las variedades presentes están adaptadas y toleran las condiciones edafoclimáticas existentes, comportando una serie de vinos específicos desde el punto de vista físico-químico y sensorial, conformando las señas de identidad de los vinos producidos con las variedades autorizadas, para todos los tipos de productos descritos en el punto 2 de este documento y elaborados con las técnicas específicas y tradicionales que se detallan en el punto 3, apartado b).

 

8) REQUISITOS APLICABLES

 

a) Marco legal

Legislación nacional

Orden de 6 de mayo de 2009 por la que se aprueba la normativa específica de la Denominación de Origen «Cariñena» (BOA Num.91 de 15 de mayo de 2009).

Registros de la denominación:

a) Registro de viñas.

b) Registro de bodegas (secciones de elaboración, almacenamiento, embotellado y

envejecimiento).

c) Registro de Etiquetas.

 

b) Requisitos adicionales

i) Prácticas de cultivo

El Consejo Regulador dictará las normas de campaña necesarias, que prorrogarán su vigencia a sucesivas campañas en tanto no sean modificadas por dicho organismo, en las que podrá determinar la fecha de iniciación de la vendimia y acordar normas sobre su ordenación y el transporte de la uva vendimiada, para que éste se efectúe sin deterioro de la calidad.

Los límites de producción establecidos en el Punto 5, podrán ser modificados anualmente por el Consejo Regulador, a iniciativa propia o a petición de los inscritos interesados, efectuada con anterioridad a la vendimia, previos los asesoramientos y comprobaciones necesarios.

En cualquier caso, tal modificación no podrá realizarse por encima del 25% del límite máximo fijado en el punto nº 5, Rendimiento Máximo.

Esta modificación sólo tendrá lugar en los años en que la pluviometría supere en un 10% la media anual de la zona de 250 l/m2, o cuando la media de temperaturas en agosto no haya superado los 20ºC.

En el cumplimiento de los límites de producción máxima admitida por hectárea establecidos en el Punto 5 se admitirá una tolerancia del 5% en kg de uva/ha, siempre que no se haya aplicado la modificación de los mismos por el Consejo Regulador indicada anteriormente (de cómo máximo el 25%).

 

ii) Locales para Crianza y envejecimiento

Deberán estar exentos de trepidaciones, mantener temperatura constante y fresca durante todo el año, y con estado higrométrico y ventilación adecuados.

 

iii) Envasado

Los vinos calificados “aptos” se comercializarán para el consumidor en los tipos de envase que apruebe el Consejo Regulador, que no perjudiquen su calidad y prestigio.

Con carácter general los envases deberán ser de vidrio de las capacidades autorizadas por la legislación correspondiente. Excepcionalmente, el Consejo Regulador podrá autorizar otro tipo de envases para usos especiales.

El envasado tendrá lugar en la zona geográfica delimitada indicada en el punto 4 del presente Pliego de Condiciones.

El transporte y embotellado fuera de la zona de elaboración, constituyen un riesgo para la calidad del vino, ya que se puede ver expuesto a fenómenos de oxidorreducción, variaciones de temperatura y otros, tanto más graves cuanto mayor sea la distancia recorrida.

El embotellado en origen, permite preservar las características y la calidad del producto.

El embotellado constituye una operación importante que, si no se efectúa respetando exigencias rigurosas, puede menoscabar gravemente la calidad del producto y modificar sus características.

Esto, unido a la experiencia y el conocimiento profundo de las características específicas de los vinos adquirido durante años por las bodegas de la DOP “Cariñena”, hacen necesario el envasado en origen, preservando así todas las características físico-químicas y organolépticas de estos vinos.

 

iv) Etiquetado

Las etiquetas comerciales, propias de cada firma comercial inscrita, deben ser aprobadas por el Consejo Regulador, en lo que se refiere a los requisitos que se relacionan en este Pliego.

Figurará obligatoriamente en ellas la mención: Denominación de Origen “Cariñena”.

El producto destinado al consumo irá provisto de marchamos de garantía, numerados y expedidos por el Consejo Regulador, que serán colocados en la bodega inscrita de modo que no sea posible una nueva utilización de los mismos.

Los términos tradicionales que pueden utilizarse en los vinos amparados por la DOP “Cariñena” son:

Término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1a) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007: “Denominación de Origen” o “DO

Términos tradicionales, a los que se refiere el artículo 118 duovicies.1b) del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007:

“Crianza”,

“Reserva”,

“Gran Reserva”,

“Añejo”,

“Noble”,

“Clásico”,

“Rancio”,

“Superior”

“Viejo”.

Las menciones complementarias que se podrán utilizar en el etiquetado son:

Según el método de producción:

“naturalmente dulce”,

“vendimia tardía”,

“Maceración carbónica”,

“Roble”.

Estas menciones se utilizarán en aquellos vinos que cumplan con los requisitos establecidos en los puntos 2 y 3.

 

9) COMPROBACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLIEGO

 

a) Organismo de control

La verificación del cumplimiento de lo especificado en el presente pliego de condiciones corresponde a:

Consejo Regulador de la Denominación de Origen “Cariñena”.

Dirección: Camino de la Platera, 7.

50400 CARIÑENA (Zaragoza, España)

Teléfono: (34) 976 793 031, Fax: (34) 976 621 107

Correo electrónico: consejoregulador@docarinena.com

www.docarinena.com

 

b) Tareas

i) Alcance de los controles

El Consejo Regulador de la DOP “Cariñena”, tiene identificada en su estructura un Organismo de Control, que actúa como entidad de certificación de producto, acreditada en el cumplimiento de la norma específica de referencia (UNE-EN 45011 o norma que la sustituya) y verifica, mediante controles a viticultores y a bodegas, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones de la DOP Cariñena.

Los controles se completan con la toma de muestras de producto calificado como apto por los operadores, para la realización de ensayos físico-químicos y organolépticos.

 

ii) Metodología de Control

La comprobación se realiza mediante:

control anual de viticultores

auditorías anuales a las bodegas

toma de muestras de producto para realización de ensayos

La toma de muestras se realiza durante las auditorías, a las bodegas que embotellan vino DOP “Cariñena”.

Se realiza por muestreo, aplicando criterios de proporcionalidad en función del tipo de producto y volumen de producción, disponibles en el momento de la auditoría.

 

 

 

CAVA

D.O.

O.M. 14 Noviembre 1991

O.M. 9 Enero 1992

Modificación O.M. 08 Julio 1992

Modificación O.M. 06 Mayo 1993

Modificacoón O.M. 15 Septiembre 1995

Modificación O.M. 06 Febrero 1998

Modificación O.APA 23 Febrero 2007 n. 415

Modificación resolución de 25 de julio de 2014

Modificación resolución 24 de febrero de 2015

 

(fonte BOE)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA “CAVA”

(fonte Magrama.gob)

 

 

1. NOMBRE QUE SE DEBE PROTEGER

 

“CAVA” *

 

* De acuerdo con lo previsto en el artículo 118 ter, apartado 2 del R CE 1234/2007.

 

2. DESCRIPCIÓN DEL VINO

 

a) Definición

El “Cava” es un vino espumoso de calidad, obtenido mediante la realización de una segunda fermentación alcohólica, en botella, del vino base, y cumpliendo “el método tradicional”, en la zona geográfica contemplada en el punto 4.

El vino debe permanecer, al menos,

nueve meses en contacto con las lías y en la misma botella en la que tuvo lugar la segunda fermentación.

Podrá ser: blanco o rosado

 

b) Términos relativos a su contenido en azúcares:

Brut Nature: Inferior a 3,00 g/l. y sin adición de azúcar.

Extra brut: Entre 0 y 6,00 g/l.

Brut: Inferior a 12,00 g/l.

Extra seco: Entre 12,00 y 17,00 g/l.

Seco: Entre 17,00 y 32,00 g/l.

Semi-seco: Entre 32,00 y 50,00 g/l.

Dulce: Superior a 50,00 g/l.

 

c) Características analíticas del “Cava”:

Graduación alcohólica adquirida:

mín. 10,80% vol.;

máx. 12,80% vol.;

Acidez total mín.: 5,00 g/l en ácido tartárico, 66,60 miliequivalentes por litro;

Acidez volátil real Inferior a: 0,65 g/l en ácido acético, ó 10,80 miliequivalentes por litro;

Anhídrido sulfuroso total Inferior a: 160 mg/l;

pH Mín.: 2,80 máx. 3,30;

Sobrepresión mín.: 3,50 bar a 20º C;

Sobrepresión min.: 3,00 bar a 20ºC (para botellas con capacidad inferior a 25 cl)

 

d) Características organolépticas

Será limpio, brillante y sin partículas en suspensión.

Presentará desprendimiento de gas carbónico continuo en forma de rosario, de burbuja pequeña y permanencia adecuada, formando en ocasiones una corona de burbujas en la superficie de la copa.

En ningún caso, el “Cava” presentará alteraciones impropias o de formación de compuestos desagradables, olfativa o gustativamente.

“Cava” Blanco/Rosado:

Presentará color amarillo, de tonalidades diversas, del amarillo pálido al amarillo paja, pudiendo tener algún matiz verdoso.

Los rosados se caracterizarán por las diferentes tonalidades del rosa.

Se caracteriza por aromas frutales, frescos y limpios. Sin aromas de reducción u oxidación, con un recuerdo de la crianza con lías en la botella.

Serán vinos frescos y equilibrados. Post gusto rico aromáticamente.

Retronasal limpia y armónica, con cierto recuerdo al gusto de levaduras integrado con su parte aromática.

“Cava“ “Gran Reserva” Blanco/Rosado:

Presentará color amarillo, de tonalidades diversas. Los rosados se caracterizarán por las diferentes tonalidades del rosa.

Se caracterizarán por aromas complejos y limpios, con matices propios del prolongado contacto con las levaduras. Sin aromas prolongados de reducción u oxidación.

Serán vinos equilibrados, con recuerdos a fruta madura, frutos secos, tostados, …

Post gusto rico aromáticamente. Retronasal limpia y armónica.

 

3. PRÁCTICAS ENÓLOGICAS ESPECÍFICAS

 

a) Prácticas culturales

Se considerará como parcela de viñedo en producción de uva apta para la elaboración de “Cava”, la de vitis vinífera de una variedad autorizada que se encuentre a partir de su tercer ciclo vegetativo una vez plantada.

La densidad de plantación será obligatoriamente de

1.500 cepas por hectárea, como mínimo,

y de 3.500 cepas por hectárea, como máximo.

Los sistemas de conducción autorizados son:

El tradicional en vaso

En espaldera:

con cordón simple o doble

con vara y pulgar simple o doble

 

b) Prácticas enológicas específicas

b.1) Elaboración del vino base

Únicamente podrán destinarse a la elaboración de vino base las primeras fracciones del prensado, con un rendimiento máximo de 1 hectolitro de mosto / vino por cada 150 kilogramos de uva.

Solamente se dedicarán a la elaboración de vinos base “Cava” las partidas de uva sana con

grado alcohólico volumétrico natural mínimo de 8,50% vol. en la zona CII y 9,00% vol. en la zona CIII.

Los vinos base se elaborarán siempre en virgen, pudiendo ser blancos o rosados.

Los vinos base rosados deberán elaborarse al menos con un 25% de uvas de variedades tintas.

Los vinos base para el “Cava” cumplirán las siguientes características analíticas:

Graduación alcohólica adquirida:

mín. 9,50% vol.;

máx. 11,5% vol.;

Acidez total Mín.: 5,00 g/l en ácido tártarico, ó 66,60 miliequivalentes por litro;

Acidez volátil real Inferior a: 0,60 g/l en ácido acético, ó 10 miliequivalentes por litro;

Anhídrido sulfuroso total Inferior a: 140 mg/l;

pH mín.: 2,80 Máx. 3,30;

 

Los vinos base para el “Cava” cumplirán las siguientes características organolépticas:

Fase visual:

Blanco: Presentará color amarillo, de tonalidades diversas, del amarillo pálido al amarillo paja, pudiendo tener algún matiz verdoso.

Rosado: De color rosa con intensidad y tonalidad diversa, exceptuando las violáceas.

Fase olfativa:

Blanco: Se caracterizará por aromas afrutados. Serán vinos frescos y limpios.

Rosado: Con aromas frutales que evoquen a frutos rojos.

Fase gustativa:

Serán vinos equilibrados, ligeramente ácidos y paso fácil. No presentarán alteraciones impropias, ni olfativa ni gustativamente.

 

b.2) Elaboración del “Cava”

La totalidad del proceso de elaboración del “Cava”, desde el tiraje hasta el degüelle inclusive, deberá transcurrir en la misma botella.

Tiraje:

Se denomina “tiraje” a la operación de llenado de las botellas con el vino base y el licor de tiraje.

Para la preparación del “licor de tiraje” únicamente podrán utilizarse, además de levaduras secas o en suspensión vínica, sacarosa y mosto de uva concentrado, rectificado o no, mosto de uva parcialmente fermentado y vino base.

La adición de licor de tiraje al vino base no deberá originar el comienzo de la fermentación alcohólica en depósito abierto.

La incorporación del licor de tiraje no puede aumentar el

grado alcohólico volumétrico total del vino base en más de 1,50% vol.

Rima:

Efectuado el tiraje y cerradas las botellas, éstas se colocan en los locales de crianza, en posición horizontal, denominada “en rima”, efectuándose en esta fase la fermentación y toma de espuma y posterior crianza.

Removido:

Concluida la fase de “rima” la botella es sometida a un proceso de removido hasta conseguir que todo el sedimento quede perfectamente aglomerado en el cuello de la misma, manteniéndose la botella en posición invertida, denominada “botellas en punta”, hasta el momento de proceder a su degüelle.

Degüelle:

El degüelle consiste en la eliminación de las lías depositadas en el cuello de la botella, debiendo quedar el vino, después de la operación, perfectamente brillante, sin muestra de sedimento alguno.

Inmediatamente se realizará el relleno de cada botella para restablecer el volumen inicial, mediante la adición del mismo vino espumoso y en su caso del licor de expedición, siendo cerrada la botella con el tapón definitivo, también denominado “de expedición”.

El licor de expedición únicamente puede estar compuesto de: sacarosa, mosto de uva, mosto de uva parcialmente fermentado, mosto de uva concentrado, mosto de uva concentrado rectificado, vino base, o una mezcla de dichos productos, con adición en su caso, de destilado de vino.

La incorporación del licor de expedición no podrá aumentar el

grado alcohólico adquirido en más de 0,50% vol.

Transvase:

Una vez realizado el degüelle, el “Cava” podrá transvasarse a botellines de 18,75 cl./20 cl., medias botellas de 37,5 cl. y a botellas de capacidad superior a 3 litros.

Se prohíbe la filtración en la operación de transvase.

Todo el proceso de elaboración del “Cava” destinado a “Gran Reserva”, deberá transcurrir en la misma botella, y en la misma bodega, no aceptándose la operación de transvase.

 

b.3) Términos tradicionales facultativos.

Reserva:

cuyo proceso de elaboración, desde el momento del tiraje hasta el degüelle, no sea inferior a 15 meses.

Gran Reserva:

cuyo proceso de elaboración, desde el momento del tiraje hasta el degüelle, no sea inferior a 30 meses,

se haya realizado en la misma bodega y cumpla las especificaciones organolépticas reflejadas en el apartado d) del Punto 2.

 

4. DELIMITACIÓN DE LA ZONA GEOGRÁFICA.

 

La zona geográfica de producción de uva y elaboración de vino base y “Cava” se encuentra delimitada en los términos municipales siguientes:

Provincia, Términos municipales:

Álava:

Laguardia, Moreda de Álava, y Oyón;

Badajoz:

Almendralejo;

Barcelona:

Abrera, Alella, Artés, Avinyonet del Penedès, Begues, Cabrera d’Igualada, Cabrils, Canyelles, Castellet i la Gornal, Castellvi de la Marca, Castellvi de Rosanes, Cervelló, Corbera de Llobregat, Cubelles, El Masnou, Font-Rubí, Gelida, La Granada, La Llacuna, La Pobla de Claramunt, Les Cabanyes, Martorell, Martorelles, Masquefa, Mediona, Mongat, Odena, Olérdola, Olesa de Bonesvalls, Olivella, Pacs del Penedès, Piera, Els Hostelets de Pierola, El Pla del Penedès, Pontons, Premià de Mar, Puigdalber, Rubí, Sant Cugat Sesgarrigues, Sant Esteve Sesrovires, Sant fost de Campsentelles, Vilassar de Dalt, Sant Llorenç d’Hortons, Sant Martí Sarroca, Sant Pere de Ribes, Sant Pere de Riudevitlles, Sant Quintí de Mediona, Sant Sadurní d’Anoia, Santa Fe del Penedès, Santa Margarida i els Monjos, Santa Maria de Martorelles, Santa Maria de Miralles, Sitges, Subirats, Teià, Tiana, Torrelavit, Torrelles de Foix, Vallbona d’Anoia, Vallirana, Vilafranca del Penedès, Vilanova i la Geltrú, Vilobí del Penedès.

Girona:

Blanes, Capmany, Masarac, Mollet de Perelada, Perelada.

La Rioja:

Alesanco, Azofra, Briones, Casalarreina, Cihuri, Cordovín, Cuzcurrita de Rio Tirón, Fonzaleche, Grávalos, Haro, Hormilla, Hormilleja, Nájera, Sajazarra, San Asensio, Tirgo, Uruñuela, y Villalba de Rioja.

Lleida:

Lleida, Fulleda, Guimerà, L’Albi, L’Espluga Calva, Maldà, Sant Martí de Riucorb, Tarrés, Verdú, El Vilosell, y Vinaixa.

Navarra Mendavia, y Viana.

Tarragona:

 Aiguamurcia, Albinyana, Alió, Banyeres del Penedès, Barberà de la Conca, Bellvei, Blancafort, Bonastre, Bràfim, Cabra del Camp, Calafell, Creixell, Cunit, El Catllar, El Pla de Santa Maria, El Vendrell, Els Garidells, Figuerola del Camp, Els Pallaresos, La Bisbal del Penedès, La Nou de Gaià, L’Arboç, La Riera de Gaià, La Secuita, L’Espluga de Francolí, Llorenç del Penedès, Masllorenç, Montblanc, Montferri, El Montmell, Nulles, Perafort, Pira, Puigpelat, Renau, Rocafort de Queralt, Roda de Berà, Rodonyà, Salomó, Sant Jaume dels Domenys, Santa Oliva, Sarral, Solivella, Vallmoll, Valls, Vespella, Vilabella, Vila-rodona, Vilaseca de Solcina, Vilaberd, y Vimbodí.

Valencia:

Requena.

Zaragoza:

Ainzón, y Cariñena.

 

5. RENDIMIENTO MÁXIMO

 

La producción máxima admitida, de uva por hectárea, es de

12.000 kilogramos equivalente a 80 hectolitros, tanto para uvas blancas como para tintas.

 

6. VARIEDADES DE VID

 

Las variedades de vid autorizadas para producir uva destinada a la elaboración de vino base y “Cava” son las siguientes:

 

Variedades de uva blanca:

Macabeo (Viura), Xarel.lo, Parellada, Malvasía (Subirat Parent) y Chardonnay.

Variedades de uva tinta:

Garnacha tinta, Monastrell, Pinot Noir y Trepat.

 

7. VÍNCULO CON LA ZONA GEOGRÁFICA

 

a) Área geográfica

FACTORES NATURALES

Los suelos de la zona geográfica del “Cava” son en su mayoría de naturaleza calcárea, poco arenosos y relativamente arcillosos. Suelen ser pobres en contenido de materia orgánica y poco fértiles.

El cultivo de la viña se extiende desde la proximidad del litoral mediterráneo hacia el interior, con altitudes que pueden llegar hasta los 800 metros sobre el nivel del mar.

CLIMA

La zona geográfica del “Cava” dispone de una diversidad de microclimas.

En general, podemos hablar de un clima mediterráneo de transición entre el de la costa, dada la proximidad al mar, más suave, y el continental, más riguroso, frío en invierno y más caluroso en verano, propio de las zonas interiores.

La pluviometría anual ronda los 500 mm, con precipitaciones más concentradas, por lo general, en otoño y primavera.

El clima de la zona geográfica del “Cava” es muy luminoso, con una media de horas de insolación en torno a 2.500, adecuadas para la buena maduración de la uva.

 

FACTORES HUMANOS

A finales del siglo XIX, coincidiendo con el esplendor de la viticultura catalana, varias familias adaptaron formalmente a la elaboración de vinos de la zona el método tradicional de segunda fermentación en botella. Época de asentamiento de los principios del “méthode campenoise” tras los estudios de microbiología realizados por Louis Pasteur.

En 1872 se elaboraron en Sant Sadurní d'Anoia las primeras botellas de cava que se comercializarían, población que ha sido y continua siendo el municipio que acapara la mayor parte de la producción de “Cava”.

Las décadas del 20 y el 30 fueron un período de gran expansión vinícola, con la consolidación internacional de empresas en mercados de Europa y América.

En 1932 entra en vigor el Estatuto del Vino con el fin de regular la producción y el mercado del vino, fijando normas para su elaboración, conservación y crianza, y sanciones para quienes incurrieran en prácticas que no se permitían. Posteriormente, los conflictos internos del país primero y a nivel europeo después, supusieron un freno a la actividad y pujanza del sector.

A partir de los años cincuenta el “Cava” empezó a recuperar una relativa normalidad, y en 1959 una orden ministerial establece las normas para la distinción en el comercio de los vinos espumosos y gasificados. Aparece en ella por primera vez en publicación oficial la mención “Cava

En la década de los 70, se introdujeron nuevas técnicas vitícolas enfocadas a conseguir una mejora de la calidad de la uva y se modernizaron con nueva tecnología las infraestructuras de las bodegas elaboradoras.

El Decreto 835/1972, que desarrolló la Ley 25/1970, de la Viña, del Vino y de los Alcoholes, reguló la elaboración del “Cava”.

En 1972 se constituye el Consejo Regulador de los Vinos Espumosos y de los Vinos Gasificados, entre los que se incluía de forma destacada el "Cava" como vino obtenido de acuerdo con el método tradicional ó "método champenoise".

Se establece la sede del mismo en Vilafranca del Penedès, capital de la comarca del área de mayor producción.

En 1986, se publicó la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 27 de febrero de 1986, por la que se estableció la reserva de la denominación "Cava" para los vinos espumosos de calidad elaborados por el método

tradicional en el ámbito geográfico delimitado en la misma, adquiriendo el “Cava” la consideración de "vino espumoso de calidad producido en una región determinada" (v.e.c.p.r.d.) según la terminología de la Comunidad Económica Europea.

A tal situación, se dio al Cava reconocimiento en el ámbito comunitario, de forma expresa, por el Reglamento (CEE) 2043/89 del Consejo de 19 de junio, que adaptó el Reglamento (CEE) 823/87 del Consejo por el que se establecían disposiciones específicas relativas a los vinos de calidad producidos en regiones determinadas, contemplando el “Cava” como excepción al principio general de designar la región determinada mediante un nombre geográfico.

En 1991 se aprueba el Reglamento de la Denominación “Cava” y en 1993 se constituye el Consejo Regulador del “Cava”, órgano encargado de la defensa de la denominación, la aplicación de su Reglamento, así como el fomento y control de la calidad de los vinos protegidos.

 

b) Calidad y características del producto debidas fundamentalmente o exclusivamente al medio geográfico.

Las áreas geográficas que abarcan las zonas de producción y crianza de la denominación de origen protegida (DOP) “Cava” están delimitadas por los municipios que se relacionan en el pliego de condiciones, las cuales se han considerado aptas para la producción de uva con la calidad necesaria, es en ellas donde se ha desarrollado la tradición y experiencia de elaborar “Cava”.

Las variedades principales de la DOP “Cava” son: "Macabeo" "Xarel.lo" y "Parellada", que representan aproximadamente el 85% de las uvas que se dedican a la elaboración del Cava. Sus características venían siendo contrastadas en la zona de producción desde hace más de 100 años y vienen utilizándose, en mayor o menor

cuantía, en la elaboración de los vinos base.

La personalidad del “Cava”, claramente diferenciada, nace en el viñedo, siendo la bodega en su "saber hacer" quien tiene que preservar la misma.

El vino por tanto expresa el carácter de las variedades con las particularidades del terreno donde vegetan.

Macabeo:

Es la variedad más cultivada, básica en la elaboración delCava”.

Está plantada en suelos frescos y de mayor fertilidad.

Se adapta bien a las diferentes condiciones climáticas y altitudes, siendo algo propensa a las enfermedades criptogámicas.

Es más sensible a la sequía que la Xarel.lo y la Parellada. Produce un vino de calidad, afrutado, ligero, equilibrado y fino.

De moderada graduación alcohólica, entre 10,00 y 11,00% vol.

Entra a formar parte en la mayoría de los cupajes del vino base.

Xarel.lo:

Es otra de las variedades principales, que, junto con la Macabeo, se cultiva en la zona central de la zona de producción de la DOP “Cava” tomando como eje Sant Sadurni d´Anoia.

Es de brotación temprana y su maduración viene seguidamente a la del Macabeo, por la segunda semana de septiembre.

Se adapta bien a la mayoría de los suelos, estando plantada en los suelos situados desde el nivel del mar hasta los 400 m. de altitud; es productiva; le van las podas largas.

Da vinos consistentes, equilibrados, ácidos, aporta estructura en los cupajes del Cava. Las graduaciones medias suelen estar entre los 11,00% vol.

Parellada:

Se cultiva en las zonas más altas y frías donde muestra su mayor expresión aromática. Es sensible a la sequía y poco sensible a las enfermedades criptogámicas.

Es de vendimia tardía, a finales de septiembre, tras Macabeo y Xarel.lo.

Sus vinos son de poca graduación, entre 9,50 y 10,00% vol.; muy finos, afrutados, ligeros y aromáticos.

Las condiciones climáticas resultan muy favorables para el cultivo de las variedades de uva autorizadas en la DOP “Cava”, obteniéndose vinos de excelente calidad, de carácter fresco y ligero, de expresión aromática moderada, idóneos para la elaboración de “Cava”.

 

c) Nexo causal entre la zona geográfica y las características del producto

Los factores determinantes de la calidad del “Cava” son:

La variedad.

El terreno.

El clima.

Las técnicas de cultivo.

La elaboración.

Independientemente del orden de su importancia, ya que todos están relacionados, el principal protagonista es la uva; requiere la mayor atención por parte del productor, íntimamente relacionado con el enólogo.

La climatología y pluviometría de la zona geográfica del “Cava” permite obtener una maduración escalonada de la vendimia para cada una de las variedades.

Los diferentes tipos de suelo, la diversidad de microclimas y el factor humano, condicionan la ubicación geográfica de cada una de las variedades y las características específicas que le son propias.

 

8. REQUISITOS APLICABLES

 

a) Marco legal

Legislación Nacional

Orden de 14 de noviembre de 1991 que aprueba el Reglamento de la Denominación de origen “Cava” y de su Consejo Regulador y sus modificaciones posteriores.

EXCEPCIONES:

Bodegas elaboradoras de “Cava”, situadas fuera de la zona geográfica delimitada de la DOP “Cava”, que efectuaban la elaboración de vino base y/o “Cava” con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 27 de febrero de 1986,

autorizadas conforme a las Ordenes Ministeriales de 14 de noviembre de 1991 (Disposición Adicional segunda) y de 9 de enero de 1992, y al tercer párrafo del apartado 4º del artículo 6 del R CE nº 607/2009, de la Comisión:

BODEGAS LANGA, Hnos. S.L. -Registro 4.

Ctra.N-II Km. 241,7 - 50300 Calatayud (Zaragoza)

BODEGAS PEÑALBA LOPEZ, S.L. -Registros 2 y 4.

Finca Torremolinos – 09400 Aranda de Duero (Burgos)

BODEGAS TROBAT, S.A. -Registro 4.

c/ Castelló, 10 - 17780 Garriguella (Girona)

COCA SOLER, S.L. -Registro 4.

Partida Calabarra, 1100 - 46389 Turis (Valencia)

PUJOL VILALLONGA, Juan -Registro 4.

c/ Eduard Gibert, 44 - 08940 Cornellà de Llobregat (Barcelona)

 

b) Requisitos adicionales

i) Registros de la DOP:

Registro de explotaciones vitícolas.

Registro de bodegas elaboradoras de vino base.

Registro de bodegas de almacenamiento de vino base.

Registro de bodegas elaboradoras de “Cava”.

Todas las explotaciones vitícolas cuya uva vaya a destinarse a la elaboración de vino base, las bodegas elaboradoras de vino base, las de almacenamiento y las empresas elaboradoras de “Cava” deberán figurar inscritas en el Registro o Registros correspondientes. Será condición necesaria para la inscripción que se cumplan los requisitos establecidos, las normas técnicas que resulten aplicables de acuerdo con la regulación específica y las condiciones técnicas complementarias.

La inscripción conllevará la obligación de satisfacer las cuotas que correspondan.

ii) Explotaciones vitícolas

No obstante lo indicado en el punto 5, el Consejo Regulador, con el fin de proteger la calidad, y en función de los condicionantes climatológicos de la campaña, podrá modificar, previos los asesoramientos y comprobaciones necesarias, el Rendimiento de producción por hectárea para cada campaña, a iniciativa propia o a petición de los interesados inscritos en los registros, petición que deberá ser efectuada con anterioridad a la vendimia. La modificación podrá afectar a toda la zona de producción del “Cava” o sólo a determinadas subzonas, comarcas o términos municipales, o variedades.

La modificación no permitirá, en ningún caso, que el rendimiento máximo autorizado por hectárea exceda del 25% de 12.000 kilogramos.

iii) Bodegas elaboradoras de vino base y “Cava”

El Consejo Regulador podrá establecer otros requisitos analíticos y parámetros complementarios, con anterioridad a la vendimia, lo que comunicará fehacientemente a los operadores afectados bajo cualquier fórmula admitida en derecho.

El límite de rendimiento máximo de extracción, podrá ser modificado excepcionalmente por el Consejo Regulador, de acuerdo con las características técnicas de las instalaciones de elaboración y condiciones de la añada.

Las uvas deberán recepcionarse por la bodega de manera separada por variedad.

Las bodegas elaboradoras de vino base, las de almacenamiento y las bodegas elaboradoras de “Cava” deberán estar separadas en cuanto a sus edificios e instalaciones, y sin otra comunicación más que a través de la vía pública, de cualquier otra donde se elaboren, almacenen o manipulen otros vinos espumosos, vinos espumosos gasificados, vinos de aguja u otras bebidas derivadas de vino, presentados en “botella clásica” o en botella de características similares a la de los vinos espumosos.

Los locales de las industrias elaboradoras de “Cava” no podrán contener maquinaria, útiles, etiquetas, impresos o cualquier clase de distintivos propios de la elaboración o comercialización de vinos mencionados en el apartado anterior.

Las bodegas elaboradoras de “Cava”, las bodegas de elaboración de vino base y las de almacenamiento, deberán estar separadas en locales independientes, y sin otra comunicación más que a través de la vía pública, de aquellas otras en las que se elaboren, manipulen o almacenen vinos obtenidos en áreas geográficas no incluidas en la zona geográfica del “Cava”.

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, para las instalaciones elaboradoras de vino base, de almacenamiento, y elaboradoras de “Cava”, situadas en la zona de producción de una denominación de origen cuyo ámbito geográfico coincida en parte con la zona geográfica del “Cava”, el Consejo Regulador podrá autorizar la

recepción de uvas, elaboración y almacenamiento de vinos procedentes de la respectiva zona de producción, aún cuando no procedan del área geográfica de la Denominación “Cava”.

En cualquier caso las operaciones citadas se realizarán de forma separada de las correspondientes a los productos que opten a ser amparados por la DOP “Cava” y de acuerdo con lo establecido en el Pliego de condiciones de la denominación de origen protegida correspondiente.

El uso de anhídrido carbónico como gas de contrapresión en las instalaciones de trasvase, máquinas llenadoras, niveladoras y dosificadoras de “licor de expedición”, deberá comunicarse a la estructura de control, previamente a su utilización.

Del mismo modo, las instalaciones de transvase deben ser puestas en conocimiento y verificadas por dicha estructura de control.

Los tapones de tiraje de las botellas de “Cava” deberán llevar impreso el número de registro de embotellador y una contraseña que identifique la fecha en que se haya efectuado el tiraje (el primer dígito de la contraseña indica el mes y los dos últimos el año correspondiente).

En el caso de un “Cavamonovarietal se añadirá la contraseña de la variedad: Macabeo-M; Xarel.lo-X; Parellada-P; Chardonnay-Ch.; Malvasía-MV; Monastrell-MO; Garnacha Tinta-G; Trepat-T; Pinot Noir-PN.

iv) Aspectos generales a verificar para el uso de la DOP “Cava”

Para poder hacer uso de la DOP “Cava”, todos los vinos obtenidos en la zona de producción en bodegas inscritas, estarán sujetos a la trazabilidad y el autocontrol de cada operador.

La calificación de las partidas de vino base y Cava la realizará el Consejo Regulador verificando las condiciones físico-químicas y organolépticas, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa comunitaria y específica de la Denominación.

Cualquier partida calificada podrá ser sometida a revisión por el Consejo Regulador en cualquier fase del proceso de elaboración.

v) Envasado y presentación

El “Cava” únicamente podrá ser comercializado en botellas de vidrio de las siguientes capacidades:

Botella standard 75 cl.

Botellas medias 37,5 cl.

Botellín 20 cl. / 18,75 cl.

Magnum 150 cl.

Doble Magnum 300 cl.

Cualquier volumen nominal que no sea de los standards métricos referidos deberá ser autorizado por el Consejo Regulador.

El tapón de expedición, en el caso de las botellas con un volumen nominal superior a 0,20 litros tendrá forma de champiñón, de corcho u otros materiales, autorizados por el Consejo, de contacto con los productos alimenticios, sujeto con una ligadura, cubierto, en su caso, de una chapa, y revestido por una hoja que cubra la totalidad del tapón y, total o parcialmente, el cuello de la botella.

En el caso de las botellas de volumen nominal igual o inferior a 0,20 litros: cualquier otro dispositivo de cierre apropiado, excluido el tapón corona.

Para los botellines podrán utilizarse otros tipos de cierre, excluido el tapón corona.

En el tapón de expedición constará la denominación “Cava” y el número de registro de embotellador, impresos en la parte del tapón que está en contacto con el vino.

En el caso de otros tipos de cierre usados para los botellines las inscripciones y contraseñas figurarán en el círculo exterior o interior del mismo.

Las inscripciones deben resultar fácilmente legibles.

Todas las etiquetas utilizadas para la comercialización de la DOP “Cava” deberán ser aprobadas por el Consejo Regulador previamente a su utilización de acuerdo a la legislación aplicable.

En todas las etiquetas de la DOP “Cava” será preceptiva la utilización de una marca comercial (inscrita en el Registro de la Propiedad Industrial) u Oficinas de Registro de Patentes y Marcas internacionales, la cual no podrá contener palabras, partes de palabra, signos o ilustraciones que puedan infundir a confusión y en particular en lo que se refiere al origen geográfico, variedad de uva, año de cosecha y calidad del producto.

Para la denominación de origen protegida “Cava” el término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies.1a) del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, Reglamento único para las OCM, es:

Denominación de Origen”.

Según se establece en el artículo 118 sexvicies.3.a) del citado Reglamento, tal mención tradicional podrá sustituir en el etiquetado de los vinos “Cava” a la expresión “Denominación de origen protegida”.

Los términos tradicionales, a los que se refiere el artículo 118 duovicies.1b) del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, que pueden utilizarse en los vinos amparados por la DOP “Cava” son: “Reserva*” y “Gran Reserva”.

El término tradicional “Gran Reserva”, únicamente podrá utilizarse en la presentación de un·”Cava” de los tipos

“Brut Nature”, “Extra Brut” y “Brut”.

*España ha solicitado a la Comisión el reconocimiento de “Reserva” como término tradicional.

Es obligatoria la indicación del año de cosecha en el etiquetado de los cavas que ostenten la mención “Gran Reserva”.

La denominación “Cava” figurará impresa de forma destacada del resto de las indicaciones que figuren impresas en la etiqueta.

Las marcas no podrán utilizarse, simultáneamente, en el etiquetado de otros vinos y bebidas derivadas del vino, presentados en botella característica de vinos espumosos.

vi) Distintivo de control

Las botellas de la DOP “Cava” destinadas al consumo deberán ir provistas de una contraetiqueta u otro tipo de marchamo, en ambos casos numerados, expedidas por el Consejo Regulador, que deberán colocarse en la bodega de elaboración.

Existirán diversos tipos de marchamos o contraetiquetas, en función de la capacidad de las botellas sobre las que se adhieran y las menciones relativas a la crianza que consten en el etiquetado (“Cava”, “Cava Reserva” o “Cava Gran

Reserva”).

La utilización de un marchamo “Reserva” o “Gran Reserva” conllevará la obligación de hacer constar tales menciones en el etiquetado del “Cava”.

Del mismo modo, el hecho de hacer constar las menciones “Reserva” o “Gran Reserva”, conllevará la obligación de hacer uso del marchamo correspondiente.

La gestión de los marchamos o contraetiquetas la llevará el Consejo Regulador, y su asignación a las empresas se realizará en base a comprobaciones de stocks, declaraciones y verificaciones de tenencia de marchamos y botellas según capacidad, crianza y tipo de vino.

vii) Circulación de productos

Circulación de mostos aptos para la elaboración del vino base “Cava”:

El mosto estará convenientemente desfangado y refrigerado de manera que a la llegada a la bodega de destino no supere los 18º C.

La expedición de mosto, vino y botellas en fase de elaboración que circulen entre bodegas inscritas, se realizará en las condiciones que establecen la normativa y regulación especifica, así como la legislación aplicable.

viii) Declaraciones

Con objeto de poder controlar el origen, la producción, elaboración, crianza, existencias, movimientos y cuanto sea necesario, las personas físicas o jurídicas

titulares de las explotaciones vitícolas y bodegas inscritas vendrán obligados a presentar las declaraciones que establece la normativa y regulación específica, así como la legislación aplicable.

 

9. COMPROBACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLIEGO

 

a) Autoridad Competente u Organismo de Control

Autoridad Competente

Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios.

Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino

Paseo de la Infanta Isabel, 1 - 28014 MADRID

Teléfono: (34) 91 347 53 61

Fax: (34) 91 347 57 00

Correo electrónico: dgima@marm.es, sgcdae@marm.es

En las actividades de control participará la Estructura de Control integrada en el Consejo Regulador de la DOP “Cava”. Dicho Consejo Regulador ostenta la consideración de órgano desconcentrado del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Avenida de Tarragona, 24 - 08720 Vilafranca del Penedés.

Teléfono: (34) 93 890 31 04;

Fax: (34) 93 890 14 57;

correo electrónico: consejo@crcava.es

 

b) Tareas

i) Alcance de los controles

Los inscritos en los diferentes Registros de la Denominación mencionados en el punto 8.

ii) Metodología de control

ii1) Control sobre las explotaciones vitícolas inscritas

Practicas culturales -POR MUESTREO

Variedades de uva -POR MUESTREO

Rendimientos -SISTEMÁTICO

ii2) Control sobre las Bodegas Elaboradoras de Vino base y de almacenamiento.

Condiciones de las instalaciones -SISTEMÁTICO

Rendimientos de extracción -SISTEMÁTICO

Proceso elaboración Vino Base -SISTEMÁTICO

Examen analítico y organoléptico -SISTEMÁTICO

ii3) Control sobre las Bodegas Elaboradoras de “Cava”.

ALEATORIOS, basados en ANÁLISIS DE RIESGOS, así como por MUESTREO sobre:

Condiciones de las instalaciones.

Proceso de elaboración.

Examen analítico y organoléptico.

Términos tradicionales facultativos.

Envasado y presentación.

 

SOMONTANO

D.O.

Orden de 6 de mayo de 2009

Resolución de 27 de mayo de 2010

(fonte BOE)

PLIEGO DE CONDICIONES

DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN “SOMONTANO”

Orden de 20 de abril de 2012

(fonte BOA )

 

1) NOMBRE QUE SE DEBE PROTEGER

 

Denominación de Origen Protegida “Somontano”

Quedan protegidos por la Denominación de Origen Protegida “Somontano” los vinos que tengan las características definidas en este pliego de condiciones y que cumplan en la producción, la elaboración, la crianza, la designación y la comercialización todos los requisitos que se exigen en este pliego de condiciones y en el resto de la legislación vigente

 

2) DESCRIPCIÓN DEL VINO

a) Características analíticas del producto

Las características analíticas de los vinos de la DOP Somontano se presentan a continuación

según el tipo de vino:

 

vino blanco:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 10,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 17.95 meq/l o 1.08 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 180 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 240 mg/l;

 

vino rosado:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 11,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 17.95 meq/l o 1.08 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 180 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 240 mg/l;

 

vino tinto:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 11,50% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 19.95 meq/l o 1.20 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 140 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 180 mg/l;

 

Vino naturalmente dulce:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 13,00% vol.;

Grado alcohólico total: mayor de 15,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 19,95 meq/l o 1,20 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: blanco 180 mg/l, tinto 140 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: blanco 240 mg/l, tinto 180 mg/l;

 

Vino vendimia tardia:

Grado alcohólico volumétrico adquirido: mínimo 13,00% vol.;

Grado alcohólico total: mayor de 15,00% vol.;

Acidez mínima (ác. tartarico): 60 meq/l o 4.50 g/l;

Acidez volátil máxima (ác. acético): 25,00 meq/l o 1,50 g/l;

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando la concentración en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: blanco 180 mg/l, tinto 140 mg/l;

cuando la concentración en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: blanco 240 mg/l, tinto 180 mg/l;

 

Contenido máximo en azúcares reductores:

Para los vinos blancos, rosados y tintos secos, blancos con maceración carbónica, tintos con maceración carbónica y vendimia tardía:

su contenido en azúcar no es superior a

4,00 gramos por litro, o 9,00 gramos por litro cuando el contenido de acidez total expresada en gramos de ácido tartárico por litro no sea inferior en más de 2,00 gramos por litro al contenido en azúcar residual.

Para los vinos semisecos:

su contenido en azúcar excede el máximo previsto anteriormente pero no excede: 12,00 gramos por litro, ó 18,00 gramos por litro, cuando el contenido de acidez total expresada en gramos de ácido tartárico por litro no sea inferior en más de 10,00 gramos por litro al contenido en azúcar residual.

Para los vinos semidulces:

su contenido en azúcar es superior al máximo previsto anteriormente pero no es superior a 45,00 gramos por litro.

Para los vinos dulces y naturalmente dulces:

Su contenido en azúcar es igual o superior a 45,00 gramos por litro.

Para los vinos dulces y naturalmente dulces: es igual o superior a: 45,00 gramos por litro.

 

Vino espumoso de calidad:

Grado alcohólico adquirido mínimo de: 10,00% vol.

Acidez mínima (ácido tartárico) de: 60 meq/l o 4.50 g/l.

Acidez volátil máxima (ácido acético) de: 10.83 meq/l o 0.65 g/l.

Anhídrido sulfuroso máximo: 160 mg/l.

CO2 mínimo total de 3.50 bar, o 3,00 bar en caso de botellas de menos de 25 cl.

 

Vino de licor:

Grado alcohólico adquirido: mayor o igual a 15,00% vol y menor o igual a 22,00% vol..

Acidez mínima (ácido tartárico) de: 60 meq/l o 4.50 g/l.

Acidez volátil máxima (ácido acético) de: 25 meq/l o 1.50 g/l.

Anhídrido sulfuroso máximo:

cuando el contenido en azúcares sea inferior a 5,00 g/l: 150 mg/l;

cuando el contenido en azúcares sea mayor o igual a 5,00 g/l: 200 mg/l;

Grado alcohólico total: mayor o igual a 17.50% vol.

 

b) Características organolépticas.

Las características organolépticas de los vinos de Somontano se describen a continuación según el tipo de vino:

b.1. Vinos blancos, rosados y tintos:

 

Vino blanco:

Fase visual: de color amarillo pajizo a amarillo dorado.

Fase olfativa: de intensidad media o alta y aroma afrutado y/o floral.

Fase gustativa: equilibrado en acidez y persistencia media o larga.

Vino rosado:

Fase visual: de color rosa violáceo a rosa fresa.

Fase olfativa: de intensidad media o alta y aroma afrutado.

Fase gustativa: equilibrado en acidez y persistencia media o larga.

Vino tinto (joven):

Fase visual: de color rojo violáceo a rojo cereza e intensidad de color media.

Fase olfativa: de intensidad media o alta y aroma fresco, afrutado y/o láctico.

Fase gustativa: equilibrado en acidez y persistencia media o larga.

Vinos con envejecimiento (Crianza, Reserva, Gran Reserva, Roble, Noble, Añejo):

Fase visual: presentan colores más intensos y con mayor capa.

Fase olfativa: aroma de intensidad media o alta, de mayor complejidad, con aromas propios de la crianza en roble como notas ahumadas, tostadas, balsámicas y especiadas.

Fase gustativa: intensa, taninos integrados y larga persistencia.

Vino blanco de maceración carbónica:

Fase visual: de amarillo pajizo a amarillo dorado.

Fase olfativa: afrutado y/o floral.

Fase gustativa: equilibrado en acidez y persistencia media.

Vino tinto de maceración carbónica:

Fase visual: de rojo violáceo a rojo cereza e intensidad media de color.

Fase olfativa: aromas afrutado y/o lácticos.

Fase gustativa: equilibrado en acidez y persistencia media.

Vino semiseco, semidulce y dulce (blanco):

Fase visual: de amarillo pajizo a amarillo dorado.

Fase olfativa: notas afrutadas, frutas confitadas o desecadas, balsámicas y/o especiadas.

Fase gustativa: con cuerpo y de sabor dulce equilibrado con la acidez.

Vino semiseco, semidulce y dulce (tinto):

Fase visual: rojo cereza, intensidad de media a muy alta y abundante lágrima.

Fase olfativa: notas afrutadas y/o aromas secundários de fermentación.

Fase gustativa: con cuerpo y de sabor dulce equilibrado con la acidez.

Vino naturalmente dulce (blanco):

Fase visual: de amarillo pajizo a amarillo dorado.

Fase olfativa: notas afrutadas, frutas confitadas o desecadas.

Fase gustativa: persistencia media y sabor dulce equilibrado con la acidez.

Vino naturalmente dulce (tinto):

Fase visual: de rojo violáceo a rojo cereza e intensidad media de color.

Fase olfativa: notas frescas, aromas a carbónico y/o fruta fresca.

Fase gustativa: persistencia larga, con volumen, goloso y a su vez equilibrado con la acidez.

Vendimia tardía (blanco):

Fase visual: de amarillo paja a amarillo dorado.

Fase olfativa: afrutado, aromas lácticos y de crianza integrados (tostados, vainilla,...).

Fase gustativa: equilibrado en acidez, carnoso y de larga persistencia.

Vendimia tardía (tinto):

Fase visual: presentan colores más intensos y con mayor capa.

Fase olfativa: frutas confitadas, orejones, pasas, compota.

Fase gustativa: ausencia de sensaciones amargas, equilibrado en acidez y de larga persistencia.

 

b.2. Vinos espumosos de calidad:

Fase visual: de amarillo pajizo a amarillo dorado en el caso de blancos y de color rosa violáceo a rosa fresa en el caso de rosados.

Fase olfativa: afrutado.

Fase gustativa: equilibrado en acidez, persistencia media y carbónico integrado.

 

b.3.1. Vinos de licor (blanco dulce):

Fase visual: de amarillo pajizo a amarillo dorado, incluso con tonos más evolucionados.

Fase olfativa: notas afrutadas, aromas a frutas confitadas y/o aromas fermentativos.

Fase gustativa: con cuerpo y de sabor dulce equilibrado con la acidez.

 

b.3.2 Vinos de licor (tinto dulce):

Fase visual: rojo cereza, de intensidad media a muy alta y abundante lágrima.

Fase olfativa: notas afrutadas, frutas confitadas o desecadas, balsámicas y/o especiadas.

Fase gustativa: con cuerpo y de sabor dulce equilibrado con la acidez.

 

3) PRÁCTICAS ENOLÓGICAS ESPECÍFICAS.

 

a) Prácticas de cultivo.

La densidad de la plantación será de 1.500 cepas por hectárea, como mínimo.

Los sistemas de poda serán los siguientes:

El tradicional sistema de poda en vaso.

En espaldera.

 

b) Prácticas enológicas específicas.

La vendimia se realiza, dedicando exclusivamente a la elaboración de vinos protegidos las partidas de uva sana, con el grado de madurez necesario que tenga

un contenido en azúcar igual o superior a 170 gramos/litro de mosto

y separando toda aquella que no esté en perfectas condiciones.

Se aplicarán presiones adecuadas para la extracción del mosto o del vino y su separación de los orujos de forma que el rendimiento no sea superior a 70 litros de vino por cada 100 kilogramos de uva.

 

Elaboración de los diferentes subtipos de vino.

a).Vinos de licor:

se realizarán exclusivamente con las variedades autorizadas, cuyas uvas en el momento de la vendimia, deberán tener un grado alcohólico volumétrico natural no inferior al 12,00% Vol.

Si se somete a proceso de envejecimiento, el período tendrá una duración mínima de veinticuatro meses,

de los que dieciocho, como mínimo, serán en envase de roble.

b) Vino “naturalmente dulce”:

deberá elaborarse con uva sobremadurada, sin aumento artificial de su graduación y con el alcohol procedente en su totalidad de la fermentación,

con un grado alcohólico natural superior a 15,00% vol.

c) Vinos espumosos de calidad:

tendrán un proceso de elaboración y crianza, desde la segunda fermentación hasta la eliminación de las lías inclusive, en la misma botella en la que se ha efectuado el tiraje, y deberán cumplir los siguientes requisitos:

La duración del período de tiraje hasta el degüelle será como mínimo de nueve meses.

El licor de tiraje deberá cumplir lo establecido en el Anexo II, letra C, apartado 4 del Reglamento (CE) nº 606/2009 de la Comisión, de 10 de julio de 2009, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 479/2008 del Consejo en lo relativo a las categorías de productos vitícolas, las prácticas enológicas y las restricciones aplicables.

Sólo se podrá emplear este tipo de vino para el relleno de las botellas en el momento del degüelle.

d) Los vinos con la mención “vendimia tardía”

deberán presentar un grado alcohólico natural superior a 15,00% vol.

e) Los vinos con la mención “roble”:

Blanco: periodo mínimo de crianza: más de 45 días en barricas de roble de 600 l. de capacidad máxima.

Tinto: período mínimo de crianza: más de 90 días en barricas de roble de 600 l. de capacidad máxima.

 

4) DEMARCACIÓN DE LA ZONA GEOGRÁFICA.

 

D.1. La zona geográfica está constituida por:

a) la zona de producción, y

b) la zona de elaboración, envejecimiento y embotellado.

D.2. La zona de producción de la denominación de origen está constituida por los terrenos que el Consejo Regulador considere aptos para la producción de uva de las variedades que se indican en esta norma, con la calidad necesaria para producir vinos de las características específicas de los protegidos por la denominación, ubicados en los términos municipales de

 

Provincia de Huesca:

Abiego, Adahuesca, Alcalá del Obispo, Angües,  Antillón, Alquézar, Argavieso, Azara,  Azlor, Barbastro, Barbuñales, Berbegal,  Blecua Torres, Bierge, Capella, Casbas de Huesca, Castillazuelo, Colungo, Estada, Estadilla,  Fonz Grado(E1), Graus, Hoz y Costean,  Ibieca, Ilche, Laluenga, Laperdiguera,  Lascellas Ponzano, Naval, Olvena, Peralta de Alcofea,  Peraltilla, Perarrúa, Pertusa, Pozán de Vero,  Puebla de Castro, (La) Salas Altas, Salas Bajas, Santa María de Dulcís,  Sacastilla, Siétamo, Torres de Alcanadre.

 

D.3. Cualquier modificación que se produzca en los límites de los términos municipales incluidos en la zona de producción no llevará aparejada la baja en el Registro de viñas de los viñedos afectados que se hallen inscritos a la entrada en vigor de la presente norma técnica.

D.4. Cualquier modificación de la zona geográfica deberá basarse en los factores naturales y humanos, en su caso, y en las características edáficas y climáticas.

D.5. La zona de elaboración, envejecimiento y embotellado de los vinos protegidos es la formada por los términos municipales citados en el apartado D.2.

 

5) RENDIMIENTO MÁXIMO.

 

La producción máxima admitida por hectárea será de

8.000 kilogramos de uva para las variedades tintas y

9.000 kilogramos para las variedades blancas.

El rendimiento máximo de vino por hectárea será de

56,00 hectolitros para vinos de variedades tintas

63,00 hectolitros para vinos de variedades blancas.

 

6) VARIEDAD O VARIEDADES DE UVA DE LAS QUE PROCEDE EL VINO.

 

La elaboración de los vinos protegidos por la DOP Somontano se realizará exclusivamente con uvas de las variedades autorizadas siguientes:

Tintas:

Cabernet Sauvignon, Garnacha Tinta, Merlot, Moristel, Parraleta, Pinot Noir, Syrah y Tempranillo.

Blancas:

Alcañón, Chardonnay, Garnacha Blanca, Gewürztraminer, Macabeo, Riesling y Sauvignon Blanc.

 

7) VÍNCULO CON LA ZONA GEOGRÁFICA.

 

a) Área geográfica.

FACTORES HUMANOS

La historia del viñedo en el Somontano se remonta a algunos siglos antes de Cristo. Según documentos de la época en el año 500 a. C. ya se cultivaba la vid en el Valle del Ebro y en el siglo II a. C. ya existía gran producción de vino en esta zona.

Un factor que influyó en el desarrollo del cultivo de la vid y su comercio fue el asentamiento de itálicos en el Somontano, quienes importaron las técnicas vitivinícolas itálicas avanzadas, contribuyendo también a la creación de las compañías de comercio.

En la Edad Media, el cultivo del viñedo se extiende a toda la provincia debido a las dificultades de comercialización. En esta época los monasterios fueron un factor influyente en el desarrollo del viñedo en la zona provocando un fuerte aumento de cepas en las zonas cercanas a ellos por ser el vino un producto esencial que forma parte de los rituales católicos.

Posteriormente, en el siglo XIX el ataque de la filoxera en el viñedo francés originó un aumento de la producción vinícola de la comarca y un incremento de las exportaciones.

En el Somontano esto supuso la realización de unas buenas ventas y que durante ese siglo, la producción de vino en

Huesca se fuera ciñendo cada vez más a su territorio debido a la especialización de la zona en la producción y a la buena calidad.

En el siglo XX, concretamente en los años 60, el nacimiento de la Cooperativa Comarcal Somontano del Sobrarbe –que aglutinaba a gran parte de los viticultores de la zona- supone la apuesta de la zona por la viticultura de calidad como motor de la economía y los primeros pasos del nacimiento de la Denominación de Origen Somontano que sería aprobada en 1.984.

A partir de ese momento, y sobre todo a partir de los años 90, la llegada a Somontano de grandes proyectos

empresariales con fuertes inversiones coloca a los vinos Somontano entre los mejores de todo el país.

Ya en pleno siglo XXI Somontano vive un momento histórico marcado por la llegada de nuevas bodegas, la inversión de capital, el crecimiento y el reconocimiento a la calidad de sus vinos por parte de las guías especializadas más prestigiosas y los consumidores. Su éxito es consecuencia

de todo ello y de un trabajo conjunto por parte de los viticultores, las bodegas y el Consejo Regulador en aras a ofrecer a los amantes del vino un producto único, diferente, en el que el territorio además de ser un elemento esencial es un destino turístico de primer orden.

 

FACTORES NATURALES

El río Alcanadre divide la comarca en dos partes: el Somontano de Huesca al oeste y el Somontano de Barbastro al este.

El Somontano de Huesca comienza sobre las márgenes del río Flumen y va desarrollándose hacia el sudeste, comenzando al este el de Barbastro, con más montes, cerros y colinas separadas por hondos barrancos.

Presenta tres zonas diferenciadas: las sierras, el Somontano propiamente dicho y las llanuras.

Al norte limita con las comarcas del Sobrarbe y Ribagorza entrando en contacto por el oeste con la Hoya de Huesca, al sur con los Monegros y al este con la comarca de la Litera y Cinca Medio.

 

Edafología.

La zona de producción de la Denominación de Origen Somontano se encuentra a una altura comprendida entre los 350 y los 1000 m. sobre el nivel del mar.

El territorio de la D.O. presenta una estructura bandeada de dirección este-oeste originada por las estructuras geológicas (paralelas a la Cadena Pirenaica) y climáticas condicionadas por la altitud.

Está surcada por una serie de ríos (Alcanadre, Vero, Calcón, Cinca, Ésera, Isábena…), que fluyen hacia el sur durante la mayor parte de su recorrido.

En el límite septentrional se encuentran las sierras de Guara, Balcés, Salinas, etc., sierras que están formadas por materiales predominantemente calcáreos de edades cretácica y eocena que se desplazaron hacia el sur en forma de escamas cabalgantes. Los materiales plásticos triásicos que afloran en estrechas bandas a lo largo de las sierras facilitaron el deslizamiento de las inmensas masas rocosas.

Inmediatamente al sur de las sierras aparecen los materiales detríticos propios del borde de cuenca de edad fundamentalmente oligocena. Sobre estos materiales cabalgan las masas de calizas descritas anteriormente.

Conforme uno se desplaza hacia el sur, se encuentran los sedimentos miocenos formados por alternancias de areniscas y lutitas.

Existe una estrecha banda próxima a Barbastro, también con dirección aproximada este-oeste, que es una estructura anticlinal donde aflora la formación de yesos. Esta formación es una potente serie de materiales evaporíticos. La estructura anticlinal mencionada es la manifestación en superficie de un cabalgamiento cuyo frente se sitúa al sur de las sierras exteriores.

Los suelos, de color pardo, son generalmente de textura franca aunque también se encuentran suelos con textura francoarenosa en las zonas con arenisca y francoarcillosa en la zona sur.

Son suelos con pH alcalino, con un contenido importante de caliza activa y una capacidad de retención de agua muy variable pues va de moderada a muy alta dependiendo de la textura y la profundidad de los suelos.

El medio geográfico de la zona presenta una serie de singularidades que se han tratado de forma pormenorizada en el “Estudio de los Suelos de los Viñedos de la D.O. “Somontano” (Los suelos de los viñedos de la Denominación de Origen “Somontano”. BADÍA, David; CUCHÍ, José Antonio; MARTÍ, Clara; CASANOVA, José.” Prensas Universitarias. Zaragoza. 2006.), en el que se ha seguido como referencia la Base de Referencia Mundial para Recursos de Suelos (WRB, World Reference Base for Soil Resources) propuesta por la International Union of Soil Science (IUSS, 2006).

El resultado de este estudio permite una clasificación detallada, de la cual podemos destacar los siguientes tipos de suelos:

Calcisoles.

Son suelos que manifiestan una acumulación de carbonato cálcico a cierta profundidad.

Presentan un pH básico, característica que se mantiene en toda la zona.

La mayor parte de los viñedos tradicionales se cultivan sobre este suelo.

Gipsisoles.

Son suelos desarrollados sobre margas yesíferas que presentan una acumulación secundaria de yeso en formas pulverulenta y/o lenticular.

Se encuentran localizados al suroeste de Barbastro.

 

Climatología

El clima se puede considerar mediterráneo continental, más húmedo y frío hacia el norte y más árido y cálido hacia el sur y el este. En invierno, en la zona norte son frecuentes las temperaturas nocturnas negativas.

Generalmente el verano es caluroso siendo relevante que en agosto y septiembre hay un fuerte contraste térmico entre el día y la noche.

La temperatura media anual se sitúa entre los 11 y los 15 grados centígrados.

La pluviometría media desciende gradualmente con la altitud registrando desde los 800 mm/año en la zona montañosa a los 400 mm/año en la zona árida monegrina situada al sur.

La media anual puede situarse alrededor de 500 mm. existiendo un déficit hídrico especialmente acusado en los meses de julio y agosto. La insolación es alta, unas 2.700 horas/año, lo que garantiza también la maduración.

 

b) Calidad y características del producto debidas fundamental o exclusivamente al medio geográfico.

Los vinos elaborados en esta particular zona productiva presentan como principales particularidades su carácter alcohólico, una buena relación de acidez y una cobertura media-alta de color.

La descripción organoléptica realizada para cada tipo de vino en el punto 2, apartado b) de este pliego de condiciones resalta su carácter aromático afrutado, acidez media-alta y agradable postgusto, propiedades en su conjunto muy bien integradas y aportadas por las variedades autóctonas de la zona (Moristel, Parraleta y Alcañón) que complementan sus particulares características con el resto de variedades.

Las prácticas enológicas y de crianza establecidas en las bodegas que configuran esta zona productiva, dan como resultado vinos equilibrados, con estabilidad de color, acidez y capacidad de envejecimiento manteniendo el carácter aromático frutal que les caracteriza.

 

c) Nexo causal entre la zona geográfica y las características del producto.

Es conocido por todos la impronta que establece el “terroir” en los vinos. Las condiciones naturales de la zona, entre las que podemos destacar la tipología de suelo con sus correspondientes características físico-químicas (textura, materia orgánica, elementos minerales,…), la latitud, la altitud, la topografía del terreno, la orientación de las parcelas, y por supuesto, su interrelación con los condicionantes climáticos, hacen del Somontano un entorno idóneo para el cultivo del viñedo.

La singularidad de los suelos más comunes en la zona, como son el tipo calcisol y gipsisol, aseguran la producción de vinos alcohólicos, con carácter frutal y elevada acidez que, conjuntamente con el importante contraste que existe entre las temperaturas diarias mínimas y máximas (diferencial térmico) de los meses de agosto y septiembre en la zona, favorece el intenso aroma de los vinos del Somontano.

 

8) REQUISITOS APLICABLES.

 

a) Marco legal.

Legislación nacional.

Orden de 6 de mayo de 2009 por la que se aprueba la normativa específica de la Denominación de Origen «Somontano» (BOA Num.91 de Viernes 15 de Mayo de 2009).

 

Registros de la Denominación:

a) Registro de Viñas.

b) Registro de Bodegas (secciones de Elaboración, Envejecimiento, Almacenamiento, Embotellado).

c) Registro de Etiquetas.

 

b) Requisitos adicionales.

i) Prácticas de cultivo.

El Consejo Regulador dictará las normas de campaña necesarias que prorrogarán su vigencia a sucesivas campañas en tanto no sean modificadas por dicho organismo.

En ellas podrá determinar la fecha de iniciación de la vendimia y acordar normas sobre su ordenación y el transporte de la uva vendimiada para que éste se efectúe sin deterioro de la calidad.

Los límites de producción establecidos en el Punto nº 5, podrán ser modificados

anualmente por el Consejo Regulador, a iniciativa propia o a petición de los inscritos interesados, efectuada con anterioridad a la vendimia, previos los asesoramientos y comprobaciones necesarios.

En cualquier caso, tal modificación no podrá realizarse por encima del 25% del límite máximo fijado en el Punto nº 5, Rendimiento Máximo.

Esta modificación sólo podrá tener lugar en los años en los que las condiciones ambientales provoquen un cuajado excesivo.

 

ii) Elaboración.

El rendimiento máximo de mosto o vino expresado podrá ser modificado, excepcionalmente, con anterioridad a la vendimia por el Consejo Regulador, a iniciativa propia o a petición de los elaboradores inscritos interesados, previas las comprobaciones y asesoramientos oportunos hasta un máximo de 74 litros por cada 100 kg.

Este aumento podrá autorizarse cuando las condiciones climáticas de la añada provoquen una sobrehidratación de las bayas.

 

iii) Locales para Crianza y Envejecimiento.

Deberán estar exentos de trepidaciones, mantener temperatura constante y fresca durante todo el año y un estado higrométrico y ventilación adecuados.

 

iv) Envasado.

Los vinos calificados “aptos” se comercializarán para el consumidor en los tipos de envase que apruebe el Consejo Regulador, sin que perjudiquen su calidad y prestigio.

Con carácter general los envases deberán ser de vidrio de las capacidades permitidas por la legislación correspondiente.

Excepcionalmente, el Consejo Regulador podrá autorizar otro tipo de envases para usos especiales.

El envasado tendrá lugar en la zona geográfica delimitada indicada en el Punto nº 4 del presente Pliego de Condiciones de forma que se preserve la calidad del vino y se mantenga en óptimas condiciones hasta su comercialización.

El embotellado fuera de la zona de elaboración requiere un transporte a granel lo que constituye un riesgo al poderse producir una serie alteraciones (oxidaciones, variaciones de temperatura importantes,…) que pueden dañar las características organolépticas y físicoquímicas de los vinos.

Además, el embotellado es un punto crítico del proceso productivo ya que si no se realiza de una forma muy cuidadosa pueden modificarse las características y dañar gravemente la calidad del vino.

Por todo ello, es necesario que el envasado se realice en las bodegas de la D.O.P. “Somontano” preservando, de esta manera, todas las características físico-químicas y organolépticas de los vinos.

 

v) Etiquetado.

Las etiquetas comerciales, propias de cada firma comercial inscrita, deben ser aprobadas por el Consejo Regulador en lo que se refiere a los requisitos que se relacionan en este Pliego.

Figurará obligatoriamente en ellas la mención: Denominación de Origen Somontano.

El producto destinado al consumo irá provisto de marchamos de garantía, numerados y expedidos por el Consejo Regulador, que serán colocados en la bodega inscrita y siempre que no se permita una nueva utilización de los mismos.

Los términos tradicionales que pueden utilizarse en los vinos amparados por la DOP “Somontano” son:

Término tradicional al que se refiere el artículo 118 duovicies, apartado 1, letra a) del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007: “Denominación de Origen” o “D.O.”.

Términos tradicionales a los que se refiere el artículo 118 duovicies, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007:

“Crianza”,

“Reserva”,

“Gran Reserva”,

“Añejo”,

“Noble”,

“Clásico”,

“Rancio”,

“Superior”

“Viejo”.

Las menciones complementarias que se podrán utilizar en el etiquetado son:

Según el método de producción:

“naturalmente dulce”,

“vendimia tardía”,

“maceración carbónica”,

“Roble”,

“Fermentado en Barrica”

“Parcialmente fermentado en barrica”.

Estas menciones se utilizarán en aquellos vinos que cumplan los requisitos establecidos en los puntos 2 y 3.

 

9) COMPROBACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLIEGO.

 

a) Organismo de Control.

La verificación del cumplimiento de lo especificado en el presente Pliego de Condiciones

corresponde a:

Consejo Regulador de la Denominación de Origen Somontano.

Dirección: Avenida de la Merced, 64. 22300 BARBASTRO (Huesca, España)

Teléfono: (34) 974 313 031

Fax: (34) 974 315 132

Correo electrónico: somontano@dosomontano.com

Página web: www.somontano.es / www.dosomontano.com

 

b) Tareas.

i) Alcance de los controles.

El Consejo Regulador de la D.O.P. “Somontano” tiene identificada en su estructura un Organismo de Control que actúa como Entidad de Certificación de Producto, acreditada en el cumplimiento de la norma específica de referencia (UNE-EN 45011 o norma que la sustituya) y verifica, mediante controles a viticultores y a bodegas, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones de la D.O.P. “Somontano”.

Los controles se completan con la toma de muestras de producto calificado como apto por los operadores para la realización de ensayos físico-químicos y organolépticos.

 

ii) Metodología de control.

La comprobación se realiza mediante:

auditorías anuales a las bodegas.

toma de muestras de producto para realización de ensayos.

La toma de muestras se realiza durante las auditorías a las bodegas embotelladoras de la D.O.P. “Somontano”.

Se realiza por muestreo aplicando criterios de proporcionalidad en función del tipo de producto y volumen de producción disponibles en el momento de la auditoría.